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Herencia de una vivienda.

5 Comentarios
 
Herencia de una vivienda.
11/02/2022 02:01
Hola.- Somos cinco herederos, cuatro de ellos me han vendido la vivienda segun su tasacion, o sea que tengo cuatro partes de cinco, el caso es que el quinto heredero me pide mucho mas de lo que se ha tasado la vivienda, . mi pregunta es la siguiente.- ¿puedo permanecer en la casa y consignarle la parte que le corresponde en el juzgado o donde sea legal? ¿o puedo estar alli y esperar a ver que pasa,?
¿puedo escriturar la vivienda o dejando su parte y que se lo que dios quiera,?
que me aconsejan

Un saludo
11/02/2022 15:12
La consignación no procede, porque un precio es un acuerdo entre quien compra y entre quien vende, y usted no tiene ningún acuerdo que ejecutar, sino todo lo contrario. Puede seguir viviendo en la misma casa, puede escriturar el 80% a su favor y, si no llega a un acuerdo, siempre le queda la disolución judicial de condominio.
14/02/2022 01:13
Puede registrar su derecho -como bien dice Crisolda- en la Propiedad (aunque no solucionan el problema), también quedaría la opcion de division judicial de la Herencia para tener un Auto de ejecución (algo que no aconsejo por su tardía y presupuesto), pero el final es el mismo.......o llegan a un Acuerdo, o división Judicial del condominio.
14/02/2022 10:34
Rbbonye
Grisolía, si no te importa, compañero. De Juan Carlos Grisolía, que es mi nombre.
13/03/2022 22:45
Mis disculpas por no contestar, les agradezco mucho las respuestas, pregunto ,como seria una division judicial de condominio cual seria el procedimiento y que garantias tengo en esa parte si conviene o no

gracias
14/03/2022 11:11
Por el motivo que sea hay una indivisión y tiene usted 4/5 de una propiedad y otro señor tiene el 1/5 restante. Esto es un asunto de derecho civil general, no de herencias. Lo que implica es que ambos pueden usar esa propiedad, pero usted además (al tener más del 50%) puede decidir alquilarla, por ejemplo, y que los eventuales gastos y rentas que puedan emanar de esa propiedad se repartirán en el porcentaje que sea.
Siempre existe el derecho a no permanecer en la indivisión, para eso pueden venderse las partes de uno a otro al precio que pacten (bien por compraventa o por extinción de condominio), o en caso de no ponerse de acuerdo por precio o por lo que sea, que lo haga el juzgado, mediante demanda de división de la cosa común. En ese caso lo habitual (y para garantizar el derecho a obtener el mejor precio) es que la propiedad acabe en subasta abierta a terceros. Se venderá la propiedad entera al mejor postor, que también pueden ser ustedes.
Herencia de una vivienda. | PorticoLegal
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Herencia de una vivienda.
11/02/2022 02:01
Hola.- Somos cinco herederos, cuatro de ellos me han vendido la vivienda segun su tasacion, o sea que tengo cuatro partes de cinco, el caso es que el quinto heredero me pide mucho mas de lo que se ha tasado la vivienda, . mi pregunta es la siguiente.- ¿puedo permanecer en la casa y consignarle la parte que le corresponde en el juzgado o donde sea legal? ¿o puedo estar alli y esperar a ver que pasa,?
¿puedo escriturar la vivienda o dejando su parte y que se lo que dios quiera,?
que me aconsejan

Un saludo
11/02/2022 15:12
La consignación no procede, porque un precio es un acuerdo entre quien compra y entre quien vende, y usted no tiene ningún acuerdo que ejecutar, sino todo lo contrario. Puede seguir viviendo en la misma casa, puede escriturar el 80% a su favor y, si no llega a un acuerdo, siempre le queda la disolución judicial de condominio.
14/02/2022 01:13
Puede registrar su derecho -como bien dice Crisolda- en la Propiedad (aunque no solucionan el problema), también quedaría la opcion de division judicial de la Herencia para tener un Auto de ejecución (algo que no aconsejo por su tardía y presupuesto), pero el final es el mismo.......o llegan a un Acuerdo, o división Judicial del condominio.
14/02/2022 10:34
Rbbonye
Grisolía, si no te importa, compañero. De Juan Carlos Grisolía, que es mi nombre.
13/03/2022 22:45
Mis disculpas por no contestar, les agradezco mucho las respuestas, pregunto ,como seria una division judicial de condominio cual seria el procedimiento y que garantias tengo en esa parte si conviene o no

gracias
14/03/2022 11:11
Por el motivo que sea hay una indivisión y tiene usted 4/5 de una propiedad y otro señor tiene el 1/5 restante. Esto es un asunto de derecho civil general, no de herencias. Lo que implica es que ambos pueden usar esa propiedad, pero usted además (al tener más del 50%) puede decidir alquilarla, por ejemplo, y que los eventuales gastos y rentas que puedan emanar de esa propiedad se repartirán en el porcentaje que sea.
Siempre existe el derecho a no permanecer en la indivisión, para eso pueden venderse las partes de uno a otro al precio que pacten (bien por compraventa o por extinción de condominio), o en caso de no ponerse de acuerdo por precio o por lo que sea, que lo haga el juzgado, mediante demanda de división de la cosa común. En ese caso lo habitual (y para garantizar el derecho a obtener el mejor precio) es que la propiedad acabe en subasta abierta a terceros. Se venderá la propiedad entera al mejor postor, que también pueden ser ustedes.