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devolucion deposito

5 Comentarios
 
Devolucion deposito
30/11/2014 21:47
Acabo de dar aviso de que dejo el piso donde estoy de alquiler. El día de la firmA ya que mi contrato de trabajo era muy reciente me pidieron aparte de la fianza de 600€ q fue depositada en la generalitat un deposito de 2400€ el cual ni fue depositado. El tema es que ahora yo quiero que ese deposito se me devuelva a la entrega de las llaves y ellos dicen que la devolución se hará al mes siguiente, que por ley es así. Yo entie do que la fianza tarden un mes pero tiene. Derecho a retenerme el deposito?
01/12/2014 08:18
Hola, hay mucha gente que ha pasado por lo mismo (si buscas en internet estafa lazora) podrás verlo, incluido yo, desde mi experiencia amenaza diciendo que no es legal ya que te pusiste en contacto con un abogado, esto es cierto ya que yo si lo hice.
No dejes que te estafen!
01/12/2014 09:46
He leido algo de lo que me comentas, el tema es hay algun sitio una ley o algo que ponga la obilgacion de devolver el deposito, asi yo podria amenzarles enseñandoles eso.
Tambien aun estoy a tiempo de de poder devolver octubre y noviembre ademas claro de diciembre, recomendais hacer esto o seria peor. En teoria el piso tengo que dejarlo el 19 de enero.
Gracias
03/12/2014 09:39
Tienes que mirar tu contrato, a mi me ponía que el deposito era por si no pagaba, no por incidencias en el piso., ten mucho cuidado con eso. Al igual que tu entraste en el piso y te pedían el mismo día el depósito y la fianza, ellos están en la obligación en la firma de la entrega de llaves de darte el depósito, ya que la fianza tardaría un mes porque debería estar depositada en el ivima. Cuando vayan a ver los desperfectos te tienen que dar un papel que firmará la persona que lo revise diciendo como está, en cuanto lo firme y lo firmes no pueden entrar en el piso y sacarte más incidencias porque estarían fuera de lo legal.
04/12/2014 11:21
victortorre:
1.- Lo primero es aclarar conceptos. Ud ha entregado a) por una parte la fianza de 600 euros y b) por otro un depósito de 2400. NO SON IGUALES CONCEPTOS. La fianza es de un mes y es obligatoria por Ley, en tanto que el depósito es voluntario.
2.- De lo anterior se deduce que el régimen jurídico de ambas cantidades es distinto. La fianza debe devolverse tan pronto como después de finalizar el contrato el casero tenga claros cuales son los conceptos que procede descontar de la fianza, como por ejemplo rentas atrasadas, facturas o desperfectos. Lógicamente no puede ser mucho tiempo, un mes, dos, pero nada de 6 o 7. Para "animar" al casero a que no tarde mucho, después del primer mes la fianza devenga el interes de demora, pero no es una cantidad excesivamente grande.
3.- Para la devolución del depósito hay que estar a lo que se diga en el contrato, pero en principio debe devolverse tan pronto como termine el alquiler, descontando las posibles cantidades que hubiera que descontar. También hay que tener en cuenta que la fianza debe depositarse en la Generalitat, pero el depósito no.
abogado@leonbendayan.com
04/12/2014 15:17
En el contrato pone que el deposito es para hacer frente a posibles desperfectos de la vivienda, no pone nada de fecha de devolucion, eso si pone que no esta sujeto a la normativa de la generalitat.
De ahi que lo logico creo entender es que el dia de entrega de llaves comprueben el piso y me devuelvan el dinero.