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Duda cláusula contrato de alquiler

2 Comentarios
 
Duda cláusula contrato de alquiler
22/10/2019 07:41
Buenos dias.

Actualmente somos dos personas las que figuramos en un contrato de alquiler de un piso el cual se alquilo en noviembre del año 2017.

Ese piso pertenece a 3 hermanos y la hija de uno de ellos era la que vivia alli, al marchar decidieron alquilar el piso y fue el momento en el que entramos nosotros. Ahora bien, anoche nos informan de que esta hija de uno de los propietarios desea ahora volver al piso y o bien le permitimos a ella ocupar otra habitacion o si no aceptamos eso debemos abandonar el piso porque ella va a entrar en diciembre queramos o no.

Mi pregunta es, en el contrato se especifica que es un año de cumplimiento obligado y que despues se prorrogara automaticamente a voluntad del arredantario por plazos anuales hasta un maximo de tres años por lo que entiendo que hasta noviembre del 2020 el uso del piso es mio y ni tengo que ceder a alojar a nadie en mi vivienda ni marcharme si no lo deseo.

¿Estoy en lo cierto?,¿como deberia actuar ante esta situacion?.
Muchas gracias, buenos dias
22/10/2019 08:39
Cillo
Una vez se ha cumplido el primer año de contrato, legalmente el arrendatario puede solicitar el piso para si mismo o para uno de sus familiares de primer grado (LAU artículo 9-3). Eso si,les tienen que avisar con un mínimo de 2 meses de antelación.
22/10/2019 10:11
Cillo
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Johnwick si bien habría que tener presenta la cautela de conocer cuantos de los caseros están de acuerdo con esa modificación del contrato, ya que si es uno sólo de ellos quien quiere que su hija ocupe el piso es probable que no pueda, ya que esa decisión tienen que tomarla comuneros que representen al menos el 50% de las cuotas de propiedad de la vivienda alquilada.
Duda cláusula contrato de alquiler | PorticoLegal
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Duda cláusula contrato de alquiler
22/10/2019 07:41
Buenos dias.

Actualmente somos dos personas las que figuramos en un contrato de alquiler de un piso el cual se alquilo en noviembre del año 2017.

Ese piso pertenece a 3 hermanos y la hija de uno de ellos era la que vivia alli, al marchar decidieron alquilar el piso y fue el momento en el que entramos nosotros. Ahora bien, anoche nos informan de que esta hija de uno de los propietarios desea ahora volver al piso y o bien le permitimos a ella ocupar otra habitacion o si no aceptamos eso debemos abandonar el piso porque ella va a entrar en diciembre queramos o no.

Mi pregunta es, en el contrato se especifica que es un año de cumplimiento obligado y que despues se prorrogara automaticamente a voluntad del arredantario por plazos anuales hasta un maximo de tres años por lo que entiendo que hasta noviembre del 2020 el uso del piso es mio y ni tengo que ceder a alojar a nadie en mi vivienda ni marcharme si no lo deseo.

¿Estoy en lo cierto?,¿como deberia actuar ante esta situacion?.
Muchas gracias, buenos dias
22/10/2019 08:39
Cillo
Una vez se ha cumplido el primer año de contrato, legalmente el arrendatario puede solicitar el piso para si mismo o para uno de sus familiares de primer grado (LAU artículo 9-3). Eso si,les tienen que avisar con un mínimo de 2 meses de antelación.
22/10/2019 10:11
Cillo
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Johnwick si bien habría que tener presenta la cautela de conocer cuantos de los caseros están de acuerdo con esa modificación del contrato, ya que si es uno sólo de ellos quien quiere que su hija ocupe el piso es probable que no pueda, ya que esa decisión tienen que tomarla comuneros que representen al menos el 50% de las cuotas de propiedad de la vivienda alquilada.