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Extinción derecho uso vivienda por mayoría edad

583 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 583 comentarios
18/04/2015 08:44
Muchísimas gracias Encarnación. Es lo q yo decía, leyendo estas sentencias lo veo tan claro q no entiendo esas dudas q les surgen a los abogados.
Me daría por más q satisfecho, y asi se lo comenté a mi abogada, q consiguieramos una limitación temporal. Solo el hecho de poner una fecha de caducidad a este desmadre me haría inmensamente feliz.
Por otro lado, como ya dije, le dejé a la abogada una cópia impresa de un sentencia del supremo, más que nada para q viera q es un tema q me preocupa y por el que me preocupo, ahora bien, no me gustaría q pensará que voy de listillo o q me estoy metiendo en su trabajo, ya q esta abogada por las referencias q tengo de ella es muy buena en este tipo de casos, así q creo que "no es conveniente que me meta en su trabajo".
Voy a encomendarme a sus conocimientos y a mi pequeña ayuda, con la sentencia q le dejé, para q pueda hacer un buen trabajo.
02/05/2015 08:59
Bueno, la "fiesta" ya ha empezado. Tienen hasta el jueves para contestar al burofax de mi abogada para intentar llegar a acuerdos amistisos, de lo contrario empezamos el proceso legal y a por todas.
De momento no han respirado y estamos a mitad del plazo para acuerdo amistoso y la verdad no creo q lo hagan, así q he de prepararme para ir a la batalla.
Q Dios reparta suerte y si es posible q esta vez me toque la buena a mi.
Un saludo
02/05/2015 09:35
La verdad a veces, como en este caso, hay cosas que no entiendo, ni entenderé. Esa hija, que no quiere estudiar (a lo mejor es que no sirve) o la situación generada por el divorcio, conozco más de un caso, le ha llevado a una etapa mala en que van acumulando suspensos y que debido a la Educación que tenemos en España, no puede recuperarse ya jamás, que es posible que sea lo que haya pasado. Pues como decía, esa hija ha dejado de ser nuestra, es sólo de un progenitor. Cuando uno de los hijos se hace médico, ministro, o simplemente cartero y puede mantenerse entonces es hijo de los dos, pero si es al contrario es la madre la que tiene que tirar del carro y "cargar con el mochuelo". Como no ha salido como nosotros esperábamos, pues nos deshacemos del problema y que no los soluciones otro. Me parece indignante que haya padres que se laven las manos y no quieran asumir responsabilidades. Yo tengo un hijo que hará 30 años en Noviembre, tiene pareja y trabajos esporádicos y no ha dejado de ser mi hijo ni un segundo de su vida. Y cuando necesita una mano se la tiendo porque a ese le parí yo, con sus defectos y sus virtudes. No veo nada bien que se suspenda o reduzca la pensión a una criatura porque ha cumplido los 18 años , máxime en la situación en la que vivimos en que el trabajo escasea. Se que ésto que digo va a crear muchas polémica, pero no he podido dejar de dar mi opinión. Olivia, Madre de cuatro in saecula saeculorum.


02/05/2015 10:28
Esa es tu respetable opinión, pero he de decirte q para nada se corresponde a mi caso. Cuando alguien opina y lo hace generalizando, sin tener en cuenta las circunstancias de cada caso concreto tiene altas posibilidades de equivocarse.
Como pequeño detalle te diré q a mi hija le he ofrecido vivir conmigo y/o continuar pagando su pensión, diga lo q diga el juez, por un periodo limitado de 2 o 3 años.
Todo tiene un motivo y este no es más que obligarla a espabilarse y empezar a formarse un futuro, dejando de estar todo el día mirando las musarañas.
Si quieres debatir, hagámoslo, pero como ya t he dicho, generalizar en asuntos tan delicados suele desvirtuar la realidad.
Suerte Pedramola. Si te sirve de algo estoy deacuerdo en tu manera de actuar, a los hijos hay que darles un toque de atencion cuando piensan que pueden hacer de la capa un sayo, de otra manera las consecuencias suelen ser las que estamos viviendo en la actualidad.

Diferente es que "abandones" a tu hijo/ a su suerte, que por lo que cuentas no es tu caso.


Un saludo.
02/05/2015 17:47
PARA CARMEN DOMINGUEZ ALONSO
usted trabaja en Sevilla? sabe si en Sevilla concretamente en el jzgado de Dos Hermanas, aplican lo del Supremo?
17/05/2015 16:03
Buenas tardes. Estoy muy interesado en cómo te van las cosas, Pedramola, puesto que mi hija menor cumple los 18 en breve. Mi exmujer sigue atrincherada en la vivienda en común y tengo intención de solicitar el cese de la atribución de la vivienda en cuanto sea mayor de edad, tal y como me han aconsejado.
Un saludo.
17/05/2015 16:10
Buenas tardes,
No t preocupes q cuando haya noticias iré informando por aquí.
La semana pasada expiró el plazo de 10 días que les dimos para intentar llegar a acuerdos. No se han molestado ni en contestar, así q esta próxima semana iniciamos los trámites para solicitar las modificaciones del acuerdo de divorcio.
Que no hayan ni contestado, a pesar de q sabía q era muy posible q así fuera, me ha descolocado un poco, no se si están muy concencidos de su victoria y pasan de negociaciones o por el contrario lo ven perdido y pasan del tema.
Un saludo.
18/05/2015 01:00
Pedramola, mucho ánimo. Piensa que como mal menor se establecerá una fecha límite, entre seis meses y dos años, a partir de la cual habrá que vender la vivienda y mientras tanto disfrutaréis de ella por periodos alternos.
20/07/2015 12:52
Mucho animo, hay ya mucha jurisprudencia que avala esa peticion, esperemos que lo consigas y nos lo cuentes para los que iremos despues, ademas creo que deberiamos asociarnos mas para conseguir cambios en la legislacion e impedir que nos traten como meros pagadores tras habernos dedicado muchos a nuestros hijos, algunos incluso mas que las madre, ademas de a pagar una vivienda digna para nuestra familia de la que se nos priva sin derechos ni indemnizacion de ningun tipo, de un bien tan fundamental y caro como es una vivienda
20/07/2015 13:12
Muchas gracias por el apoyo.
Ahora mismo estoy en el trámite de los 20 días para q la parte contraria responda a la demanda q le pusimos.
Aparentemente pinta bien, ya q han intentado negociar algunas cosas, pero no se corresponden con lo q pido.
Cuando el caso avance, os lo haré saber en este foro por si le sirve de ayuda a alguien.
28/07/2015 09:33
Este articulo es muy interesante:
http://www.abogadofamilia.es/detalle-novedades-legislativas.php?news_id=160
21/08/2015 18:35
Por lo que vengo observando hay sentencias que se pierden. Luego hacen un recurso de casación aportando la sentencia que creó la jurisprudencia en cuanto al cese de atribución de la vivienda. Ese es el modo a proceder. Corregirme si me equivoco.
21/08/2015 18:42
Pedramola dadnos noticias , estoy en tu caso igual al mio, aún no he iniciado nada
21/08/2015 18:45
En agosto no hay jyzgados ni abogados creo asi que de momento estara parado
sard, a que te refieres cuando dices que "hay sentencias que se pierden". Es que no entiendo tu mensaje.

Un saludo.
22/08/2015 21:13
Bueno más bien juicios, Encarnación. Quiero decir, que hay jueces que aplican por defecto que la atribución de la vivienda siga siendo al hijo mayor mientras tenga derecho a la pensión alimenticia. En ese caso se interpone un recurso de casación no sé con que garantías exactamente.
22/08/2015 23:25
sard, al hijo mayor y también a la custodia que ya no ejerce la custidia al ser mayor de edad?
23/08/2015 10:53
A tenor de lo leído en varias sentencias de tribunales de instancia caben dos posibilidades. La primera es que se elimine la atribución de la vivienda al progenitor custodio estableciéndose una alternancia en el uso o bien que se limite en el tiempo al progenitor más necesitado. La segunda es que se dé continuidad a lo establecido en el convenio regulador. En este último caso lo que parece tener resultados positivos es interponer un recurso de casación. Siento no poder explicarme mejor.
23/08/2015 12:38
TRIBUNAL SUPREMO
SALA PRIMERA
Presidente Excmo Sr. D. Francisco Marín Castán
GABINETE TÉCNICO
Magistrado decano D.ª Rosa M.ª de Castro Martín

RECOPILACIÓN DE DOCTRINA JURISPRUDENCIAL DE LA SALA PRIMERA AÑO 2014

http://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL SUPREMO/ACUERDOS y ESTUDIOS DOCTRINALES/FICHERO/20150203 Sumario - Recopilación doctrina jurisprudencial Sala Primera 2014.pdf

Descargaos este documento. En la página 62, apartado 6 aparece la referencia sobre la jurisprudencia de la que hablamos en este foro.

Un saludo
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Viendo 21 - 40 de 583 comentarios
18/04/2015 08:44
Muchísimas gracias Encarnación. Es lo q yo decía, leyendo estas sentencias lo veo tan claro q no entiendo esas dudas q les surgen a los abogados.
Me daría por más q satisfecho, y asi se lo comenté a mi abogada, q consiguieramos una limitación temporal. Solo el hecho de poner una fecha de caducidad a este desmadre me haría inmensamente feliz.
Por otro lado, como ya dije, le dejé a la abogada una cópia impresa de un sentencia del supremo, más que nada para q viera q es un tema q me preocupa y por el que me preocupo, ahora bien, no me gustaría q pensará que voy de listillo o q me estoy metiendo en su trabajo, ya q esta abogada por las referencias q tengo de ella es muy buena en este tipo de casos, así q creo que "no es conveniente que me meta en su trabajo".
Voy a encomendarme a sus conocimientos y a mi pequeña ayuda, con la sentencia q le dejé, para q pueda hacer un buen trabajo.
02/05/2015 08:59
Bueno, la "fiesta" ya ha empezado. Tienen hasta el jueves para contestar al burofax de mi abogada para intentar llegar a acuerdos amistisos, de lo contrario empezamos el proceso legal y a por todas.
De momento no han respirado y estamos a mitad del plazo para acuerdo amistoso y la verdad no creo q lo hagan, así q he de prepararme para ir a la batalla.
Q Dios reparta suerte y si es posible q esta vez me toque la buena a mi.
Un saludo
02/05/2015 09:35
La verdad a veces, como en este caso, hay cosas que no entiendo, ni entenderé. Esa hija, que no quiere estudiar (a lo mejor es que no sirve) o la situación generada por el divorcio, conozco más de un caso, le ha llevado a una etapa mala en que van acumulando suspensos y que debido a la Educación que tenemos en España, no puede recuperarse ya jamás, que es posible que sea lo que haya pasado. Pues como decía, esa hija ha dejado de ser nuestra, es sólo de un progenitor. Cuando uno de los hijos se hace médico, ministro, o simplemente cartero y puede mantenerse entonces es hijo de los dos, pero si es al contrario es la madre la que tiene que tirar del carro y "cargar con el mochuelo". Como no ha salido como nosotros esperábamos, pues nos deshacemos del problema y que no los soluciones otro. Me parece indignante que haya padres que se laven las manos y no quieran asumir responsabilidades. Yo tengo un hijo que hará 30 años en Noviembre, tiene pareja y trabajos esporádicos y no ha dejado de ser mi hijo ni un segundo de su vida. Y cuando necesita una mano se la tiendo porque a ese le parí yo, con sus defectos y sus virtudes. No veo nada bien que se suspenda o reduzca la pensión a una criatura porque ha cumplido los 18 años , máxime en la situación en la que vivimos en que el trabajo escasea. Se que ésto que digo va a crear muchas polémica, pero no he podido dejar de dar mi opinión. Olivia, Madre de cuatro in saecula saeculorum.


02/05/2015 10:28
Esa es tu respetable opinión, pero he de decirte q para nada se corresponde a mi caso. Cuando alguien opina y lo hace generalizando, sin tener en cuenta las circunstancias de cada caso concreto tiene altas posibilidades de equivocarse.
Como pequeño detalle te diré q a mi hija le he ofrecido vivir conmigo y/o continuar pagando su pensión, diga lo q diga el juez, por un periodo limitado de 2 o 3 años.
Todo tiene un motivo y este no es más que obligarla a espabilarse y empezar a formarse un futuro, dejando de estar todo el día mirando las musarañas.
Si quieres debatir, hagámoslo, pero como ya t he dicho, generalizar en asuntos tan delicados suele desvirtuar la realidad.
Suerte Pedramola. Si te sirve de algo estoy deacuerdo en tu manera de actuar, a los hijos hay que darles un toque de atencion cuando piensan que pueden hacer de la capa un sayo, de otra manera las consecuencias suelen ser las que estamos viviendo en la actualidad.

Diferente es que "abandones" a tu hijo/ a su suerte, que por lo que cuentas no es tu caso.


Un saludo.
02/05/2015 17:47
PARA CARMEN DOMINGUEZ ALONSO
usted trabaja en Sevilla? sabe si en Sevilla concretamente en el jzgado de Dos Hermanas, aplican lo del Supremo?
17/05/2015 16:03
Buenas tardes. Estoy muy interesado en cómo te van las cosas, Pedramola, puesto que mi hija menor cumple los 18 en breve. Mi exmujer sigue atrincherada en la vivienda en común y tengo intención de solicitar el cese de la atribución de la vivienda en cuanto sea mayor de edad, tal y como me han aconsejado.
Un saludo.
17/05/2015 16:10
Buenas tardes,
No t preocupes q cuando haya noticias iré informando por aquí.
La semana pasada expiró el plazo de 10 días que les dimos para intentar llegar a acuerdos. No se han molestado ni en contestar, así q esta próxima semana iniciamos los trámites para solicitar las modificaciones del acuerdo de divorcio.
Que no hayan ni contestado, a pesar de q sabía q era muy posible q así fuera, me ha descolocado un poco, no se si están muy concencidos de su victoria y pasan de negociaciones o por el contrario lo ven perdido y pasan del tema.
Un saludo.
18/05/2015 01:00
Pedramola, mucho ánimo. Piensa que como mal menor se establecerá una fecha límite, entre seis meses y dos años, a partir de la cual habrá que vender la vivienda y mientras tanto disfrutaréis de ella por periodos alternos.
20/07/2015 12:52
Mucho animo, hay ya mucha jurisprudencia que avala esa peticion, esperemos que lo consigas y nos lo cuentes para los que iremos despues, ademas creo que deberiamos asociarnos mas para conseguir cambios en la legislacion e impedir que nos traten como meros pagadores tras habernos dedicado muchos a nuestros hijos, algunos incluso mas que las madre, ademas de a pagar una vivienda digna para nuestra familia de la que se nos priva sin derechos ni indemnizacion de ningun tipo, de un bien tan fundamental y caro como es una vivienda
20/07/2015 13:12
Muchas gracias por el apoyo.
Ahora mismo estoy en el trámite de los 20 días para q la parte contraria responda a la demanda q le pusimos.
Aparentemente pinta bien, ya q han intentado negociar algunas cosas, pero no se corresponden con lo q pido.
Cuando el caso avance, os lo haré saber en este foro por si le sirve de ayuda a alguien.
28/07/2015 09:33
Este articulo es muy interesante:
http://www.abogadofamilia.es/detalle-novedades-legislativas.php?news_id=160
21/08/2015 18:35
Por lo que vengo observando hay sentencias que se pierden. Luego hacen un recurso de casación aportando la sentencia que creó la jurisprudencia en cuanto al cese de atribución de la vivienda. Ese es el modo a proceder. Corregirme si me equivoco.
21/08/2015 18:42
Pedramola dadnos noticias , estoy en tu caso igual al mio, aún no he iniciado nada
21/08/2015 18:45
En agosto no hay jyzgados ni abogados creo asi que de momento estara parado
sard, a que te refieres cuando dices que "hay sentencias que se pierden". Es que no entiendo tu mensaje.

Un saludo.
22/08/2015 21:13
Bueno más bien juicios, Encarnación. Quiero decir, que hay jueces que aplican por defecto que la atribución de la vivienda siga siendo al hijo mayor mientras tenga derecho a la pensión alimenticia. En ese caso se interpone un recurso de casación no sé con que garantías exactamente.
22/08/2015 23:25
sard, al hijo mayor y también a la custodia que ya no ejerce la custidia al ser mayor de edad?
23/08/2015 10:53
A tenor de lo leído en varias sentencias de tribunales de instancia caben dos posibilidades. La primera es que se elimine la atribución de la vivienda al progenitor custodio estableciéndose una alternancia en el uso o bien que se limite en el tiempo al progenitor más necesitado. La segunda es que se dé continuidad a lo establecido en el convenio regulador. En este último caso lo que parece tener resultados positivos es interponer un recurso de casación. Siento no poder explicarme mejor.
23/08/2015 12:38
TRIBUNAL SUPREMO
SALA PRIMERA
Presidente Excmo Sr. D. Francisco Marín Castán
GABINETE TÉCNICO
Magistrado decano D.ª Rosa M.ª de Castro Martín

RECOPILACIÓN DE DOCTRINA JURISPRUDENCIAL DE LA SALA PRIMERA AÑO 2014

http://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL SUPREMO/ACUERDOS y ESTUDIOS DOCTRINALES/FICHERO/20150203 Sumario - Recopilación doctrina jurisprudencial Sala Primera 2014.pdf

Descargaos este documento. En la página 62, apartado 6 aparece la referencia sobre la jurisprudencia de la que hablamos en este foro.

Un saludo