En este caso uno de los demandantes pierde su condición de perjudicado en la demanda por un hecho de nueva noticia, Ya se ha celebrado la audiencia previa pero no el juicio. Los demandantes son 4 y el hecho nuevo afecta a solo uno de ellos.
Si solicita el desistimiento y el demandado se opone, cabría imposición de costas en virtud del art. 396 de la LEC
¿Cómo podría esquivar las costas sabiendo que el hecho nuevo es completamente ajeno a la voluntad del demandante e imprevisible al momento de interponer la demanda?
No puedes variar el objeto del proceso con hechos de nueva noticia, pero en el caso que planteas jamás habrá costas contra el codemandado, pues el proceso no termina. El artículo 396.1 condiciona la imposición de costas a la terminación del proceso por desistimiento, con independencia de la justificación de este.