Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato de arras: firma entre parte compradora y.. ¿inmobiliaria? ¿parte vendedora?

5 Comentarios
 
Contrato de arras: firma entre parte compradora y.. ¿inmobiliaria? ¿parte vendedora?
08/06/2021 18:16
Hola,

Estamos en proceso de compra de una parcela de suelo urbano.

El problema ha surgido cuando la inmobiliaria nos ha enviado el contrato de arras (penitenciales) para revisarlo, y vemos que el contrato se firmaría con la inmobiliaria, y no con la parte vendedora. La inmobiliaria alega que ellos son sus representantes, y que pueden firmar por la parte vendedora.
Por mi parte, no tengo problema que ellos custodien el importe de las arras.

Yo entiendo que tienen solo un encargo de venta, para hacerse cargo de la venta.
El riesgo que veo es que si después de arras y antes de la escritura, el vendedor se echa atrás, sería muy complicado recuperar las arras por duplicado, ya que el vendedor no ha firmado nada con nosotros. A quien le reclamaría yo entonces? A la inmobiliaria? Al vendedor? Con que documento me presentaría yo en un juicio? Y lo que hayan firmado entre ellos, yo no tengo acceso ni copia.

Alegan que llevan años haciéndolo así, que es lo habitual, que por qué quiero cambiar así el contrato.., y no entran en razones.

Me piden que en base a qué ley:
1) no puede firmar la parte compradora con la inmobiliaria
2) la parte compradora puede firmar con la vendedora (esto ya parece guasa, pero ponían en duda la legalidad de una operación comprador-vendedor).

Al final, necesito "justificar" ante ellos, estos dos puntos.

Muchas gracias
09/06/2021 10:25
Si la inmobiliaria tiene mandato de la vendedora, puede firmar como si fuese la misma. Si no tiene mandato, asumirá como persona jurídica todas las consecuencias del contrato. Si actúan como personas físicas, lo asumirán personalmente. A una inmobiliaria se le supone la capacidad de representación, por lo que puede firmar y, si el contrato no llega a buen fin, le indemnizarán, o el propietario o la inmobiliaria.
09/06/2021 12:15
Grisolía
1) puedo pedir copia o ver dicho mandato de venta?
2) en las arras pone: "de una parte Menganito con DNI xx actuando como Director de la inmobiliaria xx con CIF xxx
y en representación de la propiedad, en adelante el venedor."

Significa que actua entonces como persona fisica?


Me preocupa que no quede definido, leyendo su última frase, quien me deberia indemnizar. Por lo anterior, había entendido que deberia ser la inmobiliaria. Pero realmente la inmobiliaria me devolvería las arras por duplicado? Qué inmobiliaria kamikaze pondría esto para ser ellos los que devuelvan las arras duplicadas si el vendedor real se echara atrás?

Respecto los honorarios,: Quitarian de la cantidad depositada como arras por mi ante la inmobiliaria, sus honorarios, en caso que el vendedor se echara para atras?
09/06/2021 15:35
Usted está tratando con la inmobiliaria (no se sabe si eso es una persona jurídica, es decir, una sociedad, o una marca comercial, puesto que eso no queda claro en su mensaje) y será con la inmobiliaria con quien se las tenga que ver en el caso de que la compraventa no llegue a buen fin. Si, por el contrario, le aportan el mandato del vendedor y usted contrata en razón de ese documento, sin duda con quien tendrá los futuros tratos en su caso litigioso, será con los vendedores. Es posible que la inmobiliaria tenga una especie de hoja de encargo, pero al tratarse de un documento que contiene relaciones económicas entre ellos, no querrán aportarlo.
09/06/2021 16:09
Y en este contexto, si Ud. se encontrara personalmente en esta situación, ¿firmaría este contrato de arras en estas condiciones? Por un lado hay voces que dicen que no debería firmarse con alguien que no sea la parte vendedora, y otros dicen que sí se puede. ¿Ud. qué haría?
09/06/2021 16:26
Yo no puedo pronunciarme sobre un contrato que no he visto. Pero puede aceptar sin problemas el que la inmobiliaria comparezca a nombre de la vendedora.
Contrato de arras: firma entre parte compradora y.. ¿inmobiliaria? ¿parte vendedora? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato de arras: firma entre parte compradora y.. ¿inmobiliaria? ¿parte vendedora?

5 Comentarios
 
Contrato de arras: firma entre parte compradora y.. ¿inmobiliaria? ¿parte vendedora?
08/06/2021 18:16
Hola,

Estamos en proceso de compra de una parcela de suelo urbano.

El problema ha surgido cuando la inmobiliaria nos ha enviado el contrato de arras (penitenciales) para revisarlo, y vemos que el contrato se firmaría con la inmobiliaria, y no con la parte vendedora. La inmobiliaria alega que ellos son sus representantes, y que pueden firmar por la parte vendedora.
Por mi parte, no tengo problema que ellos custodien el importe de las arras.

Yo entiendo que tienen solo un encargo de venta, para hacerse cargo de la venta.
El riesgo que veo es que si después de arras y antes de la escritura, el vendedor se echa atrás, sería muy complicado recuperar las arras por duplicado, ya que el vendedor no ha firmado nada con nosotros. A quien le reclamaría yo entonces? A la inmobiliaria? Al vendedor? Con que documento me presentaría yo en un juicio? Y lo que hayan firmado entre ellos, yo no tengo acceso ni copia.

Alegan que llevan años haciéndolo así, que es lo habitual, que por qué quiero cambiar así el contrato.., y no entran en razones.

Me piden que en base a qué ley:
1) no puede firmar la parte compradora con la inmobiliaria
2) la parte compradora puede firmar con la vendedora (esto ya parece guasa, pero ponían en duda la legalidad de una operación comprador-vendedor).

Al final, necesito "justificar" ante ellos, estos dos puntos.

Muchas gracias
09/06/2021 10:25
Si la inmobiliaria tiene mandato de la vendedora, puede firmar como si fuese la misma. Si no tiene mandato, asumirá como persona jurídica todas las consecuencias del contrato. Si actúan como personas físicas, lo asumirán personalmente. A una inmobiliaria se le supone la capacidad de representación, por lo que puede firmar y, si el contrato no llega a buen fin, le indemnizarán, o el propietario o la inmobiliaria.
09/06/2021 12:15
Grisolía
1) puedo pedir copia o ver dicho mandato de venta?
2) en las arras pone: "de una parte Menganito con DNI xx actuando como Director de la inmobiliaria xx con CIF xxx
y en representación de la propiedad, en adelante el venedor."

Significa que actua entonces como persona fisica?


Me preocupa que no quede definido, leyendo su última frase, quien me deberia indemnizar. Por lo anterior, había entendido que deberia ser la inmobiliaria. Pero realmente la inmobiliaria me devolvería las arras por duplicado? Qué inmobiliaria kamikaze pondría esto para ser ellos los que devuelvan las arras duplicadas si el vendedor real se echara atrás?

Respecto los honorarios,: Quitarian de la cantidad depositada como arras por mi ante la inmobiliaria, sus honorarios, en caso que el vendedor se echara para atras?
09/06/2021 15:35
Usted está tratando con la inmobiliaria (no se sabe si eso es una persona jurídica, es decir, una sociedad, o una marca comercial, puesto que eso no queda claro en su mensaje) y será con la inmobiliaria con quien se las tenga que ver en el caso de que la compraventa no llegue a buen fin. Si, por el contrario, le aportan el mandato del vendedor y usted contrata en razón de ese documento, sin duda con quien tendrá los futuros tratos en su caso litigioso, será con los vendedores. Es posible que la inmobiliaria tenga una especie de hoja de encargo, pero al tratarse de un documento que contiene relaciones económicas entre ellos, no querrán aportarlo.
09/06/2021 16:09
Y en este contexto, si Ud. se encontrara personalmente en esta situación, ¿firmaría este contrato de arras en estas condiciones? Por un lado hay voces que dicen que no debería firmarse con alguien que no sea la parte vendedora, y otros dicen que sí se puede. ¿Ud. qué haría?
09/06/2021 16:26
Yo no puedo pronunciarme sobre un contrato que no he visto. Pero puede aceptar sin problemas el que la inmobiliaria comparezca a nombre de la vendedora.