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Desnivel entre predios y servidumbre de vistas

1 Comentarios
 
Desnivel entre predios y servidumbre de vistas
09/02/2019 02:24
Estimados foreros,

La situación es la siguiente:

Entre mi parcela y la del vecino existe un desnivel natural de unos 2 metros de altura, por lo que nos separa un talud que tuve que reconstruir al derrumbarse. Sobre el borde de mi parcela (Mi jardín) reemplacé una valla de red de gallinero por una baranda de forja muy bonita.

Pues resulta que el vecino me dice que tengo que suprimir el "balcón de mi jardín" porque no puedo tener vistas sobre su finca y que no puedo tener una servidumbre de vistas.

Partiendo de la base de que existe un desnivel natural entre las fincas con el que yo tengo vistas (las tendría a 2, 3,4 ó 10 metros) pero no las he ganado porque no he llevado a cabo ninguna edificación para ello, puede obligarme el vecino a que tenga que levantar un muro para suprimir esas vistas?estariamos ante una servidumbre de vistas?

PD: El vecino me puso una demanda de conciliación que terminó sin acuerdo y me han dicho que es el paso previo a demandarme judicialmente :I...
Puede obligarme a levantarme un muro para suprimir vistas?

Si me pudierais ayudar os lo agredecería muchisimo.
Un saludo
09/02/2019 22:27
Victino17
Su vecino puede construir un muro pegado al talud, hasta la altura que permitan las ordenanzas. Esta altura se mide desde la base construida en la finca del vecino, por lo que en ningún caso la altura máxima se toma desde su finca (de la de usted), aunque si usted levanta un muro desde su propia altura, el vecino puede prolongar el suyo hasta el punto común de elevación. En lo que respecta a la servidumbre de vistas- que no existe en este caso- y por la que su vecino se creería legitimado para compelerle a una acción constructiva, lo cierto es que no puede obligar a levantar ningún muro, ni medianero ni menos privativo. Cuando su vecino compró la parcela en esa situación ya conocía ese accidente geográfico, por lo que no se han producido nuevos hechos que merezcan un reproche jurídico.
Desnivel entre predios y servidumbre de vistas | PorticoLegal
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Desnivel entre predios y servidumbre de vistas

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Desnivel entre predios y servidumbre de vistas
09/02/2019 02:24
Estimados foreros,

La situación es la siguiente:

Entre mi parcela y la del vecino existe un desnivel natural de unos 2 metros de altura, por lo que nos separa un talud que tuve que reconstruir al derrumbarse. Sobre el borde de mi parcela (Mi jardín) reemplacé una valla de red de gallinero por una baranda de forja muy bonita.

Pues resulta que el vecino me dice que tengo que suprimir el "balcón de mi jardín" porque no puedo tener vistas sobre su finca y que no puedo tener una servidumbre de vistas.

Partiendo de la base de que existe un desnivel natural entre las fincas con el que yo tengo vistas (las tendría a 2, 3,4 ó 10 metros) pero no las he ganado porque no he llevado a cabo ninguna edificación para ello, puede obligarme el vecino a que tenga que levantar un muro para suprimir esas vistas?estariamos ante una servidumbre de vistas?

PD: El vecino me puso una demanda de conciliación que terminó sin acuerdo y me han dicho que es el paso previo a demandarme judicialmente :I...
Puede obligarme a levantarme un muro para suprimir vistas?

Si me pudierais ayudar os lo agredecería muchisimo.
Un saludo
09/02/2019 22:27
Victino17
Su vecino puede construir un muro pegado al talud, hasta la altura que permitan las ordenanzas. Esta altura se mide desde la base construida en la finca del vecino, por lo que en ningún caso la altura máxima se toma desde su finca (de la de usted), aunque si usted levanta un muro desde su propia altura, el vecino puede prolongar el suyo hasta el punto común de elevación. En lo que respecta a la servidumbre de vistas- que no existe en este caso- y por la que su vecino se creería legitimado para compelerle a una acción constructiva, lo cierto es que no puede obligar a levantar ningún muro, ni medianero ni menos privativo. Cuando su vecino compró la parcela en esa situación ya conocía ese accidente geográfico, por lo que no se han producido nuevos hechos que merezcan un reproche jurídico.