Hola. Quería saber si es obligatorio para las empresas de una determinada dimensión, contratar un porcentaje mínimo de trabajadores de este colectivo (siempre y cuando haya incorporaciones). ¿Qué ley regula esta situación?. Gracias.
a ver al margen de que tengan o no tengan ahora vacantes, las empresas de mas de 50 trabajadores deben tener en plantilla al menos un 2% de minusválidos (o atenerse a las "medidas alternativas" previstas).
La normativa es un poco antigua, Ley 13/1982 y RD 1451/1983, aunque la Inspección se está poniendo realmente dura o rigurosa en su cumplimento desde hace pocos años.