Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Devolver señal a un traspaso

3 Comentarios
 
Devolver señal a un traspaso
19/06/2019 10:30
Buenos días. Estoy haciendo un traspaso en mi local. Hablé con un señor con que se la quedaría. Entonces puse un anuncio para trabajar en la misma zona diciendo que me llevaría a mí clientela.lo puse antes de que me diera la señal. A los 26 días de poner el anuncio, firmamos una señal. Me olvidé de borrar el anuncio y, el señor que me iba hacer el traspaso vio ese anuncio. El caso es que ya no quiere el traspaso y me pide la señal. Tendría que devolvérsela? Si me negase y me denunciara, podría pedirme daños y perjuicios a parte de la señal? Gracias
19/06/2019 11:50
Maria98765
Hay que ver el contrato: en principio si no hay pacto de no concurrencia no debe devolverle la señal.
19/06/2019 13:47
Maria98765
Yo tengo muchas dudas al respecto de esta pregunta, y comprendiendo perfectamente la respuesta de Hoplon, creo sin embargo que es posible que el traspasado lleve razón, ya que considero que la conducta del consultante constituye mala fe. Por una parte traspasa un negocio, pero por otro pretende llevarse la clientela. Otra cosa es que una vez verificado el traspaso haya un pacto de no concurrencia por cuya virtud los clientes del local inicial puede elegir legítimamente trabajar con el consultante en un segundo local. Pero eso sería después del traspaso y sin "avisar" a los antiguos clientes del cambio de local.
No es esto lo que se ha hecho. Lo que ha hecho el consultante es vender algo y al mismo tiempo llevarse a los clientes, lo cual no parece en absoluto conforme a las exigencias de la buena fe, lo cual me lleva a pensar que ese traspado pudiera ser anulable dandole la razón al traspasado.
Pero insisto en que tengo muchas dudas, y es perfectamente posible que la respuesta de Hoplon sea la correcta y no la mía.
19/06/2019 22:54
Maria98765
Leon, yo tampoco lo tengo claro al cien por cien:

¿Cómo es el anuncio? ¿es un cartel en el escaparate que dice: "queridos clientes, les seguiremos atendiendo en la c/ ...., nº ..?"

El precio del traspaso se paga por un negocio en marcha, y el fondo de comercio es parte esencial del mismo.

La Sentencia 164/2008, de la Audiencia Provincial de Barcelona (Secc. 15ª) duda si los pactos de no concurrencia (en venta de negocio, no es en rigor un traspaso) son válidos pues suponen una restricción a la libre competencia, y concluye que si lo son; cito:

"...el comprador habrá pagado un precio para obtener el control de una empresa, siendo el fondo de comercio (clientela) una parte clave del mismo...".

Peor la misma sentencia dice que si el contrato no dice nada, no existe tal pacto. Independientemente de la mala fe (tal vez inconsciente) del cedente.
Devolver señal a un traspaso | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Devolver señal a un traspaso

3 Comentarios
 
Devolver señal a un traspaso
19/06/2019 10:30
Buenos días. Estoy haciendo un traspaso en mi local. Hablé con un señor con que se la quedaría. Entonces puse un anuncio para trabajar en la misma zona diciendo que me llevaría a mí clientela.lo puse antes de que me diera la señal. A los 26 días de poner el anuncio, firmamos una señal. Me olvidé de borrar el anuncio y, el señor que me iba hacer el traspaso vio ese anuncio. El caso es que ya no quiere el traspaso y me pide la señal. Tendría que devolvérsela? Si me negase y me denunciara, podría pedirme daños y perjuicios a parte de la señal? Gracias
19/06/2019 11:50
Maria98765
Hay que ver el contrato: en principio si no hay pacto de no concurrencia no debe devolverle la señal.
19/06/2019 13:47
Maria98765
Yo tengo muchas dudas al respecto de esta pregunta, y comprendiendo perfectamente la respuesta de Hoplon, creo sin embargo que es posible que el traspasado lleve razón, ya que considero que la conducta del consultante constituye mala fe. Por una parte traspasa un negocio, pero por otro pretende llevarse la clientela. Otra cosa es que una vez verificado el traspaso haya un pacto de no concurrencia por cuya virtud los clientes del local inicial puede elegir legítimamente trabajar con el consultante en un segundo local. Pero eso sería después del traspaso y sin "avisar" a los antiguos clientes del cambio de local.
No es esto lo que se ha hecho. Lo que ha hecho el consultante es vender algo y al mismo tiempo llevarse a los clientes, lo cual no parece en absoluto conforme a las exigencias de la buena fe, lo cual me lleva a pensar que ese traspado pudiera ser anulable dandole la razón al traspasado.
Pero insisto en que tengo muchas dudas, y es perfectamente posible que la respuesta de Hoplon sea la correcta y no la mía.
19/06/2019 22:54
Maria98765
Leon, yo tampoco lo tengo claro al cien por cien:

¿Cómo es el anuncio? ¿es un cartel en el escaparate que dice: "queridos clientes, les seguiremos atendiendo en la c/ ...., nº ..?"

El precio del traspaso se paga por un negocio en marcha, y el fondo de comercio es parte esencial del mismo.

La Sentencia 164/2008, de la Audiencia Provincial de Barcelona (Secc. 15ª) duda si los pactos de no concurrencia (en venta de negocio, no es en rigor un traspaso) son válidos pues suponen una restricción a la libre competencia, y concluye que si lo son; cito:

"...el comprador habrá pagado un precio para obtener el control de una empresa, siendo el fondo de comercio (clientela) una parte clave del mismo...".

Peor la misma sentencia dice que si el contrato no dice nada, no existe tal pacto. Independientemente de la mala fe (tal vez inconsciente) del cedente.