Soy nuevo y desconozco si este el foro adecuado. Si no fuera asi, ruego me pedornen. Mi pregunta es: Soy heredero de un solar que por disposicion testamentaria se dejo en usufructo a otra persona, durante el tiempo que duro el usufructo se expropio parte de el recibiendo el usufructuario el benefico de esta expropiacion. ¿Ese dinero es para el usufructuario o el heredero junto con el solar tiene que recibir el dinero de la expropiacion?. Gracias por todo.
Ponga la pregunta en el foro general de Derecho Civil. A rriesgo de error entiendo que para expropiar hay dos partes, el nudo propuetario que es Vd y el usufructuario y que dependiendo del valor del usufructo y la parte del bien expropiado debran repartir ese dinero Me sorprende que la administracion lograra apuntar en el registro civil esa expropiacion sin el concurso del nudo propietario Un saludo