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Devolución de fianza

8 Comentarios
 
Devolución de fianza
03/05/2020 16:38
El 1 de abril de 2020 finalizó el contrato de un piso que tenía alquilado, si bien lo abandonamos unos días antes por la situación del Estado de Alerta, siguiendo las recomendaciones que nos hizo la Policía. Estaban todos los recibos al día, salvo las últimas facturas de luz y agua, que acordamos que se descontarían de la fianza.
Días después, el representante de la empresa propietaria nos escribió para decirnos que el piso estaba sucio, con lo que no estamos de acuerdo, pues lo dejamos en perfecto estado e hicimos fotos antes de irnos.
A día de hoy, no nos ha devuelto la fianza.
Creemos que la empresa quiere retener la fianza con la excusa de la limpieza. ¿Qué deberíamos hacer?
03/05/2020 17:54
Murcia78
¿Es lo único que dice el escrito de la propiedad, que el piso estaba sucio? ¿no dice otros motivos?

La limpieza, salvo si así se pactó en el contrato de alquiler, no se puede descontar de la fianza: hay resoluciones abundantes de muchas audiencias provinciales.

Reclame primero la devolución por escrito, a ser posible fehaciente: si no le hacen caso, interponga una demanda: si la cantidad es menor de dos mil euros no necesitará abogado ni procurador, en el Juzgado le darán un sencillo formulario para que usted lo rellene.
03/05/2020 18:34
Hoplon
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoploin.
03/05/2020 21:43
Hoplon
Gracias por su respuesta.
Sí, la propiedad nos mandó un whatsapp para indicar que el piso estaba sucio. En el contrato se recoge que el piso debe entregarse limpio y, en caso contrario, se descontarían 200 euros de la fianza.
Nosotros dejamos el piso en perfectas condiciones y tenemos las fotos que lo demuestran.
Y, de hecho, la propiedad nos aseguró que el mismo día en que dejamos el piso iría una persona a dar un repaso al piso para el siguiente inquilino y el mensaje de que estaba sucio no nos lo envió hasta varios días después...
04/05/2020 11:30
Murcia78
Si tiene fotos puede usted reclamar la devolución de la fianza, tal como les expuse: posiblemente el casero intentará probar lo contrario con una declaración testifical de la persona que limpió el piso: predecir el resultado es difícil, dependerá de cómo vea el juez la intervención de cada uno, pero en fin, si no se lo dan tampoco pierde nada. Supongo que ambos, casero e inquilino, viven en la misma localidad en la que también está el piso, si no es así, aclárelo.

Es posible que el casero no tenga un factura de una empresa de limpiezas, sino que se haya limitado a llevar a una persona para la tarea, y a lo mejor eso dificulta que la lleven como testigo.
04/05/2020 11:40
Hoplon
Quisiera añadir una duda al caso del compañero Murcia78, en relación a nuestro problema, también con una devolución de fianza. Expongo la duda en este hilo porque entiendo que la respuesta le pude servir también a él, ya que son casos con puntos en común.

En estos casos en los que está en juego una parte de la fianza, vamos a poner por ejemplo, que la fianza total sean 700 euros y le quieren retener 200 euros por la limpieza, ¿conviene interponer la demanda desde el primer momento? Es decir, demandar por 700 €. ¿O es preferible aceptar el saldo de 500 € y posteriormente interponer la demanda por los 200 € retenidos? Entiendo que tendrá más peso la reclamación completa, pero de esta manera, según los tiempos del juzgado, queda retenida toda la fianza durante muchos meses (esa es concretamente la "amenaza" que nos han hecho a nosotros).

Muchas gracias como siempre y un saludo.
04/05/2020 13:12
Murcia78
Jurídicamente hablando la aceptación parcial tiene la pega de que la parte contraria pueda alegar que había un acuerdo para aceptar el pago de esos 200 euros en concepto de limpieza y que por tanto ahora el inquilino ya no puede reclamar ese importe.
04/05/2020 16:53
leonjbr
Muchas gracias leonjbr. Desgraciadamente, es lo que temía...
04/05/2020 17:44
Murcia78
Por otra parte, recordemos que salvo que uno de los litigantes resida fuera del partido judicial, en este caso y otros similares las estimaciones o desestimaciones parciales no implican pérdida de costas.
Devolución de fianza | PorticoLegal
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03/05/2020 16:38
El 1 de abril de 2020 finalizó el contrato de un piso que tenía alquilado, si bien lo abandonamos unos días antes por la situación del Estado de Alerta, siguiendo las recomendaciones que nos hizo la Policía. Estaban todos los recibos al día, salvo las últimas facturas de luz y agua, que acordamos que se descontarían de la fianza.
Días después, el representante de la empresa propietaria nos escribió para decirnos que el piso estaba sucio, con lo que no estamos de acuerdo, pues lo dejamos en perfecto estado e hicimos fotos antes de irnos.
A día de hoy, no nos ha devuelto la fianza.
Creemos que la empresa quiere retener la fianza con la excusa de la limpieza. ¿Qué deberíamos hacer?
03/05/2020 17:54
Murcia78
¿Es lo único que dice el escrito de la propiedad, que el piso estaba sucio? ¿no dice otros motivos?

La limpieza, salvo si así se pactó en el contrato de alquiler, no se puede descontar de la fianza: hay resoluciones abundantes de muchas audiencias provinciales.

Reclame primero la devolución por escrito, a ser posible fehaciente: si no le hacen caso, interponga una demanda: si la cantidad es menor de dos mil euros no necesitará abogado ni procurador, en el Juzgado le darán un sencillo formulario para que usted lo rellene.
03/05/2020 18:34
Hoplon
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoploin.
03/05/2020 21:43
Hoplon
Gracias por su respuesta.
Sí, la propiedad nos mandó un whatsapp para indicar que el piso estaba sucio. En el contrato se recoge que el piso debe entregarse limpio y, en caso contrario, se descontarían 200 euros de la fianza.
Nosotros dejamos el piso en perfectas condiciones y tenemos las fotos que lo demuestran.
Y, de hecho, la propiedad nos aseguró que el mismo día en que dejamos el piso iría una persona a dar un repaso al piso para el siguiente inquilino y el mensaje de que estaba sucio no nos lo envió hasta varios días después...
04/05/2020 11:30
Murcia78
Si tiene fotos puede usted reclamar la devolución de la fianza, tal como les expuse: posiblemente el casero intentará probar lo contrario con una declaración testifical de la persona que limpió el piso: predecir el resultado es difícil, dependerá de cómo vea el juez la intervención de cada uno, pero en fin, si no se lo dan tampoco pierde nada. Supongo que ambos, casero e inquilino, viven en la misma localidad en la que también está el piso, si no es así, aclárelo.

Es posible que el casero no tenga un factura de una empresa de limpiezas, sino que se haya limitado a llevar a una persona para la tarea, y a lo mejor eso dificulta que la lleven como testigo.
04/05/2020 11:40
Hoplon
Quisiera añadir una duda al caso del compañero Murcia78, en relación a nuestro problema, también con una devolución de fianza. Expongo la duda en este hilo porque entiendo que la respuesta le pude servir también a él, ya que son casos con puntos en común.

En estos casos en los que está en juego una parte de la fianza, vamos a poner por ejemplo, que la fianza total sean 700 euros y le quieren retener 200 euros por la limpieza, ¿conviene interponer la demanda desde el primer momento? Es decir, demandar por 700 €. ¿O es preferible aceptar el saldo de 500 € y posteriormente interponer la demanda por los 200 € retenidos? Entiendo que tendrá más peso la reclamación completa, pero de esta manera, según los tiempos del juzgado, queda retenida toda la fianza durante muchos meses (esa es concretamente la "amenaza" que nos han hecho a nosotros).

Muchas gracias como siempre y un saludo.
04/05/2020 13:12
Murcia78
Jurídicamente hablando la aceptación parcial tiene la pega de que la parte contraria pueda alegar que había un acuerdo para aceptar el pago de esos 200 euros en concepto de limpieza y que por tanto ahora el inquilino ya no puede reclamar ese importe.
04/05/2020 16:53
leonjbr
Muchas gracias leonjbr. Desgraciadamente, es lo que temía...
04/05/2020 17:44
Murcia78
Por otra parte, recordemos que salvo que uno de los litigantes resida fuera del partido judicial, en este caso y otros similares las estimaciones o desestimaciones parciales no implican pérdida de costas.