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¿Dónde deposito las llaves si el arrendador se niega a cogerlas?

6 Comentarios
 
¿dónde deposito las llaves si el arrendador se niega a cogerlas?
19/05/2016 21:40
Arrendé un apartamento a través de una agencia inmobiliaria y cuando decidí irme, avisé a la agencia por teléfono con un mes de antelación para que se lo comunicara al propietario. Lo hizo y tengo un mensaje del administrador del arrendador que lo confirma. Como no le he pagado el último mes porque tanto el propietario como el administrador son unos impresentables que no están dispuestos a devolverme la fianza, ahora no quieren rescindir el contrato. Se han negado a inspeccionar la vivienda y recoger las llaves. Yo en ningún momento me he negado a pagar, pero sí le he pedido que me confirmase que me iba a devolver la fianza tras inspeccionar que todo estaba correcto en el piso. Aún así, se ha negado una y otra vez.
Mi problema es que no me coge las llaves y la inmobiliaria tampoco y no sé dónde dejarlas. He consultado con un notario pero me indica que no servirá de nada dejarlas allí.
¿Puedo depositarlas en el juzgado para que le requieran la recogida?
19/05/2016 21:51
Efectivamente lleva razón el notario.
Lo que debe hacer es consignarla judicialmente. Acérquese al Juzgado y allí le dirán como hacerlo.
27/05/2016 18:48
Lo mejor que podría hacer es depositar las llaves en el notario, y dejar comunicación fehaciente de este hecho a su arrendador.

Así mismo haga fotografías al estado de la vivienda antes de marcharse y conserve todas las conversaciones en las que el propietario se niega a recoger las llaves y a resolver el contrato.

Un saludo

Silvia Martínez
Abogada

Madrid
27/05/2016 19:08
Si compañera: es lo mejor, pero los notarios no quieren porque dicen (con razón) que luego la gente le deja allí "colgadas" las llaves y nadie va a recogerlas (el casero tiene copias o cambia el bombín) con lo cual se las dejan allí y nadie va.
Eso no pasa en el Juzgado. Por eso al final es la mejor opción. Además si el Juzgado requiere al casero para que vaya a por las llaves siempre tendrá más fuerza que un notario.
28/05/2016 10:59
Gracias por sus respuestas.
Efectivamente, como dice leonjbr, el notario no me ofreció una solución definitva. Consulté con dos notarios y ambos me dijeron lo mismo. Ellos cogen las llaves, levantan acta del estado de la vivienda y se lo comunican al propietario por correo certificado pero si este no recoge las llaves en un plazo de quince días, me las devuelven a mí, con lo que sigo sin solucionar mi problema.
Yo opté por llevarlas al juzgado y enviarle un burofax al propietario para notificárselo. He guardado copia de todas las conversaciones de WhatsApp y un vídeo del estado de la vivienda tomado el día antes de la consignación de llaves. Al parecer el propietario ha interpuesto una demanda, aunque aún no me ha llegado la notificación. Espero que las conversaciones y el vídeo se admitan en el juicio.
De nuevo, gracias por sus respuestas y en especial a leonjbr por su rapidez en ellas. En mi caso, ha sido determinante para que el contrato no siguiera prolongándose y me pudieran reclamar más mensualidades, que ya se ha demostrado que es la intención del arrendador.
Saludos
28/05/2016 11:53
Muchas gracias por sus amables palabras.
En cuanto a la demanda: tenga cuidado y entérese en el Juzgado como pueda si efectivamente se la han interpuesto. Se lo digo porque estoy seguro de que se trata de una demanda de desahucio por falta de pago y por tanto se la notificarán precisamente a la vivienda arrendada, y como Ud. ya no estará la notificación será en el tablón de forma "automática". Quiero decir que Ud. no se va a enterar de la demanda y corre el peligro de perder una demanda "ganada" por incomparecencia.
Si el Juzgado no es demasiado grande podría ir allí para informarse de si efectivamente la han interpuesto una demanda o no.
28/05/2016 12:18
Muchísimas gracias, leonjbr. De nuevo, si no es por sus mensajes, estaría "vendida" ya que todos estos procedimientos me son absolutamente ajenos y parece que el arrendador en este caso juega con ventaja (pues parece conocerlos mejor que yo).
Un abogado al que había consultado preguntó hace unos días si había alguna demanda contra mí y le informaron de que efectivamente la había. No pudieron darle más información y me comentó que a mí tampoco me la darían si yo no presentaba la notificación o el aviso de notificación. Yo pensaba que con demostrar que yo era la demandada, me podrían dar una copia de la demanda, pero por lo visto no es así.
Con este propietario siempre tengo la sensación de que va a intentar pillarme en algún "defecto de forma" para ganar el caso; por ejemplo, utilizar la direccion antigua que aparece en el contrato (aunque ya le comuniqué en el burofax la dirección actual a efectos de notificaciones) o, como usted ahora me informa, utilizar la dirección de la vivienda que ya he abandonado.
Supongo que tendré que contratar los servicios de un abogado y dejarlo en manos de un experto aunque por pasarme por el puzgado a preguntar por la demanda no pierdo nada.
Mil gracias de nuevo, leonjbr
Por cierto, no tendrá despacho en Málaga, ¿verdad?
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19/05/2016 21:40
Arrendé un apartamento a través de una agencia inmobiliaria y cuando decidí irme, avisé a la agencia por teléfono con un mes de antelación para que se lo comunicara al propietario. Lo hizo y tengo un mensaje del administrador del arrendador que lo confirma. Como no le he pagado el último mes porque tanto el propietario como el administrador son unos impresentables que no están dispuestos a devolverme la fianza, ahora no quieren rescindir el contrato. Se han negado a inspeccionar la vivienda y recoger las llaves. Yo en ningún momento me he negado a pagar, pero sí le he pedido que me confirmase que me iba a devolver la fianza tras inspeccionar que todo estaba correcto en el piso. Aún así, se ha negado una y otra vez.
Mi problema es que no me coge las llaves y la inmobiliaria tampoco y no sé dónde dejarlas. He consultado con un notario pero me indica que no servirá de nada dejarlas allí.
¿Puedo depositarlas en el juzgado para que le requieran la recogida?
19/05/2016 21:51
Efectivamente lleva razón el notario.
Lo que debe hacer es consignarla judicialmente. Acérquese al Juzgado y allí le dirán como hacerlo.
27/05/2016 18:48
Lo mejor que podría hacer es depositar las llaves en el notario, y dejar comunicación fehaciente de este hecho a su arrendador.

Así mismo haga fotografías al estado de la vivienda antes de marcharse y conserve todas las conversaciones en las que el propietario se niega a recoger las llaves y a resolver el contrato.

Un saludo

Silvia Martínez
Abogada

Madrid
27/05/2016 19:08
Si compañera: es lo mejor, pero los notarios no quieren porque dicen (con razón) que luego la gente le deja allí "colgadas" las llaves y nadie va a recogerlas (el casero tiene copias o cambia el bombín) con lo cual se las dejan allí y nadie va.
Eso no pasa en el Juzgado. Por eso al final es la mejor opción. Además si el Juzgado requiere al casero para que vaya a por las llaves siempre tendrá más fuerza que un notario.
28/05/2016 10:59
Gracias por sus respuestas.
Efectivamente, como dice leonjbr, el notario no me ofreció una solución definitva. Consulté con dos notarios y ambos me dijeron lo mismo. Ellos cogen las llaves, levantan acta del estado de la vivienda y se lo comunican al propietario por correo certificado pero si este no recoge las llaves en un plazo de quince días, me las devuelven a mí, con lo que sigo sin solucionar mi problema.
Yo opté por llevarlas al juzgado y enviarle un burofax al propietario para notificárselo. He guardado copia de todas las conversaciones de WhatsApp y un vídeo del estado de la vivienda tomado el día antes de la consignación de llaves. Al parecer el propietario ha interpuesto una demanda, aunque aún no me ha llegado la notificación. Espero que las conversaciones y el vídeo se admitan en el juicio.
De nuevo, gracias por sus respuestas y en especial a leonjbr por su rapidez en ellas. En mi caso, ha sido determinante para que el contrato no siguiera prolongándose y me pudieran reclamar más mensualidades, que ya se ha demostrado que es la intención del arrendador.
Saludos
28/05/2016 11:53
Muchas gracias por sus amables palabras.
En cuanto a la demanda: tenga cuidado y entérese en el Juzgado como pueda si efectivamente se la han interpuesto. Se lo digo porque estoy seguro de que se trata de una demanda de desahucio por falta de pago y por tanto se la notificarán precisamente a la vivienda arrendada, y como Ud. ya no estará la notificación será en el tablón de forma "automática". Quiero decir que Ud. no se va a enterar de la demanda y corre el peligro de perder una demanda "ganada" por incomparecencia.
Si el Juzgado no es demasiado grande podría ir allí para informarse de si efectivamente la han interpuesto una demanda o no.
28/05/2016 12:18
Muchísimas gracias, leonjbr. De nuevo, si no es por sus mensajes, estaría "vendida" ya que todos estos procedimientos me son absolutamente ajenos y parece que el arrendador en este caso juega con ventaja (pues parece conocerlos mejor que yo).
Un abogado al que había consultado preguntó hace unos días si había alguna demanda contra mí y le informaron de que efectivamente la había. No pudieron darle más información y me comentó que a mí tampoco me la darían si yo no presentaba la notificación o el aviso de notificación. Yo pensaba que con demostrar que yo era la demandada, me podrían dar una copia de la demanda, pero por lo visto no es así.
Con este propietario siempre tengo la sensación de que va a intentar pillarme en algún "defecto de forma" para ganar el caso; por ejemplo, utilizar la direccion antigua que aparece en el contrato (aunque ya le comuniqué en el burofax la dirección actual a efectos de notificaciones) o, como usted ahora me informa, utilizar la dirección de la vivienda que ya he abandonado.
Supongo que tendré que contratar los servicios de un abogado y dejarlo en manos de un experto aunque por pasarme por el puzgado a preguntar por la demanda no pierdo nada.
Mil gracias de nuevo, leonjbr
Por cierto, no tendrá despacho en Málaga, ¿verdad?