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Audiencia Previa

2 Comentarios
 
audiencia previa
18/06/2016 15:41
Buenas tardes,
El lunes día 20 tengo la Audiencia Previa de un procedimiento ordinario en el que ejercito acción de nulidad de condiciones generales de contratación, y anulabilidad por error en el consentimiento.

La entidad bancaria no ha aportado ningún documento en la contestación a la demanda y ha reconocido que no dispone de ninguna documentación.

Ante estos hechos, consideraís que debería solicitar en la misma Audiencia Previa se dicte sentencia, habida cuenta de lo reconocido por la demandada; o por el contrario lo veis un poco temerario.

Lo comento porque si aporto testigos van a ratificar lo dicho en la demanda; es decir, que no hubo información previa. Y por su lado los empleados de la entidad bancaria si los citan manifestarán justo lo contratio.

Sinceramente no se qué me interesa más.
Os agradecería vuestra ayuda

Muchísimas gracias.
19/06/2016 12:39
En la Audiencia Previa no se dictan sentencias, Agente. La Audiencia Previa tiene como propósito preparar el juicio, no celebrarlo en ese acto. Solo podrá terminar si las partes llegan a un acuerdo o hay un impedimento absoluto de orden procesal que oblitere el juicio y no permita su prosecución, como por ejemplo la cosa juzgada. Tanto si se allana la demandada como si hay un acuerdo entre partes como si hay un impedimento procesal absoluto, se dictará un auto, no una sentencia, dando por finalizado el juicio ordinario.
Lo que tú estás planteando son cuestiones materiales de fondo que nada tienen que ver con las procesales conectadas a la audiencia previa y que tienen su encuadre en la práctica de la prueba y en la conclusión del juicio, coronado, esta vez sí, en sentencia.
Pareces tenerlo bien, pero se te sugiere que moderes tu euforia, hasta el rabo todo es toro.
20/06/2016 16:34
Llego tarde, pero si la contestación de contrario beneficia a tus pretensiones, no ha aportado documental (y además dice que no tiene prueba para probarlo) Si los testigos que vayas a proponer sólo ratificarían lo que ya obra en prueba documental que has aportado, y la otra parte, en la AP no propone testifical ni interrogatorio ni otro tipo de prueba, de tal forma que tan sólo obrará en autos la documental, hay un articulito por la LEC que ahora mismo no recuerdo que permite solicitar a su señoría decidir en función de la documental aportada, sin necesidad de celebrar vista oral.
Audiencia Previa | PorticoLegal
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audiencia previa
18/06/2016 15:41
Buenas tardes,
El lunes día 20 tengo la Audiencia Previa de un procedimiento ordinario en el que ejercito acción de nulidad de condiciones generales de contratación, y anulabilidad por error en el consentimiento.

La entidad bancaria no ha aportado ningún documento en la contestación a la demanda y ha reconocido que no dispone de ninguna documentación.

Ante estos hechos, consideraís que debería solicitar en la misma Audiencia Previa se dicte sentencia, habida cuenta de lo reconocido por la demandada; o por el contrario lo veis un poco temerario.

Lo comento porque si aporto testigos van a ratificar lo dicho en la demanda; es decir, que no hubo información previa. Y por su lado los empleados de la entidad bancaria si los citan manifestarán justo lo contratio.

Sinceramente no se qué me interesa más.
Os agradecería vuestra ayuda

Muchísimas gracias.
19/06/2016 12:39
En la Audiencia Previa no se dictan sentencias, Agente. La Audiencia Previa tiene como propósito preparar el juicio, no celebrarlo en ese acto. Solo podrá terminar si las partes llegan a un acuerdo o hay un impedimento absoluto de orden procesal que oblitere el juicio y no permita su prosecución, como por ejemplo la cosa juzgada. Tanto si se allana la demandada como si hay un acuerdo entre partes como si hay un impedimento procesal absoluto, se dictará un auto, no una sentencia, dando por finalizado el juicio ordinario.
Lo que tú estás planteando son cuestiones materiales de fondo que nada tienen que ver con las procesales conectadas a la audiencia previa y que tienen su encuadre en la práctica de la prueba y en la conclusión del juicio, coronado, esta vez sí, en sentencia.
Pareces tenerlo bien, pero se te sugiere que moderes tu euforia, hasta el rabo todo es toro.
20/06/2016 16:34
Llego tarde, pero si la contestación de contrario beneficia a tus pretensiones, no ha aportado documental (y además dice que no tiene prueba para probarlo) Si los testigos que vayas a proponer sólo ratificarían lo que ya obra en prueba documental que has aportado, y la otra parte, en la AP no propone testifical ni interrogatorio ni otro tipo de prueba, de tal forma que tan sólo obrará en autos la documental, hay un articulito por la LEC que ahora mismo no recuerdo que permite solicitar a su señoría decidir en función de la documental aportada, sin necesidad de celebrar vista oral.