Buenos días Necesito hacerles una consulta urgentemente. El 3 de Febrero de 2016 firmé contrato anual de arrendamiento de nave industrial A fecha abril de 2017 el inquilino se da cuenta de que no puede retener por ser persona física y desde entonces me hace cambiar las facturas de 2017( 2016 me niego a cambiar mi renta) y no retenerle. A fecha de hoy Octubre 2017 no quiere pagar esas diferencias por no hacer retención y además no paga los gastos de suministros.....He hablado con su abogado y asesor pero hace lo que quiere. Voy a enviar Burofax de aviso de no renovación de contrato , pero necesito saber SI PUEDO INTERPONER MONITORIO POR CANTIDADES PENDIENTES O ME ESPERO A FEBRERO QUE VENCE CONTRATO POR SI LOS IMPAGOS SE AMPLIAN?????? Muchas Gracias
Gracias por su respuesta. Mi duda es si pongo ahora un monitorio, y hasta febrero la deuda de incrementa, puedo reclamar lo que deba de mas o debo iniciar otro procedimiento, y si a esa fecha supera los 2000 euros, qué tendría que hacer?
Ya entiendo su duda: el tipo de procedimiento queda fijado en el momento en que se interpone, y por tanto si es un monitorio sin abogado ni procurador así seguirá aunque luego se aumente la deuda. Lo único que tiene que hacer es comunicar al juzgado el aumento de deuda el día del juicio. También debe incluirlo en el suplico de la demanda. Por eso insisto en que debe demandar ya, este mismo Lunes.