El tema que se me plantea es el siguiente: Una pareja sin hijos fallece con el único bien de una vivienda, heredan los sobrinos y uno de ellos, que vive en Francia, fallece dejando tres herederos, de los cuales uno de ellos también fallece. Nos he imposible encontrar a los herederos de los que viven en Francia. Mi pregunta es como puedo hacer para que la vivienda pueda cambiar de titulares, de la pareja de fallecidos a los sobrinos que viven. Gracias
Hemos intentado todo, pero no dan señales de vida. Se puede iniciar un procedimiento de usucapion para que se pueda poner la propiedad a nombre de los sobrinos que viven aún?. Gracias
La ley no exige que los herederos se conviertan en detectives privados para hacer valer sus derechos. Presenten una división judicial de herencia y que se notifique a los de ignorado paradero de la forma que establece la ley, solicitando que en su caso el Ministerio Fiscal represente a los ausentes. Rechace ideas como usucapión o cualquier otro instituto que se aparte del negocio jurídico real, que es la transmisión de herencia.
Limítense a hacer una escritura corriente y moliente de declaratoria de herederos. En la notaría donde radica el bien se la pueden hacer con llamamientos a los ausentes, según prescribe la ley de la jurisdicción voluntaria. Después hagan la adjudicación y liquiden el asunto. En breve contrataré un servicio de situación de mi despacho en esta misma página, y casos como el suyo se los resuelvo de forma fulminante. Pero entretanto, acudan a la notaría de su confianza, y obvien cualquier mención a otros herederos que no sean los otorgantes de la escritura.