Somos 2 administradores trabajadores de una S.L. Qué tipo de contrato puede hacer la sociedad a los administradores y si podrían tener acceso a las subvenciones por contratación indefinida.
Lo siento, pero os corresponde el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, no el Régimen General, por lo tanto no puede existir contrato y por supuesto tampoco subvenciones por contratación indefinida.
Están obligatoriamente incluidos en el RETA los trabajadores por cuenta propia en los dos supuestos siguientes: A) Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que implique el desempeño del cargo de consejero o administrador, de una sociedad mercantil capitalista. B) Quienes presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa. Siempre que ambos, además, posean el control efectivo, directo o indirecto, de la sociedad. Se entiendo que se produce esta circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social.