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¿aumento del alquiler por rescisión anterior y nuevo alquiler al mismo inquilino?

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
13/08/2023 19:32
Gracias, Jbill, por pensar y preocuparte por nosotros.
Habíamos pensado en ello hace unos años, pero al final es demasiado estrés y molestias, como hemos oído de otros propietarios. Pero, tal vez deberíamos reconsiderar ...
13/08/2023 13:56
frankie99
Otra opción que puede usted valorar es no renovar el contrato de alquiler actual y valorar alquilar su inmueble por temporada o incluso por periodos cortos vacacionales.
Hay agencias que se encargan de gestionarlo todo y quizá económicamente le pueda resultar favorable en función de la zona, como sea el inmueble, etc...
13/08/2023 00:27
Muchas gracias, Jbill y leonjbr.

Creo que ya no tengo/hay nuevas ideas y, por tanto, no tengo más preguntas.
Fue un gran esfuerzo, también su ayuda = pero no se pudo obtener ningún beneficio para nosotros.
Pero aún así, es importante saber y merecedor del esfuerzo cuál es la situación legal.
El propietario está a merced de esta situación legal = no depende de él, por ejemplo porque no le importa lo suficiente o no es lo suficientemente inteligente.

Comprobaré en Internet cómo debe formularse el aumento del 2%. Seguro que lo encuentro, si no, preguntaré de nuevo aquí (o con un nuevo tema). La CIP está mencionada en nuestro contrato.

Si un nuevo gobierno mejoraría la situación ... y cuándo ...
10/08/2023 18:13
frankie99
Pues yo pienso como Jbill: no puede incluirlo, pero no por nada, sino sencillamente porque no está previsto en el contrato.
10/08/2023 11:00
Sí, Jbill, a eso me refería - y gracias por la respuesta.
Sí, es el Consorcio de Seguros el que cubre los daños provocados por el volcán.
09/08/2023 12:13
frankie99
Entendiendo que preguntas si puedes repercutir al inquilino por tener que pagar más en la póliza del seguro yo diría que NO.....
......y ya me parece raro que haya una aseguradora que cubra por desastres naturales como un volcán...generalmente hay clausulas en letra minúscula de muy difícil comprensión donde las aseguradoras se suelen evadir de este tipo de responsabilidades.
09/08/2023 09:21
Perdone pero no termino de entender cual es su pregunta.
09/08/2023 01:09
Otra pregunta (si ahora está claro que un aumento general del alquiler no tiene sentido en nuestro caso), si una póliza de seguro adicional para el piso suscrita después del inicio del arrendamiento (debido a la erupción volcánica de La Palma) da derecho a un aumento del alquiler (sin establecer un nuevo contrato con una duración de 5 años).
El texto de nuestro contrato:

"El precio del arrendamiento incluye los gastos generales del inmueble, servicios, tributos, cargas y demás responsabilidades no susceptibles de individualización, pero no así los gastos por servicios con que cuenta la vivienda arrendada y que se individualicen mediante aparatos contadores, que serán de cuenta exclusiva del arrendatario. El arrendador paga el agua y la basura, el arrendatario la electricidad."
09/08/2023 01:00
Gracias, leonjbr, por esta interesante y sin duda acertada apreciación.
Creo que los socialistas ya saben cómo mejorar estos problemas (y al final, claro, será aún peor): Luego viene la obligación de alquilar, que ya existe de forma más suave, con la renta inmobiliaria imputada.
08/08/2023 08:38
A partir de la nueva Ley de Vivienda hay que pensárselo 2 veces antes de alquilar. La Ley, no sólo no va a ser beneficiosa para los inquilinos, sino que va a ser claramente perjudicial, porque muy poca gente va a querer alquilar y se terminarán vendiendo esas casas. Teóricamente esto hará bajar el precio de la vivienda, pero ni será mucha bajada de precio ni durante demasiado tiempo.
Otro desastre más de nuestros queridos políticos.
08/08/2023 02:08
¡Muchas gracias, leonjbr!

Lo había escrito arriba ("es posible)", el problema es (de lo contrario no hubiera preguntado más, eso sería realmente innecesario y grosero), que no es seguro que venderemos ... Tal vez sólo el 50% ...:
Pero si nunca podemos volver a aumentar el alquiler (excepto en un pequeño porcentaje, que en nuestro caso son sólo unos pocos euros) - como sabemos ahora - entonces la probabilidad es probablemente mayor.
También hemos contratado un seguro adicional a causa del volcán, supongo que ni siquiera podemos añadir eso al alquiler ...

Es una pena, pero ahora entiendo que no podemos hacer nada (excepto quejarnos del estado y del gobierno) = muchas gracias por tu respuesta, escribiste: "Yo lo veo arriesgado" (=el "truquillo").
07/08/2023 17:52
frankie99
Yo lo veo arriesgado, pero sobre todo lo veo inútil: ¿para qué quiere 6 meses o x o tal o cual si ya tiene el contrato en renovación mensual? Es la mejor situación posible. Si quiere vender dentro de 2 años no se complique. Estése quieto y no haga nada.
07/08/2023 17:51
Jbill:
1.- no: el limite del 2% es para todo desde ya. La declaracion de zona tensionada sirve para que cuando se acabe al contrato de 5 años la siguiente renta no pueda ser la que libremente estipulen las partes, sino una renta regulada por el gobierno.
2.- Lo del plazo de un año vs un mes: puede ser, pero yo no me arriesgaría, sobre todo siendo el casero, porque ya está en tácita reconduccion mensual. Entonces ¿que le aporta pactar un año? No tendría sentido. Pero aparte de eso es que puede interpretarse que se está renovanco el contrato y entonces serían 5 años. Lo mejor es estarse quieto.
07/08/2023 13:10
leonjbr
Una razón muy habitual para prorrogar por escrito, aparte de para subir la renta por encima de lo pactado en el contrato inicial, es que de hacerlo de forma tacita la prorroga podría ser mensual y no anual lo que daría una mayor inseguridad al inquilino. Así que entiendo que hay casos en los que a ambas partes podría interesar firmar una prorroga por escrito. Lo que no sé es hasta que punto estos acuerdos pueden ser nulos y sus consecuencias.
06/08/2023 23:16
leonjbr
Pensaba que el limite del 2% era sólo para las zonas que se declaren como tensionadas.
06/08/2023 23:09
¡Gracias, leonjbr!
Está bien dicho,"lo menos malo" ...
Por supuesto que no es agradable para nosotros, pero ¿qué se puede hacer - tales son las leyes - y nuestra situación podría ser mucho peor, otros propietarios no reciben el alquiler o el piso está ocupado.
Y el “truquillo” (el contrato de 6 meses y que luego se vaya renovando) es en última instancia también demasiado peligroso, arriesgado?
06/08/2023 22:40
Las 3 opciones son correctas, pero yo creo que lo menos malo es no hacer nada, todo lo más pactar una subida renta y nada mas, y en todo caso la subida no podria ser superior al 2%.
2.- Lo de alegr un nuevo contrato: no es probable pero es un posible peligro, pero conlleva un riesgo. Insisto en que no le merece la pena, porque ya está en tácita reconducción mensual, que es la mejor situacion en la que se puede encontrar un casero.
06/08/2023 22:36
Jbill
Jbill: 1.- el problema con subir la renta es que la legislación lo limita al 2%. Para romper ese limite la unica fora es concertar un nuevo contrato.
2:- Que pactar una prorroga anual no se interprete como una renovación por otros 5 años. Es posible, pero es peligroso porque puede interpretarse que en realidad se está concertando un nuevo contrato. No es que sea seguro, pero es muy posible. Depende del juez y lo veo peligroso, sobre todo porque el contrato ya está prorrogado y no se ve claro para que hay que firmar una prorroga si ya esta en ese estado. Lo menos malo es quedarse quieto.
06/08/2023 22:06
Gracias, leonjbr, de nuevo por tu tiempo y esfuerzo.

Su punto 2:
Así que nuestro contrato de arrendamiento (prórroga por 1 año) no es válido en este pasaje porque la ley dice lo contrario (prórroga por el período de pago de alquiler - 1 mes) ...

Entonces me parece que este planteamiento es correcto:
Hablar con el inquilino y pedirle su consentimiento para aumentar el alquiler, sin un acuerdo por escrito.
a) Si está de acuerdo y paga regularmente = El mejor caso :-)
b) Si está de acuerdo, pero sigue pagando sólo la cantidad antigua - o al principio la cantidad aumentada, pero al cabo de un tiempo sólo la cantidad antigua y baja otra vez = Entonces podemos rescindir el contrato en cualquier momento, con un mes de preaviso = tampoco está mal.
c) No está de acuerdo = Rescindimos el contrato inmediatamente y tiene que mudarse en el plazo de 1 ó 2 meses = tampoco está mal.

Mi preocupación:
Después de rescindir su contrato, podría demandarnos y alegar que hemos firmado tácitamente un nuevo contrato debido al aumento, que sería válido durante 5 años...
06/08/2023 21:48
leonjbr
Discúlpeme pero no entiendo que problema hay en firmar una prorroga anual acordando una nueva renta mensual. Una nueva prorroga con una mensualidad superior pero indicando que para todo lo demás rige el contrato antiguo no tendría porque considerarse un nuevo contrato con derecho a ser prorrogado por 5 años ¿no?