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Audiencia Provincial de Alicante

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
55 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 55 comentarios
02/02/2013 20:07
Claimco.Spain,

Mira, clara que no pienso que cualquier persona puede ir al Fiscal, y me has mal entendido mucho... ESTABA INTENTANDO DECIR QUE "TU" NO ME HAS OFENDIDO NI ESCRITO POR EMAIL NI MAL ACTUADO CONMIGO!!! Además, yo no voy a opinar de algo, porque NO SOY ABOGADA, y no intento ser lo que no soy!

No tengo nada contra ti, y quejes de faltar respecto!

Adiós
02/02/2013 20:09
Kapitan, estuve en Holanda e Inglaterra hasta hace 3 días.

eres realmente patético. Harías mejor de perseguir a tus jefes para meterles a estos en la cárcel :-) Creo que 99% de los españoles (los que no son políticos) estarían de acuerdo en que finalmente harías tu trabajo.

Bueno, el ladrón piensa que todos son de su condición.
02/02/2013 20:10
Solo estoy agui para saber lo que puede pasar a mi madre, NO para entrar en conflictos!
02/02/2013 20:12
Quien es Kapitan, y por que lo escribes a mi??? Yo soy Charlie2485 y mi nombre real es Charlotte y soy ingresa y tengo 27 años. Deja de dejar mensajes agui por otros!
02/02/2013 20:13
Vaya por delante que no he visto las actuaciones y por ende no te puedo ayudar mucho más, pero supongo que es por razón del delito que le imputan

Te explico, a tu madre le acusan de un delito de apropiación indebida agravada (que no veo por ningún lado, en lo que cuentas, pues la cuantía defraudada es inferior a 50.000 euros y no parece que dejara a la víctima en una situación de especial desamparo) y por ende deben juzgarla en la Audiencia.

El 252 CP distingue el tipo básico, al remitirse al 249 CP (que es un delito del juzgado de lo penal) y el agravado al 250 CP (que es competencia de la Audiencia).

No te preocupes, la dilación en Elche es habitual, y es mejor para tu madre, dado que puede beneficiarse de reducciones de la pena por "dilaciones indebidas".

En España es algo "normal", dado que el Juzgado de Instrucción investiga las causas y si cree que hay delito lo debe remitir (Dependiendo de la pena) bien a la Audiencia, bien al Juzgado de lo Penal.

Se supone que la Audiencia, al ser un Tribunal Colegiado, da más garantías al imputado

Un saludo

02/02/2013 20:17
Muchas gracias. Un saludo
02/02/2013 20:18
por definición es el agravado, ya que la AP sólo tomo conocimiento, estimado justicierointernauta/Kapitán, si la petición del fiscal supera los 5 años.

Back to school ...
02/02/2013 20:21
No es necesario dado que las tentativas de ese delito llevan pena de prisión INFERIOR a un año y también se Juzgan la Audiencia.

No tiene NADA que ver con la petición del fiscal, sino del tipo de delito imputado.

Lo que pasa es que IGNORO el contenido de las actuaciones, y por ende no puedo ayudar con mucho más que unas breves pinceladas genéricas del caso.
02/02/2013 20:23
Claimco.Spain

No deseo entrar en confluctos, pero no puedo mantener la boca cerrada ahora que he visto tu comentario.

Back to school...¿ Pero quien crees que es? Eres Extranjero corrigiendo a un Español, ¿A donde vas? Estas en su país y deberías tener mas respecto, y no cabezón con actitud (yo soy el mejor).... BÁJATE HOMBRE.............
02/02/2013 20:28
En todo caso, insisto, no veo nada atribuible al Abogado, allí es habitual que los casos tarden en enjuiciarse varios años, en especial en Elche, donde combinan el conocimiento de casos civiles y penales.
02/02/2013 20:33
Estimada Charlie:

ya que el tema está en la AP, cualquier persona (usando tus palabras) puede saber de inmediato que estamos ante el art. 250CP (mas de 50.000 Euros), ya que sino no estaríamos hablando de la AP sino de Juzgado de lo Penal.

Es bastante básico. Dejo la conversación ya que de una parte me dices que no quieres recibir ningún comentario mío, pero te estás poniendo como la mas guapa y la que defiende el honor español. Bueno, adiós señorita, como ya lo dije hace una hora. Es TU vida.
02/02/2013 20:34
Justicierointernauta,
Gracias por tus respuestas y especialmente tu tiempo. Lo agradezco y me siento un poco mejor, ya que estoy mas informada! Buen fin de semana y gracias de nuevo. Adiós
02/02/2013 20:37
Haber haber haber..... Lo que se llevo fue la cantidad de 47 mil euros y luego con los gastos de honorarios del abogado/ procurador de la parte contraria, ahora piden 72 mil euros!!!! pero principalmente, "lo que se llevo" fueron 47 mil euros.....

02/02/2013 20:47
No estoy poniendo como la mas guapa y defendiendo el honor español, para nada y tampoco soy la persona idóneo para hacerlo, ya que he tendo mis quejas agui en este país como todos.

olvidamos el picaresco que ya basta de los dos, tu y yo. La verdad que vosotros dos me estáis ayudando mucho y lo agradezco
02/02/2013 20:55
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
02/02/2013 21:01
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
02/02/2013 21:03
Presidente: José de Madaria Ruvira

Magistrados/as: Gracia Serrano Ruiz De Alarcón
José Teofilo Jiménez Morago
02/02/2013 21:19
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02/02/2013 21:25
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Mira, clara que no pienso que cualquier persona puede ir al Fiscal, y me has mal entendido mucho... ESTABA INTENTANDO DECIR QUE "TU" NO ME HAS OFENDIDO NI ESCRITO POR EMAIL NI MAL ACTUADO CONMIGO!!! Además, yo no voy a opinar de algo, porque NO SOY ABOGADA, y no intento ser lo que no soy!

No tengo nada contra ti, y quejes de faltar respecto!

Adiós
02/02/2013 20:09
Kapitan, estuve en Holanda e Inglaterra hasta hace 3 días.

eres realmente patético. Harías mejor de perseguir a tus jefes para meterles a estos en la cárcel :-) Creo que 99% de los españoles (los que no son políticos) estarían de acuerdo en que finalmente harías tu trabajo.

Bueno, el ladrón piensa que todos son de su condición.
02/02/2013 20:10
Solo estoy agui para saber lo que puede pasar a mi madre, NO para entrar en conflictos!
02/02/2013 20:12
Quien es Kapitan, y por que lo escribes a mi??? Yo soy Charlie2485 y mi nombre real es Charlotte y soy ingresa y tengo 27 años. Deja de dejar mensajes agui por otros!
02/02/2013 20:13
Vaya por delante que no he visto las actuaciones y por ende no te puedo ayudar mucho más, pero supongo que es por razón del delito que le imputan

Te explico, a tu madre le acusan de un delito de apropiación indebida agravada (que no veo por ningún lado, en lo que cuentas, pues la cuantía defraudada es inferior a 50.000 euros y no parece que dejara a la víctima en una situación de especial desamparo) y por ende deben juzgarla en la Audiencia.

El 252 CP distingue el tipo básico, al remitirse al 249 CP (que es un delito del juzgado de lo penal) y el agravado al 250 CP (que es competencia de la Audiencia).

No te preocupes, la dilación en Elche es habitual, y es mejor para tu madre, dado que puede beneficiarse de reducciones de la pena por "dilaciones indebidas".

En España es algo "normal", dado que el Juzgado de Instrucción investiga las causas y si cree que hay delito lo debe remitir (Dependiendo de la pena) bien a la Audiencia, bien al Juzgado de lo Penal.

Se supone que la Audiencia, al ser un Tribunal Colegiado, da más garantías al imputado

Un saludo

02/02/2013 20:17
Muchas gracias. Un saludo
02/02/2013 20:18
por definición es el agravado, ya que la AP sólo tomo conocimiento, estimado justicierointernauta/Kapitán, si la petición del fiscal supera los 5 años.

Back to school ...
02/02/2013 20:21
No es necesario dado que las tentativas de ese delito llevan pena de prisión INFERIOR a un año y también se Juzgan la Audiencia.

No tiene NADA que ver con la petición del fiscal, sino del tipo de delito imputado.

Lo que pasa es que IGNORO el contenido de las actuaciones, y por ende no puedo ayudar con mucho más que unas breves pinceladas genéricas del caso.
02/02/2013 20:23
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No deseo entrar en confluctos, pero no puedo mantener la boca cerrada ahora que he visto tu comentario.

Back to school...¿ Pero quien crees que es? Eres Extranjero corrigiendo a un Español, ¿A donde vas? Estas en su país y deberías tener mas respecto, y no cabezón con actitud (yo soy el mejor).... BÁJATE HOMBRE.............
02/02/2013 20:28
En todo caso, insisto, no veo nada atribuible al Abogado, allí es habitual que los casos tarden en enjuiciarse varios años, en especial en Elche, donde combinan el conocimiento de casos civiles y penales.
02/02/2013 20:33
Estimada Charlie:

ya que el tema está en la AP, cualquier persona (usando tus palabras) puede saber de inmediato que estamos ante el art. 250CP (mas de 50.000 Euros), ya que sino no estaríamos hablando de la AP sino de Juzgado de lo Penal.

Es bastante básico. Dejo la conversación ya que de una parte me dices que no quieres recibir ningún comentario mío, pero te estás poniendo como la mas guapa y la que defiende el honor español. Bueno, adiós señorita, como ya lo dije hace una hora. Es TU vida.
02/02/2013 20:34
Justicierointernauta,
Gracias por tus respuestas y especialmente tu tiempo. Lo agradezco y me siento un poco mejor, ya que estoy mas informada! Buen fin de semana y gracias de nuevo. Adiós
02/02/2013 20:37
Haber haber haber..... Lo que se llevo fue la cantidad de 47 mil euros y luego con los gastos de honorarios del abogado/ procurador de la parte contraria, ahora piden 72 mil euros!!!! pero principalmente, "lo que se llevo" fueron 47 mil euros.....

02/02/2013 20:47
No estoy poniendo como la mas guapa y defendiendo el honor español, para nada y tampoco soy la persona idóneo para hacerlo, ya que he tendo mis quejas agui en este país como todos.

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