Tengo que incluir en una nómina, regulada por el convenio colectivo de construcción, DIETAS y GASTOS DE KILOMETRAJE, me gustaria saber si no cotizan o si superan una cantidad si.Gracias.
Buenas!! He leido durante horas y dias innumerables paginas y foros y sigo con varias dudas!! Expongo mi caso:
-Percibo una dieta de 35€ dia y aparte la empresa se hace cargo de los gastos del hostal/hotel (presentado la factura claro) Además de eso cubrimos parte semanal de trabajos y parte mensual de dietas donde se detalla el dia trabajado, el lugar donde se hace, el cliente para el cual realizas el trabajo y el tipo de trabajo. Dichas dietas se cotejan con las facturas de hotel para verificar que efectivamente se realizan los trabajos en esos sitios.
Mis dudas:
1º ¿¿Es obligatorio presentar los tickets de desayuno , comida y cena para percibir las dietas?? (Mi jefe me dice q con la nueva ley es obligatorio)
2º ¿¿Si presento los tickets solo percibiré la cantidad q justifique con los tickets o tengo derecho a percibir igualmente los 35€??
3º Y si me ponen las dietas en nómina... ¿¿tengo q entregar tickets igual??
Se q si me lo ponen en nómina me retendrán el 6.35% la Seguridad Social y q tambien me subirá el IRPF, pero es q debido a mi trabajo tengo q comer de bodadillos/ensaladas/tuppers y no podria presentar tickets de comida. Y además soy deportista y como 5/6 vcs al dia y no podría pasar 5 tickets de comida al dia. Hay muchisimas mas razones por las que no puedo llevar a la practica lo de los 3 tickets diarios, algunas laborales y otras por motivos personales/de salud.
Me gustaria saber si hay algunha forma de poder seguir percibiendo mis dietas actuales sin presentar tickets (aunque sea haciendo trampas jajaj)