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Dejar fianza para último mes vs reclamacion judicial, monitorio

17 Comentarios
 
Dejar fianza para último mes vs reclamacion judicial, monitorio
17/01/2024 13:08
El día 03/01/24 ya publiqué dos temas relacionados con la entrega de llaves, del mismo piso, y de la fianza.

Y este tema va en la misma linea, la arrendadora, es muy poco racional, ni razonable.
Y no tiene ni idea ni experiencia en arrendamientos, apenas.
Ella hablaba de cosas disparatadas: Como cambiar el wc por una mancha de cal o tener que aspirar las paredes.
El piso se encuentra bien.
Sin nada roto.
Y limpieza normal. Antes de que lo entregue se va a limpiar mejor.

Lo peor las ventanas: Los vecinos de arriba tiran restos de comida y las palomas vienen a comerlos, cagan las dos repisas, la barandilla y el tendedero. Las cagadas de paloma no creo que las limpie, ni las migas de pan, restos de comida y pelos de los vecinos de arriba.

La arrendadora amenazó con quitar, todo o parte de la fianza.
Detonante, una mancha de cal en el wc, que yo quité perfectamente con un limpiador gama profesional. Y le envié foto.

Me dijo que tenía un mes para verificar estado del piso y devolver la fianza.
Que estaba en la LAU publicado en el BOE.
Le dije que conocía la normativa y que además en Castilla León es obligatorio depositar la fianza en la Cámara de La Propiedad, y existen sanciones por su incumplimiento. Eso le dije.

Además se deduce la hipoteca por vivienda habitual, indebidamente, tres años. Yo trabajo en el sector de fiscalidad e impuestos.

PREGUNTA:
Me iré entre el 22/02/24 y el 24/02/24 y le entregaré las llaves.
Le ofreceré documento típico de resolución del contrato que señala que la vivienda se entrega en buen estado aparentemente y que se devolverá la fianza antes de pasado un mes.

Opción 1*) Pagar la parte proporcional de febrero. Y si no devuelve fianza, reclamar judicialmente, al no hacer falta abogado ni procurador, yo soy economista.

Opción 2*) Dejar para el último mes la fianza. Al final estaré 24 de 29 días y me mudaré.

Observaciones:
Trataré que firme el mencionado documento también de testigo un amigo alemán que también está de paso en Valladolid trabajando y se irá un mes más tarde de la ciudad. Y si acepta, firmar, el de la empresa de mudanzas.
Firmaré yo.
Tal vez la dueña también firme.
Se apuntará/ hara constar lectura de contadores de agua y gas.

¿Es mejor la opción 1* o la 2*?
17/01/2024 13:36
1.- No puede pagar la parte proporcial de febrero. Los meses se pagan completos aunque usted se vaya antes.
2.- No es que sea lo más legal, pero desde luego que lo más conveniente es irse dejando a deber un mes, que se lo cobre de la fianza y si quiere reclamarle algo que se lo diga después y ya veremos.
17/01/2024 16:04
leonjbr
*En el tema de este mismo foro de 3/01/24 de la fianza por la cal del wc me contestó esto:

"2.- En cuanto a los días de febrero tampoco es correcto: todo lo que tiene que hace es pagar ese mes la parte proporcional que sea y ya esta."

Al entrar en el piso a vivir se pagó la parte proporcional de la renta de aquel mes de abril de hace casi tres años.

Y en uno de los dos temas que escribí el 03/01/24 me comentó que pagase y reclamase judicialmente, que no requería abogado ni procurador.

Ahora estoy confuso. @leonjbr

Menudo lío.
17/01/2024 18:00
1.- En cuanto a la diferencia de respuesta en los pagos: ¿su contrato se inicia un dia que no es el 1 de un mes (por ejemplo un día 15) y se ha estipulado que los pagos se hacen ese dia?
2.- En cuanto a que pagase y luego reclamase: esa respuesta es la legalmente correcta y "pristina", no la que le he dado hoy. Si se fija bien la respuesta que le he dado hoy dice: "No es que sea lo más legal ...". Es decir que lo perfecto es lo que le dije en el hilo anterior. Pero si hace lo que le he dicho ahora tampoco va a pasarle nada y quizás se queda usted más tranquilo y con menos comederos de coco.
En resumen:
1.- dígame lo que le he preguntado en el punto 1.
2.- Si quiere pague y luego reclame y si no deje de pagar el ultimo mes. En la practica lo segundo es más cómodo para usted y no va pasarle nada (si bien no es legalmente perfecto),
17/01/2024 18:41
El contrato se firma con fecha 12/04/21.
Señala que se pagará dentro de los cinco primeros días de cada mes.

Ahora comprendo el matiz de dejar sin pagar el último mes; o pagar parte proporcional del mes como me indicaba en el mensaje que puse el 03/01/24.

Otros datos de interés:
*Además de poder reclamarle vía monitorio si en el plazo del mes desde la entrega de llaves. Sin abogado ni procurador. Ni costes.

*No depositó la fianza en la Cámara de la Propiedad de Valladolid. Y es obligatorio. Y la Dirección General de Vivienda impone cuantiosas sanciones. Denunciable.

*Se está deduciendo la hipoteca por inversión en vivienda habitual, y arrendándome a mi la vivienda, ya no es su vivienda habitual. Denunciable. Trabajo "en el sector".

Gracias.
Siempre muy buenas aportaciones @leonjbr
17/01/2024 20:02
leonjbr
Ella, la arrendadora ha incumplido la obligación de depositar la fianza. Es sancionable y entiendo que denunciable por mi parte.

https://www.camarascastillayleon.com/servicios.php

https://campruva.es/fianzas/

Ella dice que no puedo denunciar.
Que se lo ha dicho un abogado.
Pero la ley lo regula.
18/01/2024 09:43
1.- Como sospechaba su contrato dice que hay que pagar entre el 1 y el 5 de cada mes, por lo tanto me ratifico en que tiene que pagar el último mes completo. La respuesta que le di en el hilo anterior partiría de la base (incorrecta) de que se había pactado el pago a partir del 12 de cada mes y por eso le dije lo que le dije.
2.- En cuanto a denunciar que no ha depositado la fianza: puede decírselo como medida de presión, pero no creo que le sirva para resolver su problema
En realidad su situación se resuelve con relativa facilidad, porque el problema central es que la casera no quiere devolver la fianza y en eso lleva usted las de ganar si o si. Puede hacer lo que quiera: pagar el ultimo mes y luego demandar o bien no hacerlo y que la fianza se emplee en ese ultimo mes y esperar a que la casera le demanda COSA QUE NO CREO QUE HAGA. Y si lo hace lleva las de perder.
Creo que se está preocupando más de la cuenta.
18/01/2024 10:22
Suscribo la intachable respuesta de Leonjbr.

En cuanto a las denuncias de supuestas irregularidades, puede que le supongan la satisfacción personal del deber cívico de haber colaborado en la lucha contra el fraude, que es muy encomiable, pero en cuanto a consecuencias prácticas, no se va a reflejar en su bolsillo.

Recuerde que la infracción por omisión de depósito de fianza prescribe a los cuatro años, como casi todas las infracciones administrativas. Es posible que esa denuncia no sirva de nada.

Cada vez que sale el tema de denunciar a otros yo siempre me acuerdo de algunas de las experiencias que he tenido: denunciar , en realidad, es tan fácil como -según los casos- gratificante. lo malo es que está al alcance de cualquiera. Una vez un inquilino me dijo que iba a denunciar al casero, que él era asalariado y no tenía nada que perder, y resulta que sí que perdió: el casero denunció a los padres del inquilino, que tenían un restaurante, por trabajo, sanidad y por hacienda, y debió ser muy malo porque cerraron. también denunció a la empresa en la que trabajaba el inquilino ante hacienda, y le explicó al dueño los motivos: imagino la cara con la que el empresario le comentaría al inquilino que se tenía que comer una inspección por esa razón. Otras veces he visto repartir anónimos en el entorno del denunciante acusándole a su vez de pederastia y otras conductas.... en fin, que cuando se pone en marcha la rueda de las denuncias no se aburre nadie.
20/01/2024 01:22
leonjbr
Sí.
Su respuesta es clara y concisa.
Ahora solo me queda decidir que hacer.
Lo que más fácil parece para mí es dejar de pagar el último mes.
Pero sin conseguir un documento de resolución de contrato, (que era de un año desde abril de 2021, prorrogado tácitamente) pues me preocupa que luego diga que dejé el piso roto.
Me he dado cuenta que por ejemplo el tapón pulsable del lavabo ya estaba roto antes de entrar yo y no se puso en el contrato porque no lo ví a tiempo. Y me confié.

Y ¿cómo pruebo que se resolvió el contrato?

¿Puede un amigo que me ayude a la mudanza ser testigo de que el piso se entrega en buen estado aparente?
20/01/2024 09:33
leonjbr
La fianza es de 370 €. Año 2.021.
La renta actual es de 378 €.
Me iré entre el 22 y el 30 de febrero, entrega de llaves.
Si viene la arrendadora el día que acordemos.
Y sino cerraré de picaporte.
Y las dejaré dentro.
Porque me robaban cartas de la comunidad, del buzón.
Al juzgado a depositarlas no podré ir porque estará la furgoneta de la empresa de mudanzas en la puerta para ir de Valladolid a Oviedo.
20/01/2024 20:41
Tener un testigo del buen estado del piso al dejarlo es importante, pero también es necesario obtener algún tipo de prueba de que se han entregado las llaves y se ha resuelto el contrato.

¿Sabe usar la función de geolocalización del móvil? mande por whatssapp fotos del buen estado del piso al móvil del casero: podrá demostrar la ubicación, fecha y hora de las fotos.

Tenga en cuenta que si no demuestra que entregó las llaves, se seguirán devengando recibos de alquiler y en teoría usted será el responsable de pagarlos.

Intente dejar las llaves de forma que pueda demostrar la fecha de entrega: ¿podría recogerlas un vecino, la finca tiene portero?

Si no se le ocurre otra forma, yo casi prefiero que las mande usted por correo por conducto notarial (artículo 202 y ss. del reglamento notarial) aunque le suponga un coste, de unos cien o ciento cincuenta euros. Se pueden añadir hasta cuatro folios, en los que puede usted manifestar lo que le convenga, o adjuntar fotos. Es dinero, pero es peor dejar la duda de si se devengan nuevas mensualidades.
22/01/2024 19:12
Hoplon
La finca no tiene portero, eso sí, tiene un presidente que vive en el último piso.

Fotos con geolocalización sí que pueden hacerse.

Lo del correo por conducto notarial no sé que es. Miraré a ver.

Si no aparece llamaré a la policía local para que mire el piso, y dejaré las llaves al presidente de la comunidad, si puede ser delante de los agentes de policía.
22/01/2024 21:29
Eso, si vienen los policías y si el presidente admite las llaves, sería muy bueno.
23/01/2024 07:59
Hoplon
Si viniesen los policías.

Y dejo las llaves dentro, en el piso, delante suya. Cerrado "de picaporte". Sin girar la llave.

Tengo la foto de un perdigonazo, de hace años cuando entré a vivir, en el cristal de la terraza/cerrada/galería por restos de comida que me tiran de pisos de arriba, vienen las palomas y comen y cagan allí paradas y alguien disparó y alcanzó el cristal.

Y a lo mejor vienen testigos de que el piso está bien y me firman el papel de resolución del contrato.

Esta si no tiene el último mes pagado, para quitarme sin motivo la fianza, probablemente no firme que el piso está en buen estado aparente, y que se resuelve el contrato.
23/01/2024 08:17
Hoplon
Y un burofax de Correos con certificado de contenido no valdría?

Poniendo de contenido documento de resolución de contrato, el típico, firmado por testigo/s. Que ponga que el piso está bien, aparentemente.
23/01/2024 09:47
Es mejor que nada, pero no es tan bueno como las opciones anteriores.

Un burofax con certificación de texto vale cuarenta euros; para eso pague cien por un acta notarial.
04/02/2024 23:31
leonjbr
Si.
Dejar la fianza para pagar el último mes es lo más conveniente.
Aunque la fianza de 370 € no está actualizada, como la renta, que ahora es de 378 €/mes.

No obstante la arrendadora acepta renta proporcional a los 24 días de 29 en febrero.

Ya se podía uno esperar lo peor cuando no quiso hacer el depósito obligatorio de la fianza en la cámara de la propiedad de Valladolid.

Encima no debe ni declarar la renta del piso en IRPF.
Afirmó que se deduce la hipoteca en IRPF como si fuese su vivienda habitual.
Son miles de euros de dinero, público del tributo IRPF, de todos que se quiere quedar año tras año.

Esto me hace pensar si será mejor combinación:
A) Pagar último mes denuncia "anónima" tributaria.

B) Dejar la fianza para el último mes denuncia "anónima" tributaria.

La denuncia seguramente ni formará parte del expediente administrativo.
05/02/2024 09:51
Su última exposición no tiene contenido jurídico, y por lo tanto no tengo opinión que dar al respecto.
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Dejar fianza para último mes vs reclamacion judicial, monitorio
17/01/2024 13:08
El día 03/01/24 ya publiqué dos temas relacionados con la entrega de llaves, del mismo piso, y de la fianza.

Y este tema va en la misma linea, la arrendadora, es muy poco racional, ni razonable.
Y no tiene ni idea ni experiencia en arrendamientos, apenas.
Ella hablaba de cosas disparatadas: Como cambiar el wc por una mancha de cal o tener que aspirar las paredes.
El piso se encuentra bien.
Sin nada roto.
Y limpieza normal. Antes de que lo entregue se va a limpiar mejor.

Lo peor las ventanas: Los vecinos de arriba tiran restos de comida y las palomas vienen a comerlos, cagan las dos repisas, la barandilla y el tendedero. Las cagadas de paloma no creo que las limpie, ni las migas de pan, restos de comida y pelos de los vecinos de arriba.

La arrendadora amenazó con quitar, todo o parte de la fianza.
Detonante, una mancha de cal en el wc, que yo quité perfectamente con un limpiador gama profesional. Y le envié foto.

Me dijo que tenía un mes para verificar estado del piso y devolver la fianza.
Que estaba en la LAU publicado en el BOE.
Le dije que conocía la normativa y que además en Castilla León es obligatorio depositar la fianza en la Cámara de La Propiedad, y existen sanciones por su incumplimiento. Eso le dije.

Además se deduce la hipoteca por vivienda habitual, indebidamente, tres años. Yo trabajo en el sector de fiscalidad e impuestos.

PREGUNTA:
Me iré entre el 22/02/24 y el 24/02/24 y le entregaré las llaves.
Le ofreceré documento típico de resolución del contrato que señala que la vivienda se entrega en buen estado aparentemente y que se devolverá la fianza antes de pasado un mes.

Opción 1*) Pagar la parte proporcional de febrero. Y si no devuelve fianza, reclamar judicialmente, al no hacer falta abogado ni procurador, yo soy economista.

Opción 2*) Dejar para el último mes la fianza. Al final estaré 24 de 29 días y me mudaré.

Observaciones:
Trataré que firme el mencionado documento también de testigo un amigo alemán que también está de paso en Valladolid trabajando y se irá un mes más tarde de la ciudad. Y si acepta, firmar, el de la empresa de mudanzas.
Firmaré yo.
Tal vez la dueña también firme.
Se apuntará/ hara constar lectura de contadores de agua y gas.

¿Es mejor la opción 1* o la 2*?
17/01/2024 13:36
1.- No puede pagar la parte proporcial de febrero. Los meses se pagan completos aunque usted se vaya antes.
2.- No es que sea lo más legal, pero desde luego que lo más conveniente es irse dejando a deber un mes, que se lo cobre de la fianza y si quiere reclamarle algo que se lo diga después y ya veremos.
17/01/2024 16:04
leonjbr
*En el tema de este mismo foro de 3/01/24 de la fianza por la cal del wc me contestó esto:

"2.- En cuanto a los días de febrero tampoco es correcto: todo lo que tiene que hace es pagar ese mes la parte proporcional que sea y ya esta."

Al entrar en el piso a vivir se pagó la parte proporcional de la renta de aquel mes de abril de hace casi tres años.

Y en uno de los dos temas que escribí el 03/01/24 me comentó que pagase y reclamase judicialmente, que no requería abogado ni procurador.

Ahora estoy confuso. @leonjbr

Menudo lío.
17/01/2024 18:00
1.- En cuanto a la diferencia de respuesta en los pagos: ¿su contrato se inicia un dia que no es el 1 de un mes (por ejemplo un día 15) y se ha estipulado que los pagos se hacen ese dia?
2.- En cuanto a que pagase y luego reclamase: esa respuesta es la legalmente correcta y "pristina", no la que le he dado hoy. Si se fija bien la respuesta que le he dado hoy dice: "No es que sea lo más legal ...". Es decir que lo perfecto es lo que le dije en el hilo anterior. Pero si hace lo que le he dicho ahora tampoco va a pasarle nada y quizás se queda usted más tranquilo y con menos comederos de coco.
En resumen:
1.- dígame lo que le he preguntado en el punto 1.
2.- Si quiere pague y luego reclame y si no deje de pagar el ultimo mes. En la practica lo segundo es más cómodo para usted y no va pasarle nada (si bien no es legalmente perfecto),
17/01/2024 18:41
El contrato se firma con fecha 12/04/21.
Señala que se pagará dentro de los cinco primeros días de cada mes.

Ahora comprendo el matiz de dejar sin pagar el último mes; o pagar parte proporcional del mes como me indicaba en el mensaje que puse el 03/01/24.

Otros datos de interés:
*Además de poder reclamarle vía monitorio si en el plazo del mes desde la entrega de llaves. Sin abogado ni procurador. Ni costes.

*No depositó la fianza en la Cámara de la Propiedad de Valladolid. Y es obligatorio. Y la Dirección General de Vivienda impone cuantiosas sanciones. Denunciable.

*Se está deduciendo la hipoteca por inversión en vivienda habitual, y arrendándome a mi la vivienda, ya no es su vivienda habitual. Denunciable. Trabajo "en el sector".

Gracias.
Siempre muy buenas aportaciones @leonjbr
17/01/2024 20:02
leonjbr
Ella, la arrendadora ha incumplido la obligación de depositar la fianza. Es sancionable y entiendo que denunciable por mi parte.

https://www.camarascastillayleon.com/servicios.php

https://campruva.es/fianzas/

Ella dice que no puedo denunciar.
Que se lo ha dicho un abogado.
Pero la ley lo regula.
18/01/2024 09:43
1.- Como sospechaba su contrato dice que hay que pagar entre el 1 y el 5 de cada mes, por lo tanto me ratifico en que tiene que pagar el último mes completo. La respuesta que le di en el hilo anterior partiría de la base (incorrecta) de que se había pactado el pago a partir del 12 de cada mes y por eso le dije lo que le dije.
2.- En cuanto a denunciar que no ha depositado la fianza: puede decírselo como medida de presión, pero no creo que le sirva para resolver su problema
En realidad su situación se resuelve con relativa facilidad, porque el problema central es que la casera no quiere devolver la fianza y en eso lleva usted las de ganar si o si. Puede hacer lo que quiera: pagar el ultimo mes y luego demandar o bien no hacerlo y que la fianza se emplee en ese ultimo mes y esperar a que la casera le demanda COSA QUE NO CREO QUE HAGA. Y si lo hace lleva las de perder.
Creo que se está preocupando más de la cuenta.
18/01/2024 10:22
Suscribo la intachable respuesta de Leonjbr.

En cuanto a las denuncias de supuestas irregularidades, puede que le supongan la satisfacción personal del deber cívico de haber colaborado en la lucha contra el fraude, que es muy encomiable, pero en cuanto a consecuencias prácticas, no se va a reflejar en su bolsillo.

Recuerde que la infracción por omisión de depósito de fianza prescribe a los cuatro años, como casi todas las infracciones administrativas. Es posible que esa denuncia no sirva de nada.

Cada vez que sale el tema de denunciar a otros yo siempre me acuerdo de algunas de las experiencias que he tenido: denunciar , en realidad, es tan fácil como -según los casos- gratificante. lo malo es que está al alcance de cualquiera. Una vez un inquilino me dijo que iba a denunciar al casero, que él era asalariado y no tenía nada que perder, y resulta que sí que perdió: el casero denunció a los padres del inquilino, que tenían un restaurante, por trabajo, sanidad y por hacienda, y debió ser muy malo porque cerraron. también denunció a la empresa en la que trabajaba el inquilino ante hacienda, y le explicó al dueño los motivos: imagino la cara con la que el empresario le comentaría al inquilino que se tenía que comer una inspección por esa razón. Otras veces he visto repartir anónimos en el entorno del denunciante acusándole a su vez de pederastia y otras conductas.... en fin, que cuando se pone en marcha la rueda de las denuncias no se aburre nadie.
20/01/2024 01:22
leonjbr
Sí.
Su respuesta es clara y concisa.
Ahora solo me queda decidir que hacer.
Lo que más fácil parece para mí es dejar de pagar el último mes.
Pero sin conseguir un documento de resolución de contrato, (que era de un año desde abril de 2021, prorrogado tácitamente) pues me preocupa que luego diga que dejé el piso roto.
Me he dado cuenta que por ejemplo el tapón pulsable del lavabo ya estaba roto antes de entrar yo y no se puso en el contrato porque no lo ví a tiempo. Y me confié.

Y ¿cómo pruebo que se resolvió el contrato?

¿Puede un amigo que me ayude a la mudanza ser testigo de que el piso se entrega en buen estado aparente?
20/01/2024 09:33
leonjbr
La fianza es de 370 €. Año 2.021.
La renta actual es de 378 €.
Me iré entre el 22 y el 30 de febrero, entrega de llaves.
Si viene la arrendadora el día que acordemos.
Y sino cerraré de picaporte.
Y las dejaré dentro.
Porque me robaban cartas de la comunidad, del buzón.
Al juzgado a depositarlas no podré ir porque estará la furgoneta de la empresa de mudanzas en la puerta para ir de Valladolid a Oviedo.
20/01/2024 20:41
Tener un testigo del buen estado del piso al dejarlo es importante, pero también es necesario obtener algún tipo de prueba de que se han entregado las llaves y se ha resuelto el contrato.

¿Sabe usar la función de geolocalización del móvil? mande por whatssapp fotos del buen estado del piso al móvil del casero: podrá demostrar la ubicación, fecha y hora de las fotos.

Tenga en cuenta que si no demuestra que entregó las llaves, se seguirán devengando recibos de alquiler y en teoría usted será el responsable de pagarlos.

Intente dejar las llaves de forma que pueda demostrar la fecha de entrega: ¿podría recogerlas un vecino, la finca tiene portero?

Si no se le ocurre otra forma, yo casi prefiero que las mande usted por correo por conducto notarial (artículo 202 y ss. del reglamento notarial) aunque le suponga un coste, de unos cien o ciento cincuenta euros. Se pueden añadir hasta cuatro folios, en los que puede usted manifestar lo que le convenga, o adjuntar fotos. Es dinero, pero es peor dejar la duda de si se devengan nuevas mensualidades.
22/01/2024 19:12
Hoplon
La finca no tiene portero, eso sí, tiene un presidente que vive en el último piso.

Fotos con geolocalización sí que pueden hacerse.

Lo del correo por conducto notarial no sé que es. Miraré a ver.

Si no aparece llamaré a la policía local para que mire el piso, y dejaré las llaves al presidente de la comunidad, si puede ser delante de los agentes de policía.
22/01/2024 21:29
Eso, si vienen los policías y si el presidente admite las llaves, sería muy bueno.
23/01/2024 07:59
Hoplon
Si viniesen los policías.

Y dejo las llaves dentro, en el piso, delante suya. Cerrado "de picaporte". Sin girar la llave.

Tengo la foto de un perdigonazo, de hace años cuando entré a vivir, en el cristal de la terraza/cerrada/galería por restos de comida que me tiran de pisos de arriba, vienen las palomas y comen y cagan allí paradas y alguien disparó y alcanzó el cristal.

Y a lo mejor vienen testigos de que el piso está bien y me firman el papel de resolución del contrato.

Esta si no tiene el último mes pagado, para quitarme sin motivo la fianza, probablemente no firme que el piso está en buen estado aparente, y que se resuelve el contrato.
23/01/2024 08:17
Hoplon
Y un burofax de Correos con certificado de contenido no valdría?

Poniendo de contenido documento de resolución de contrato, el típico, firmado por testigo/s. Que ponga que el piso está bien, aparentemente.
23/01/2024 09:47
Es mejor que nada, pero no es tan bueno como las opciones anteriores.

Un burofax con certificación de texto vale cuarenta euros; para eso pague cien por un acta notarial.
04/02/2024 23:31
leonjbr
Si.
Dejar la fianza para pagar el último mes es lo más conveniente.
Aunque la fianza de 370 € no está actualizada, como la renta, que ahora es de 378 €/mes.

No obstante la arrendadora acepta renta proporcional a los 24 días de 29 en febrero.

Ya se podía uno esperar lo peor cuando no quiso hacer el depósito obligatorio de la fianza en la cámara de la propiedad de Valladolid.

Encima no debe ni declarar la renta del piso en IRPF.
Afirmó que se deduce la hipoteca en IRPF como si fuese su vivienda habitual.
Son miles de euros de dinero, público del tributo IRPF, de todos que se quiere quedar año tras año.

Esto me hace pensar si será mejor combinación:
A) Pagar último mes denuncia "anónima" tributaria.

B) Dejar la fianza para el último mes denuncia "anónima" tributaria.

La denuncia seguramente ni formará parte del expediente administrativo.
05/02/2024 09:51
Su última exposición no tiene contenido jurídico, y por lo tanto no tengo opinión que dar al respecto.