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Herencia de dos hermanos solo de padre

4 Comentarios
 
12/09/2019 20:08
Maria3000
Con los datos que das, es complicado poder contestarte. A nivel general, te podemos decir que tu madre tiene dos herencias: la de su madre y la de su padre. En primer lugar habría que ver si recibió en su dia, la de su madre. Si su padre tenía regimen de gananciales con su primera mujer (tu única abuela) el 50% de los bienes de esa sociedad serían de tu abuela, y al fallecer tendrían que haber pasado a tu madre. Si no se hizo, tendrás que investigar si alguno de los inmuebles que dices que tenía tu abuelo, pertenecía a dicha sociedad ganancial. Es probable, que el inmueble que se adjudicó a su madre, de menor valor, sea precisamente el pago por los derechos hereditarios de su madre.
En cuanto a los bienes de su padre, estamos en las mismas. Te toca investigar, en primer lugar el regimen matrimonial del segundo matrimonio, ya que si era el de separación de bienes, lo que esté a nombre de su segunda mujer, es solo de ella y ahora de su hijo. Si el regimen era el de gananciales, la cosa cambiaría.
En cualquier caso, si tu madre, al fallecer su padre, firmó ante Notario la aceptación y adjudicación de herencia de su padre, en los terminos en los que fuera, (que parece ser que es lo que pasó) ...ahora no puede ir en contra de sus propias decisiones.
12/09/2019 11:50
Maria3000
Sobre lo que pusiera a nombre de su esposa, habría que verlo en mucho más detalle, para ver si hubo una donación inoficiosa o no. Si hubo una donación a su esposa esta sería perfectamente legítima siempre y cuando no perjudicara la legítima estricta de los herederos, es decir, si superaba 1/3 de su patrimonio. Si lo donado a su esposa no lo superaba, podía hacerlo perfectamente. Hablas de que sobre otras propiedades tu abuelastra era usufructuaria, luego en principio podría parecer que sí se hizo correctamente, y que las donaciones que pudiera haber habido no perjudicaron la legítima estricta de los hijos sobre la herencia de tu abuelo (1/6 cada uno, aunque como digo habría que ver en detalle cómo se dejó aquella herencia, que es la que afecta a tu madre).
12/09/2019 11:43
Maria3000
De la herencia de tu abuelastra, salvo que os dejara algo en testamento que parece que no, no os corresponde absolutamente nada, porque no sois descendientes suyos y no tenéis ningún derecho a legítima. Ahora bien, lo que tenía en usufructo y que no era de su propiedad, sino de su marido fallecido (tu abuelo), y de lo que solo gozaba en calidad de usufructuaria, no se incluirá en la herencia de tu abuelastra, porque no era suyo, sino que simplemente se extinguirá este usufructo con su fallecimiento, pasando los nudos propietarios (tu madre y tu tío, supongo) a poseedores de estas propiedades mediante consolidación del pleno dominio. Pero esto sería por la herencia de tu abuelo, no de tu abuelastra. Quien tuviera la nuda propiedad de esos bienes de tu abuelo consolidará ahora su dominio por fallecimiento del usufructuario, que esto técnicamente no significa que heredéis nada, solo consolidáis lo que ya tuvierais.
12/09/2019 09:36
Maria3000
Si con la palabra "abuela" se refiere usted a la esposa de su abuelo, con la cual su madre y su tío no mantienen lazos sanguíneos, la herencia de esta señora no tiene nada que ver con su rama materna, y por tanto no hay legítima. Si esta señora ha dejado testamento, hay que respetarlo, y si no ha dejado testamento, hay que acudir al régimen general de herencia intestada que en nada afecta a la rama que arranca de su abuelo, es decir, de ustedes. En lo que respecta a los movimientos patrimoniales que se hicieron en vida de su abuelo, puede que se trate de negocios ocultos, donaciones extrañas o, en fin, defraudaciones a los legítimos derechos de su madre; pero solo hay un negocio que puede ser objeto de su atención, y es el "poner a nombre" de la esposa de su abuelo bienes que no fueron objeto de transacciones en las que hubiese dinero por medio, es decir, que pudo haber donaciones espúreas, pero eso hay que verlo.
Herencia de dos hermanos solo de padre
11/09/2019 23:31
Hola a todos... a ver si alguien me puede ayudar. Es un tema de herencia y estoy indignada y triste a la vez. Mi abuela falleció ( no de sangre, sino la segunda mujer de mi abuelo que enviudó).

Mi abuelo tenía 3 propiedades y creo que antes de fallecer lo puso a nombre de su segunda mujer. Mi abuelo tuvo dos hijos: mi madre y luego a mi tio ( con su segunda mujer).

Mi tio vivia en una de estas propiedades ( mi abuela era usufructuaria). A mi madre "se la quitaron de enmedio" dándole un inmueble de un valor muy inferior ( también lo tenía en usufructo mi abuela) y ahora mi madre lo va a poner a su nombre . Y el inmueble donde vivia mi abuela.

Mi madre no ha sido llamada para el testamento de mi abuela y por tanto creo que mi abuela le ha dado esas dos propiedades a mi tio.

Mi pregunta es... a mi madre le corresponde la legitima de esas dos propiedades? Y yo como nieta puedo reclamar algo?

Mi tio no ha tenido hijos pero está casado y su mujer tiene dos hijos. Ahora uno de los hijos se va a vivir a la casa donde vivia mi abuela. Han engañado a mi madre diciendo que en un año me iria a vivir yo a ese piso y hoy he descubierto que no es asi.

Lo de poner el nombre de todos los pisos a nombre de mi abuela fue para desheredar a mi madre. Lo sé perfectamente por como trataron a mi madre.

Me gustaría hacer algo más que nada por mi madre. No quiero que le tomen más el pelo y quiero justicia.

Gracias
Herencia de dos hermanos solo de padre | PorticoLegal
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Herencia de dos hermanos solo de padre

4 Comentarios
 
12/09/2019 20:08
Maria3000
Con los datos que das, es complicado poder contestarte. A nivel general, te podemos decir que tu madre tiene dos herencias: la de su madre y la de su padre. En primer lugar habría que ver si recibió en su dia, la de su madre. Si su padre tenía regimen de gananciales con su primera mujer (tu única abuela) el 50% de los bienes de esa sociedad serían de tu abuela, y al fallecer tendrían que haber pasado a tu madre. Si no se hizo, tendrás que investigar si alguno de los inmuebles que dices que tenía tu abuelo, pertenecía a dicha sociedad ganancial. Es probable, que el inmueble que se adjudicó a su madre, de menor valor, sea precisamente el pago por los derechos hereditarios de su madre.
En cuanto a los bienes de su padre, estamos en las mismas. Te toca investigar, en primer lugar el regimen matrimonial del segundo matrimonio, ya que si era el de separación de bienes, lo que esté a nombre de su segunda mujer, es solo de ella y ahora de su hijo. Si el regimen era el de gananciales, la cosa cambiaría.
En cualquier caso, si tu madre, al fallecer su padre, firmó ante Notario la aceptación y adjudicación de herencia de su padre, en los terminos en los que fuera, (que parece ser que es lo que pasó) ...ahora no puede ir en contra de sus propias decisiones.
12/09/2019 11:50
Maria3000
Sobre lo que pusiera a nombre de su esposa, habría que verlo en mucho más detalle, para ver si hubo una donación inoficiosa o no. Si hubo una donación a su esposa esta sería perfectamente legítima siempre y cuando no perjudicara la legítima estricta de los herederos, es decir, si superaba 1/3 de su patrimonio. Si lo donado a su esposa no lo superaba, podía hacerlo perfectamente. Hablas de que sobre otras propiedades tu abuelastra era usufructuaria, luego en principio podría parecer que sí se hizo correctamente, y que las donaciones que pudiera haber habido no perjudicaron la legítima estricta de los hijos sobre la herencia de tu abuelo (1/6 cada uno, aunque como digo habría que ver en detalle cómo se dejó aquella herencia, que es la que afecta a tu madre).
12/09/2019 11:43
Maria3000
De la herencia de tu abuelastra, salvo que os dejara algo en testamento que parece que no, no os corresponde absolutamente nada, porque no sois descendientes suyos y no tenéis ningún derecho a legítima. Ahora bien, lo que tenía en usufructo y que no era de su propiedad, sino de su marido fallecido (tu abuelo), y de lo que solo gozaba en calidad de usufructuaria, no se incluirá en la herencia de tu abuelastra, porque no era suyo, sino que simplemente se extinguirá este usufructo con su fallecimiento, pasando los nudos propietarios (tu madre y tu tío, supongo) a poseedores de estas propiedades mediante consolidación del pleno dominio. Pero esto sería por la herencia de tu abuelo, no de tu abuelastra. Quien tuviera la nuda propiedad de esos bienes de tu abuelo consolidará ahora su dominio por fallecimiento del usufructuario, que esto técnicamente no significa que heredéis nada, solo consolidáis lo que ya tuvierais.
12/09/2019 09:36
Maria3000
Si con la palabra "abuela" se refiere usted a la esposa de su abuelo, con la cual su madre y su tío no mantienen lazos sanguíneos, la herencia de esta señora no tiene nada que ver con su rama materna, y por tanto no hay legítima. Si esta señora ha dejado testamento, hay que respetarlo, y si no ha dejado testamento, hay que acudir al régimen general de herencia intestada que en nada afecta a la rama que arranca de su abuelo, es decir, de ustedes. En lo que respecta a los movimientos patrimoniales que se hicieron en vida de su abuelo, puede que se trate de negocios ocultos, donaciones extrañas o, en fin, defraudaciones a los legítimos derechos de su madre; pero solo hay un negocio que puede ser objeto de su atención, y es el "poner a nombre" de la esposa de su abuelo bienes que no fueron objeto de transacciones en las que hubiese dinero por medio, es decir, que pudo haber donaciones espúreas, pero eso hay que verlo.
Herencia de dos hermanos solo de padre
11/09/2019 23:31
Hola a todos... a ver si alguien me puede ayudar. Es un tema de herencia y estoy indignada y triste a la vez. Mi abuela falleció ( no de sangre, sino la segunda mujer de mi abuelo que enviudó).

Mi abuelo tenía 3 propiedades y creo que antes de fallecer lo puso a nombre de su segunda mujer. Mi abuelo tuvo dos hijos: mi madre y luego a mi tio ( con su segunda mujer).

Mi tio vivia en una de estas propiedades ( mi abuela era usufructuaria). A mi madre "se la quitaron de enmedio" dándole un inmueble de un valor muy inferior ( también lo tenía en usufructo mi abuela) y ahora mi madre lo va a poner a su nombre . Y el inmueble donde vivia mi abuela.

Mi madre no ha sido llamada para el testamento de mi abuela y por tanto creo que mi abuela le ha dado esas dos propiedades a mi tio.

Mi pregunta es... a mi madre le corresponde la legitima de esas dos propiedades? Y yo como nieta puedo reclamar algo?

Mi tio no ha tenido hijos pero está casado y su mujer tiene dos hijos. Ahora uno de los hijos se va a vivir a la casa donde vivia mi abuela. Han engañado a mi madre diciendo que en un año me iria a vivir yo a ese piso y hoy he descubierto que no es asi.

Lo de poner el nombre de todos los pisos a nombre de mi abuela fue para desheredar a mi madre. Lo sé perfectamente por como trataron a mi madre.

Me gustaría hacer algo más que nada por mi madre. No quiero que le tomen más el pelo y quiero justicia.

Gracias