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Arrendamiento, usufructuario y nuda propiedad entre familiares

12 Comentarios
 
Arrendamiento, usufructuario y nuda propiedad entre familiares
18/09/2019 14:09
Hola,
Acabo de tomar el relevo del negocio familiar de mi mujer (con ella) y estoy lleno de dudas. Resulta que mi mujer hace unos año heredo la propiedad nuda del negocio (local y vivienda) y su madre el usufructo total. Este año se ha jubilado mi suegra del negocio y nos pide un alquiler... Es esto posible teniendo mi mujer la nuda propiedad ?
18/09/2019 14:17
Sdtz
Sí, el usufructo incluye el derecho de uso y las rentas que genere la propiedad. Puede alquilar todo lo que tenga como usufructuaria.
19/09/2019 00:57
paquito xocolatero
Hasta aqui llego pero en el caso en cuestión el usufructuario alquila al propietario, de allí mi duda
19/09/2019 08:26
Sdtz
El usufructuario puede alquilar a cualquier tercera persona, incluido al nudopropietario. En el caso de que no pague la renta, podrá ser desahuciado. La ley señala que el usufructo desaparece si en una misma persona concurren la condición de usuario y usufructuario, que es justo lo contrario de lo que le pasa a usted, pues el alquiler marca distancia clara entre la nudapropiedad y el usufructo.
19/09/2019 09:56
Sdtz
Sería absurdo que pudiera alquilar la propiedad a un tercero, y no al nudo propietario.
El derecho de poder alquilarlo corresponde al usufructuario, y puede ejercerlo como desee.
19/09/2019 10:10
Sdtz
Muchas gracias por sus respuestas, me queda mas claro ahora
19/09/2019 11:35
Sdtz
Hay que diferenciar, no obstante todo lo expuesto, entre heredar un negocio y heredar unos bienes concretos. Si se hereda un negocio el tema es más complejo pues se trata de una mercantil con un inventario, empleados, clientes... es decir con un fondo de comercio. Otra cosa distinta es que se herede la nuda propiedad o el usufructo, al caso ahora es secundario, de un local de negocio y de una vivienda como fincas físicas y no como un negocio abstracto.
19/09/2019 11:47
Sdtz
Es una herencia de la nuda propiedad de un local con vivienda indivisible, la parte arrendada es la planta baja que es el local. El negocio se traspaso debidamente entre madre e hija.
24/09/2019 21:04
Sdtz
Hola buenas noches.
Tengo un problema y nose si alguien me puede asesorar un poco.
Una persona que es nuda propietaria (yo)de una donación por mi padre usufructo. Pueden vender algún bien sin mi consentimiento?
Veréis mi padre ha fallecido y esa donación es de años atrás y antes de fallecer por lo visto mi hermano estuvo con mi padre y firmaron algo lo cual le hacía propietario de todo lo de mi padre a mi hermano.
Siento mucho esta chapa igual no es un foro para estas consultas pero bueno si alguien podría asesorarme lo agradecería.
Un saludo
25/09/2019 10:02
Sdtz
Puede vender lo que sea suyo, lo que es tuyo no, y lo que te donó es tuyo y no tiene vuelta atras. Además lo es ya en pleno dominio pues el usufructo se extingue con el fallecimiento del primer usufructuario, aunque se hubiera vendido o donado el usufructo a otra persona.
25/09/2019 17:43
paquito xocolatero
Si pero nos han confirmado que mi hermano llevo al notario al hospital antes de fallecer, y mi padre por lo visto firmó algo para que todos sus bienes pasarán a el..lo que nose es cómo puede llegar a ser posible ya que si yo soy nuda propietaria alguien me tendría que avisar de eso no?..la verdad que no sabemos que hacer ni por dónde tirar...es un martirio no sabemos si ir a un notario...abogado ...además tampoco queremos malgastar el dinero si ni siquiera sabemos si está ya todo perdido...
Aber si por aquí me podéis ayudar un poco muchas gracias por contestar al comentario anterior!
26/09/2019 10:37
Sdtz
Sabes que han llevado al notario, y que ha firmado "algo", no sabes qué. En principio no tiene por qué avisarte nadie de nada; quizá ni afecte a la propiedad de la que eres nuda propietaria. De todas maneras ya no te afecta aunque le hubiera donado ese usufructo, puesto que ya está extinguido. Lo que te donó a ti es tuyo, ya, y en pleno dominio, firmaran lo que firmaran (tienes que pagar ISD por la consolidación del usufructo, pero ya está).
Otra cosa sería si lo que le haya donado ahora perjudica tu legítima, y sí podrías reclamar entonces algo, aunque si sois dos hermanos y habiendo recibido tú también una donación debería ser más de 5 veces superior a lo que te donó a ti, para que perjudique tu legítima y sea una donación inoficiosa.
26/09/2019 15:56
paquito xocolatero
No te entiendo muy bien. Pero si en la nota simple del registro de la propiedad pone facultad de disposición a favor del donante, significa que mi padre puede vender? Y está todo perdido?
Porque es que mi hermano ya ha vendido la lonja.
Y también tengo un piso que me donó pero no sé nada.
Muchas gracias