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Expropiación de terreno y obligación de pago

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
Expropiación de terreno y obligación de pago
31/08/2011 21:31
Buenas noches.

Mi duda es la siguiente, tenemos un terreno urbano no consolidado en un pueblo, rodeado de otras fincas de las mismas características. Entonces, el Ayuntamiento ha hecho un plan de urbanismo que engloba a esas fincas, y en el cual cambia la distribución y situación de las mismas, además de expropiar un porcentaje a cada uno. Aparte y lo que más nos preocupa, es que, nos a convocado a los propietarios y nos han indicado que, conforme al porcentaje que nos queda de terreno (que además ya no está ubicado y distribuido igual), tenemos nosotros individualmente que pagar los costes de toda la urbanización, obra, salario de arquitecto, aparejador...(cuando se supone que ellos cobran del ayuntamiento).

Urge respuesta. Muchas gracias de antemano.

Atentamente: Marta B. Ballesteros Márquez.
01/09/2011 09:04
Estimada Marta:

Todo lo que dice el Ayuntamiento puede perfectamente ajustarse a derecho.

En cuanto a que el arquitecto, aparejador u otro pesonal que parece trabajar para el Consistorio, haga trabajos profesionales de este tipo, te diré que es absolutamente ilegal porque recibiendo salarios en el municipio, la ley de incompatibilidades se lo impide en todo el término municipal.

Saludos,


01/09/2011 09:22
No se si me equivoco, pero creo que ese ámbito está previsto su desarrollo por cooperación.

Es decir, el ayuntamiento se encarga de todo y pasa al cobro las cuotas de los gastos de urbanización a los propietarios.

Como es obvio, los honorarios de los técnicos que intervienen en la elaboración de los proyectos, con independencia de que sean o no funcionarios, son costes de urbanización que el ayuntamiento debe incluir en la partida correspondiente.
01/09/2011 09:33
Alga,

Si es el Ayuntamiento el que hace los documentos y luego pasa el cobro por la figura de "cooperación", además de la Ley de Incompatibilidades, hay que tener en cuenta lo preceptuado en la Ley de Contratos del Sector Público.

Saludos,
01/09/2011 09:43
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
01/09/2011 09:59
Una cosa más, que si el encargo lo está haciendo personal del ayuntamiento sin concurso y entra dentro del ámbito de la LCSP, existe el Recurso Contractual, al que se puede recurrir para que hagan las cosas conforme a derecho.
01/09/2011 10:29
pero...en qué ley se basan para hacernos a nosotros pagar las obras?? (80.000 euros). Comprendo que tengan derecho a expropiar el terreno e incluso a cambiarlo de lugar como hacen...pero que tengamos que pagarlo...es que no se cómo podemos recurrir a ello ni que derecho les permite hacerlo.

El terreno está en Vitigudino (Castilla y León)
01/09/2011 11:37
¿Marta te refieres al Estudio de Detalle de la c/ ganaderos, 8?

un saludo
01/09/2011 13:09
No, da a la carretera de Guadramiro, a la rotonda. Da a las calles Mieza y de la Asadura.
01/09/2011 16:29
OK

si me contactas creo podré ayudarte, sin ningún compromiso de tu parte.

Cuanto antes mejor.

saludos
01/09/2011 16:29
OK

si me contactas creo podré ayudarte, sin ningún compromiso de tu parte.

Cuanto antes mejor.

saludos
01/09/2011 17:48
En mi opinión no existe incompatibilidad en que los técnicos municipales redacten un proyecto para la empresa que trabajan ( lease ayuntamiento ) y que éste cobre por su trabajo.

La cuestión sería radicalmente distinta en el supuesto de que el ayuntamiento hubiese sacado a concurso la redacción de los instrumentos de desarrollo de ese sector, resultando adjudicatarios los técnicos municipales.

En ese supuesto la incompatibilidad sería clara. No es legalmente posible ser juez y parte, es decir, un arquitecto municipal no puede redactar proyectos e informarlos a la vez.
02/09/2011 00:41
Yo me defendería. Están incluídos dentro de un área de reparto, y en consecuencia la Ley establece una serie de cargas que los propietarios han de afrontar, para poder transformar sus parcelas en solares, y consecuentemente poder edificarlas. Ello conlleva el deber de urbanizar, reconfigurar las parcelas y ceder el 10% del aprovechamiento al ayuntamiento. Esta cesión es una contrapartida que fija la ley, en teoría, para compensar a la generalidad (personificada en el ayuntamiento) las plusvalías que le ha generado el planeamiento municipal al clasificar la parcela como no consolidada.

Ahora bien, no vale todo. La ley obliga al ayuntamiento a que les ceda parcelas que estén próximas al lugar en el que tenían las parcelas originales, también limita los gastos (habría que estudiar esos gastos de arquitecto). Habría que ver también el sistema de gestión escogido, que, supongo que es por cooperación.

Mi consejo es que se defienda, ya que los ayuntamientos, máxime en períodos de crisis económicas, están intentando quitar dinero de todas partes. Soy abogado urbanista y estoy acostumbrado a trabajar en todo el territorio nacional. Si necesita más asesoramiento a la vista de las concretas circunstancias del caso, no dude en consultarme.
02/09/2011 08:29
Efectívamente, Marta debe ser consciente en todo momento que no se le va a expropiar, excepto si no contribuye a costear la urbanización.

También debe saber que el ayuntamiento para procederá a redactar el proyecto de reparcelación. La reparcelación significará que todos los propietarios incluidos en el sector a desarrollar aportan sus fincas y se les adjudica parcelas urbanizadas en propoeción al suelo aportado, desde luego, las parcelas adjudicadas deberán estar lo mas cerca posible a la finca aportada.

Y doy por sentado que los propietarios sabrán defender esa cuestión y, también, pelear que les sean justificados los costes de urbanización, la razón de las notificaciones y el establececimiento de plazos para presentar alegaciones es precísamente esa.

Mi consejo, supongo que la ley urbanística de tu CCAA lo tendrá previsto, es que los propietarios os agrupéis en Entidad Colaboradora para defender vuestros derechos colectívamente, como vayáis cada uno por vuestro lado repetiréis unas gestiones y gastos que difícilmente veréis compensados con los logros obtenidos.

Quiero decir, solo en el supuesto de que consideréis un atropello las actuaciones del ayuntamiento, deberías contratar los servicios de un buen arquitecto urbanista y un mejor abogado, urbanista también.

Suerte.

02/09/2011 09:51
Arquitecto urbanista o técnico competente.

Estoy de acuerdo con abogado urbanismo.
02/09/2011 11:57
Cuando aconsejaba un arquitecto, es cierto, debí aconsejar a un técnico competente, pero por mi experiencia en revisiones de planeamientos, los técnicos que habitualmente los redactan son los arquitectos y quienes colaboran con ellos son los abogados en espectos jurídicos y los sociólogos en cuando de justificar de unas u otras decisiones se trata. En todos los planeamientos revisados las labores de los ingenieros se circunscriben a la redeacción de proyectos de instalaciones, dicho lo cual no significa que esté aseverando su incompetencia para elaborar planeamientos urbanísticos.
02/09/2011 13:40
Tal vez eso explique en parte, las ocasiones en el foro y en el día a día, en que se quedan las urbanizaciones mal hechas, se inundan, no tienen potencia eléctrica, no se pueden recepcionar, etcétera, etcétera, sin aseverar la incompetencia de los arquitectos porque yo creo que en el fondo es un problema político, que se soluciona si a los técnicos competentes nos dejan hacer simplemente nuestro trabajo. No nos dejan, pues entonces en los tribunales como peritos hay trabajo, porque allí van a morir estos casos, como van los ríos a la mar.
07/09/2011 15:35
Buenas tardes Marta, la verdad es que me siento muy identificada con tu enorme problema ya que yo estoy en el mismo caso.
Alga no se si te he entendido mal, pero no estoy de acuerdo con lo que dices en: "Efectívamente, Marta debe ser consciente en todo momento que no se le va a expropiar, excepto si no contribuye a costear la urbanización" En mi caso hemos sido expropiados de mas del 60% del terreno y pagar la friolera de 80.000€, que se dice pronto!!! Y para mas inrri ahora nos reclaman el 20% del total del coste de la urbanizacion por una serie de "mejoras" sin consultar a los propietarios y sin poder hacer alegaciones.
07/09/2011 17:04
Así, sin mas explicación................

Socrakel, el sistema de ejecución es también por cooperación, gestionado por el ayuntamiento.

Aúnque en estos momentos quizá carezca de sentido, ¿ te importaría indicar el municipio o la CCAA ?
08/09/2011 00:52
Claro, es en Mutxamel sita. en la comunidad con mas corrupcion por metro cuadrado, es decir C. Valenciana, que triste decirlo y quedarme tan ancha pero lo que a mi me ocurre me hace pensar que esta plagadito de listillos, por ser suave......
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31/08/2011 21:31
Buenas noches.

Mi duda es la siguiente, tenemos un terreno urbano no consolidado en un pueblo, rodeado de otras fincas de las mismas características. Entonces, el Ayuntamiento ha hecho un plan de urbanismo que engloba a esas fincas, y en el cual cambia la distribución y situación de las mismas, además de expropiar un porcentaje a cada uno. Aparte y lo que más nos preocupa, es que, nos a convocado a los propietarios y nos han indicado que, conforme al porcentaje que nos queda de terreno (que además ya no está ubicado y distribuido igual), tenemos nosotros individualmente que pagar los costes de toda la urbanización, obra, salario de arquitecto, aparejador...(cuando se supone que ellos cobran del ayuntamiento).

Urge respuesta. Muchas gracias de antemano.

Atentamente: Marta B. Ballesteros Márquez.
01/09/2011 09:04
Estimada Marta:

Todo lo que dice el Ayuntamiento puede perfectamente ajustarse a derecho.

En cuanto a que el arquitecto, aparejador u otro pesonal que parece trabajar para el Consistorio, haga trabajos profesionales de este tipo, te diré que es absolutamente ilegal porque recibiendo salarios en el municipio, la ley de incompatibilidades se lo impide en todo el término municipal.

Saludos,


01/09/2011 09:22
No se si me equivoco, pero creo que ese ámbito está previsto su desarrollo por cooperación.

Es decir, el ayuntamiento se encarga de todo y pasa al cobro las cuotas de los gastos de urbanización a los propietarios.

Como es obvio, los honorarios de los técnicos que intervienen en la elaboración de los proyectos, con independencia de que sean o no funcionarios, son costes de urbanización que el ayuntamiento debe incluir en la partida correspondiente.
01/09/2011 09:33
Alga,

Si es el Ayuntamiento el que hace los documentos y luego pasa el cobro por la figura de "cooperación", además de la Ley de Incompatibilidades, hay que tener en cuenta lo preceptuado en la Ley de Contratos del Sector Público.

Saludos,
01/09/2011 09:43
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
01/09/2011 09:59
Una cosa más, que si el encargo lo está haciendo personal del ayuntamiento sin concurso y entra dentro del ámbito de la LCSP, existe el Recurso Contractual, al que se puede recurrir para que hagan las cosas conforme a derecho.
01/09/2011 10:29
pero...en qué ley se basan para hacernos a nosotros pagar las obras?? (80.000 euros). Comprendo que tengan derecho a expropiar el terreno e incluso a cambiarlo de lugar como hacen...pero que tengamos que pagarlo...es que no se cómo podemos recurrir a ello ni que derecho les permite hacerlo.

El terreno está en Vitigudino (Castilla y León)
01/09/2011 11:37
¿Marta te refieres al Estudio de Detalle de la c/ ganaderos, 8?

un saludo
01/09/2011 13:09
No, da a la carretera de Guadramiro, a la rotonda. Da a las calles Mieza y de la Asadura.
01/09/2011 16:29
OK

si me contactas creo podré ayudarte, sin ningún compromiso de tu parte.

Cuanto antes mejor.

saludos
01/09/2011 16:29
OK

si me contactas creo podré ayudarte, sin ningún compromiso de tu parte.

Cuanto antes mejor.

saludos
01/09/2011 17:48
En mi opinión no existe incompatibilidad en que los técnicos municipales redacten un proyecto para la empresa que trabajan ( lease ayuntamiento ) y que éste cobre por su trabajo.

La cuestión sería radicalmente distinta en el supuesto de que el ayuntamiento hubiese sacado a concurso la redacción de los instrumentos de desarrollo de ese sector, resultando adjudicatarios los técnicos municipales.

En ese supuesto la incompatibilidad sería clara. No es legalmente posible ser juez y parte, es decir, un arquitecto municipal no puede redactar proyectos e informarlos a la vez.
02/09/2011 00:41
Yo me defendería. Están incluídos dentro de un área de reparto, y en consecuencia la Ley establece una serie de cargas que los propietarios han de afrontar, para poder transformar sus parcelas en solares, y consecuentemente poder edificarlas. Ello conlleva el deber de urbanizar, reconfigurar las parcelas y ceder el 10% del aprovechamiento al ayuntamiento. Esta cesión es una contrapartida que fija la ley, en teoría, para compensar a la generalidad (personificada en el ayuntamiento) las plusvalías que le ha generado el planeamiento municipal al clasificar la parcela como no consolidada.

Ahora bien, no vale todo. La ley obliga al ayuntamiento a que les ceda parcelas que estén próximas al lugar en el que tenían las parcelas originales, también limita los gastos (habría que estudiar esos gastos de arquitecto). Habría que ver también el sistema de gestión escogido, que, supongo que es por cooperación.

Mi consejo es que se defienda, ya que los ayuntamientos, máxime en períodos de crisis económicas, están intentando quitar dinero de todas partes. Soy abogado urbanista y estoy acostumbrado a trabajar en todo el territorio nacional. Si necesita más asesoramiento a la vista de las concretas circunstancias del caso, no dude en consultarme.
02/09/2011 08:29
Efectívamente, Marta debe ser consciente en todo momento que no se le va a expropiar, excepto si no contribuye a costear la urbanización.

También debe saber que el ayuntamiento para procederá a redactar el proyecto de reparcelación. La reparcelación significará que todos los propietarios incluidos en el sector a desarrollar aportan sus fincas y se les adjudica parcelas urbanizadas en propoeción al suelo aportado, desde luego, las parcelas adjudicadas deberán estar lo mas cerca posible a la finca aportada.

Y doy por sentado que los propietarios sabrán defender esa cuestión y, también, pelear que les sean justificados los costes de urbanización, la razón de las notificaciones y el establececimiento de plazos para presentar alegaciones es precísamente esa.

Mi consejo, supongo que la ley urbanística de tu CCAA lo tendrá previsto, es que los propietarios os agrupéis en Entidad Colaboradora para defender vuestros derechos colectívamente, como vayáis cada uno por vuestro lado repetiréis unas gestiones y gastos que difícilmente veréis compensados con los logros obtenidos.

Quiero decir, solo en el supuesto de que consideréis un atropello las actuaciones del ayuntamiento, deberías contratar los servicios de un buen arquitecto urbanista y un mejor abogado, urbanista también.

Suerte.

02/09/2011 09:51
Arquitecto urbanista o técnico competente.

Estoy de acuerdo con abogado urbanismo.
02/09/2011 11:57
Cuando aconsejaba un arquitecto, es cierto, debí aconsejar a un técnico competente, pero por mi experiencia en revisiones de planeamientos, los técnicos que habitualmente los redactan son los arquitectos y quienes colaboran con ellos son los abogados en espectos jurídicos y los sociólogos en cuando de justificar de unas u otras decisiones se trata. En todos los planeamientos revisados las labores de los ingenieros se circunscriben a la redeacción de proyectos de instalaciones, dicho lo cual no significa que esté aseverando su incompetencia para elaborar planeamientos urbanísticos.
02/09/2011 13:40
Tal vez eso explique en parte, las ocasiones en el foro y en el día a día, en que se quedan las urbanizaciones mal hechas, se inundan, no tienen potencia eléctrica, no se pueden recepcionar, etcétera, etcétera, sin aseverar la incompetencia de los arquitectos porque yo creo que en el fondo es un problema político, que se soluciona si a los técnicos competentes nos dejan hacer simplemente nuestro trabajo. No nos dejan, pues entonces en los tribunales como peritos hay trabajo, porque allí van a morir estos casos, como van los ríos a la mar.
07/09/2011 15:35
Buenas tardes Marta, la verdad es que me siento muy identificada con tu enorme problema ya que yo estoy en el mismo caso.
Alga no se si te he entendido mal, pero no estoy de acuerdo con lo que dices en: "Efectívamente, Marta debe ser consciente en todo momento que no se le va a expropiar, excepto si no contribuye a costear la urbanización" En mi caso hemos sido expropiados de mas del 60% del terreno y pagar la friolera de 80.000€, que se dice pronto!!! Y para mas inrri ahora nos reclaman el 20% del total del coste de la urbanizacion por una serie de "mejoras" sin consultar a los propietarios y sin poder hacer alegaciones.
07/09/2011 17:04
Así, sin mas explicación................

Socrakel, el sistema de ejecución es también por cooperación, gestionado por el ayuntamiento.

Aúnque en estos momentos quizá carezca de sentido, ¿ te importaría indicar el municipio o la CCAA ?
08/09/2011 00:52
Claro, es en Mutxamel sita. en la comunidad con mas corrupcion por metro cuadrado, es decir C. Valenciana, que triste decirlo y quedarme tan ancha pero lo que a mi me ocurre me hace pensar que esta plagadito de listillos, por ser suave......