Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Desistir el contrato de un año, firmado después de 6 meses

7 Comentarios
 
Desistir el contrato de un año, firmado después de 6 meses
24/09/2019 09:36
Me gustaría saber si puedo desistir un contrato de alquiler de un año, pasados más de 6 meses, y no me puede pedir el dinero de lo que queda de contrato firmado al desistir, hasta la fecha estan todos los meses que he estado alquilado pagados. y si tengo que informar por burofax o vale por whasapp, y también me gustaría saber si tengo derecho a recuperar la fianza, aunque desista el contrato gracias un saludo
24/09/2019 10:14
Venox
1.- Poder desistir seguro que puede.
2.- Para saber si puede pedirle dinero seria imprescindible examinar el contrato, pero en cualquier caso lo mas que puede pedirle es un mes de renta por cada año que quede por cumplir respecto a la duracion total inicial prorrateando los plazos inferiores a un año.
3.- Puede informar por whatsapp, pero desde luego es mucho mejor el burofax con acuse de recibo y copia del contenido.
4.- Puede recuperar la fianza aunque desista del contrato, si bien descontando en su caso la posible indemnización por resolución anticipada y los posibles desperfectos que pueda haber.
24/09/2019 11:56
Venox
Impecable la respuesta de Leonjbr.

¿La fecha del contrato, obviamente, es reciente, de hace seis meses o menos?
24/09/2019 13:55
leonjbr
Muchas gracias por la respuesta tan rápida. Le pongo por aquí lo Que pone el CONTRATO apartado DURACION: "la duración del contrato será de UN AÑO Y 19 DÍAS, periodo que comenzará a contar desde el día 10 de febrero de 2019 hasta el 28 de febrero de 2020" . Y en el apartado de RENTA pone:" LA RENTA fijada es de CINCO MIL CUATROCIENTOS EUROS ANUALES (#5. 400'00# €) pagaderos mensualmente a razón de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS MENSUALES (#450'00# €) en los primeros CINCO DÍAS de cada mes. y en el apartado FIANZA pone: la parte arrendataria entrega en este acto, a la Parte arrendadora la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (#450'00#€), en concepto de fianza de un mes de renta, cantidad que no podrá ser enjugada en renta vigente del Contrato. La fianza queda afecta a los perjuicios causados a la Parte arrendadora por el incumplimiento de las obligaciones contractuales y en consecuencia, será devuelta a la terminación del mismo. Gracias un saludo
24/09/2019 14:42
Venox
Puede desistir cuando quiera sin pagar penalizacion alguna y sin que el casero tenga derecho a retener la fianza.
24/09/2019 15:06
leonjbr
Muchas gracias. Entonces me recomienda que envie un burofax con acuse de recibo con 30 días de antelación de cuando voy a dejar la casa y pidiéndole la fianza estaría bien así o me recomienda otra cosa gracias un saludo
25/09/2019 10:13
Venox
Así estaría perfecto. Es como debe hacerse para no tener luego problemas.
25/09/2019 15:43
leonjbr
Muchas gracias por toda la. Información y por sus respuesta es un auténtico placer gracias