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En la inmobiliaria han bajado el precio de mi casas sin consentimiento.

13 Comentarios
 
En la inmobiliaria han bajado el precio de mi casas sin consentimiento.
23/10/2019 17:21
Hola
Tengo una pregunta para ver si pueden ayudarme. Puse a la venta mi casa en una inmobiliaria con contrato de exclusividad que se renueva cada tres meses. Desde que la puse a la venta en abril solo han venido a ver la casa dos personas, hasta que, después del verano, en octubre han empezado a llamarme y a realizar más visitas. Cual ha sido mi sorpresa cuando he entrado en la página de la inmobiliaria y he visto que han bajado el precio de venta sin consultarme. He hablado con ellos y me dicen que con el precio inicial apenas había visitas y que lo han bajado. Esto es legal? Pueden hacerlo sin ni siquiera pedirme permiso? Por este motivo podría rescindir el contrato con ellos?
Gracias por la ayuda
Saludos
23/10/2019 19:31
Anivi
No se preocupe: jurídicamente carece de la menor trascendencia, pues en definitiva quien tiene que aceptar la compraventa es usted. El único incordio es que van a irle a visitar interesados que quizás para usted no lo sean tanto. Pero no está usted comprometido con ningún precio, sea lo que sea que ha firmado con la inmobiliaria.
23/10/2019 20:36
Anivi
Coincido en todo con la impecable contestación de Grisolia, y me permito añadir que si desea mayor tranquilidad, aunque no es estrictamente necesario, puede mandar un burofax con acuse de recibo y certificación de texto a la inmobiliaria indicándoles que no aceptará un precio de venta inferior a XXXX €.

Si la cosa se pone fea, le recuerdo que también puede anular un contrato de exclusiva, acogiéndose a los arts. 1732 y 1733 CC.

Incluso si queremos extender todo lo posible la exclusiva inmobiliaria, se reconoce la exigencia legal de que el mandato para enajenar sea 'expreso'. Este principio, que emana del art. 1713 CC implica que 'expreso' quiere decir aquí 'especial' y según la STS 1272/2006 de 18 de diciembre, éste alcanza a escuchar ofertas y contactar con posibles compradores, cosa que conforma un encargo de venta -pero no un mandato para llevar a cabo actos de dominio- y únicamente faculta para localizar posibles compradores y mediar entre éstos y los futuros vendedores.

Salvo que en vez de una exclusiva haya firmado usted un verdadero mandato especial de venta de un bien sin fijar el precio, en cuyo casos le recomiendo revocarlo mañana mismo.

Aún en ese caso, la STS de 20 de mayo de 2016 (2361/2016) establece que la venta sería anulable por extralimitación de facultades e infracción del deber de fidelidad, y diligencia aplicable en los negocios de gestión (art. 1719 CC), pero vamos, mejor no tener que recurrir a ello.
24/10/2019 10:24
Anivi
Hola
Muchísimas gracias por la pronta respuesta a ambos, de verdad.
Perdonad mi ignorancia en estos temas pero lo que no quiero es tener problemas con ellos y que me reclamen la comisión de venta si decido revocar el contrato. O que tomen algún tipo de represalia si, como digo, les envío la carta de rescisión de contrato efectiva para fecha de enero de 2020, que es cuando terminaría la prórroga de exclusividad. Si tienen un comprador interesado, entiendo que deben consultarme si me interesa, no?Teniendo en cuenta que han hecho lo que les ha dado la gana con el precio de venta, pues ya no sé que pensar, la verdad
Por otro lado indicar que el contrato es un contrato tipo, en el que se indica que tienen exclusividad en la venta y no puedo vender el piso a terceros por mi cuenta, y se fija el precio de venta del piso (220500 euros) y una comisión de la inmobiliaria de 10500. También decir, que en dicho contrato, no se especifica clausula alguna si se decide anular...
Y de nuevo, muchas gracias por la ayuda
Un saludo
24/10/2019 12:28
Anivi
Si en el encargo se fija el precio quédese tranquilo, no hay forma de que puedan obligarle a vender por menos.
29/10/2019 08:53
Hoplon
Hola. Perdonad que vuelva otra vez a preguntar...Ayer me han llamado de la inmobiliaria con una oferta que he rechazado. Después de discutir con ellos me dicen que no pueden comprometerse a vender la casa por el precio firmado en el contrato (alucino!) y que lo mejor es rescindir el mismo. Me ha dicho que vaya esta tarde a firmar el documento de rescisión del contrato. Por teléfono me dijeron que no iban a cobrarme nada por el servicio prestado, ni por reportaje fotográfico ni nada de nada. Pero pregunto, es mejor que les mande yo la carta de rescisión? Y si es así, hay algún ejemplo que me podáis dar?
Lo que tengo firmado es un encargo de venta con las siguientes estipulaciones:
El precio fijado por mi, y que el encargo es con carácter de exclusiva por 90 días (si no se media aviso por las partes antes de 10 días de la fecha de fin, se entenderá por renovado por los mismos plazos)
Que no tengo encomendada la venta a nadie más y me comprometo a no hacerlo mientras dure el contrato
La comisión de la inmobiliaria que se entregará en el momento de firma de escrituras, y en el caso de que yo llegue a acuerdo con algún vendedor sin mediar la inmobiliaria, me veré obligado al abono de los honorarios
29/10/2019 11:47
Anivi
Yo le aconsejo que vaya a la inmobiliaria y firme la rescisión, siempre que en la misma quede claro que no les debe nada.
29/10/2019 13:42
Hoplon
Hola, iré y espero no tener más problemas con ellos
Mil gracias
Un saludo
29/10/2019 22:21
Hoplon
Opino lo mismo, pero no solo que no les debe nada, sino que NO le pueden reclamar nada, de ningún tipo, en el futuro
30/10/2019 07:36
Pepe123
Hola a todos.
Ayer conseguí que me mandaran el documento de rescisión de contrato por correo. Pero no he firmado nada, porque, según la conversación que tuve con la inmobiliaria me dijeron que me iba a mandar una documentación en que quedara claro que no iba a tener ninguna penalización ni me iban a reclamar ningún tipo de importe y me encuentro con un papel que dice ( eso sí con el sello de la inmobiliaria):
EXTINCIÓN DE EXCLUSIVA Por la presente le comunico a usted (mi nombre y DNI) que queda extinguido el contrato de exclusividad firmado el día 3 de abril de 2019 por la intermediación de su inmueble situado el la calle XXXXX (mi dirección)
Aquí no me aclaran nada de nada y no sé si es buena idea firmar o enviarles yo una carta para rescindirlo porque mi intención desde luego es cancelar todo tipo de relación con ellos, no autorizarles a la gestión de venta de la vivienda, que me den de baja en cualquier registro de su empresa, y que no puedan usar mis datos personales ...Si me podéis decir como actuar, o indicarme como puedo hacer una carta de rescisión un poco en condiciones ( o darme presupuesto para ello) os lo agradecería
Perdonad que sea tan insistente pero es que quiero hacer las cosas bien y no tener problemas a la larga...
Muchas gracias por todo y un saludo
30/10/2019 10:38
Anivi
Visto el estado de la cuestión, yo le recomiendo que llame a la inmobiliaria y les diga que el documento está bien pero que quiere añadir que no les debe nada.

¿Fue por correo electrónico? entonces conteste por el mismo medio y guarde los correos.

Si finalmente en una semana o así no se resuelve bien la cosa, mande un burofax con acuse de recibo y certificación de texto: basta que diga claramente que revoca el encargo de venta en exclusiva y ya no tienen permiso para gestionar la venta de su casa.
30/10/2019 11:20
Hoplon
Muchas gracias. Es lo que había pensado hacer, responderles por correo indicando lo que me dices...
Se lo mandaré y vamos a ver por donde salen.
De nuevo, gracias por todo
04/11/2019 08:21
Anivi
Hola de nuevo.
Me han mandado otra carta bastante mas detallada:
"REF: Extinción de encargo de venta:
De acuerdo con su solicitud, hemos modificado nuestros registros de activos en gestión de venta para recoger la no exclusividad del encargo de venta, a partir de la fecha indicada, de su domicilio. A partir de esta fecha queda exonerada de cualquier responsabilidad económica con nosotros por razón del encargo de venta reseñado, sin que tenga que pagar nada por los servicios prestados ni se le vaya a reclamar ningún importe por la rescisión del contrato, excepto en el caso de que quedase acreditado que el futuro comprador hubiese sido presentado por nosotros o nuestra gestión hubiera resultado determinante para la compraventa de la vivienda, ya que el mediador encargado de la venta de una vivienda tiene derecho a la retribución integra de la comisión pactada cuando su gestión resulte exclusiva o determinante para el éxito del encargo realizado, con independencia de que la venta se lleve a cabo por el oferente sin su conocimiento y del precio final que resulte de la misma".
Entiendo que si firmo esto no tendré ningún problema a la larga. Perdonadme pero es que en estos temas soy un poco ignorante, la verdad
Muchas gracias
04/11/2019 09:17
Anivi
Yo considero que el texto está bien y que puede usted firmarlo.