Tengo una terraza relativamente grande que da a un patio interior, es un elemento común de uso privativo y quiero hacer un cerramiento ligero con un par de habitaciones. Tengo un informe favorable del arquitecto del edificio y consta en urbanismo que se puede construir hasta el 100% de la planta en la que se encuentra nuestro piso así que problema legal/estructural no hay. He convocado la reunión para obtener la aprobación de la comunidad y quiero hacerlo por las buenas pero si dicen que no, no se si tengo alguna posibilidad porque ya se ha hecho un cerramiento similar en otro ático, aunque bastante más pequeño del que yo pretendo. Se hizo nada mas comprar el piso y no está claro si antes o después de constituir la comunidad, pero ya han pasado más de 10 años y la comunidad no ha hecho nada, quizás porque no son conscientes de su existencia (no se ve con facilidad) . Mi pregunta es:
¿Al no denunciar la comunidad el cerramiento anterior, esto constituye una aprobación implícita de cualquier otro cerramiento en el edificio, independientemente del tamaño del mismo?
¿Es decisivo el hecho de que el cerramiento anterior se haya hecho antes o después de constituir la comunidad?