Si usted muere sin testamento, su hijo heredará el 100% de lo que haya dejado. Si otorga testamento, su hijo heredará necesariamente el 66% puesto que no tiene hermanos ni hay nietos (que usted haya dicho). El resto, puede dejárselo a quien quiera, incluidos sus hermanos. Lo que usted pretende es que su exesposo no se inmiscuya en ese patrimonio, una vez que su hijo sea propietario, y eso no tiene por qué ocurrir. Aun en el caso de una tutela tras modificación judicial de capacidad otorgada al padre, este habría de rendir cuentas ante el Ministerio Fiscal, por lo que se esfuma la posibilidad que usted teme.
Estoy divorciada y tengo un hijo con discapacidad pero no esta incapacitado judicialmente. .¿Puedo testar a favor de mis hermanos con el usufructo vitalicio para mi hijo?. Mi preocupación es que mi ex-marido no tenga acceso a los bienes que mi hijo reciba a mi fallecimiento, ni herede si mi hijo falleciese.