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Herencia

1 Comentarios
 
Herencia
18/04/2016 23:23
Hola, hace 7 años murió mi abuelo, como no tengo padre, la vivienda que poseía mi abuelo la heredamos mi tía mi hermana y yo, cuando murio mi abuelo no hicimos ningún papel, es decir no hicimos ni aceptación ni nada, ya que no dejo testamento, Hacienda no nos ha reclamado el impuesto de sucesiones ni las plusvalías, por lo que entiendo que han prescrito su pago ñ, el caso es que ahora quiero comprar las otras dos partes de la casa, a mí tía y mi hermana, y no sé qué debemos hacer, aceptación de herencia escriturar casa?, o podríamos ponerlo a mi nombre todo? Sin primero ponerlos a ellos y luego tener que cambiarlo todo a mi nombre?, es decir compensarle económicamente a ellos y yo quedarme con la casa, sin tener que ponerlo s nombre de los tres y luego tener que hacer contrato de compraventa? O saben ustedes cómo debería de hacerse?, un saludo y gracias
20/04/2016 08:49
Su tía tiene derecho a la propiedad del 50% de la vivienda. l 50% que le hubiese correspondido a su padre se reparte entre su hermana y usted. Han de hacer ustedes dos escrituras: la declaratoria de herederos y la adjudicación de herencia. El cómputo de la prescripción fiscal de la sucesión no se cuenta desde la muerte de su abuelo, sino desde la fecha de la escritura declaratoria de herederos. Su tía y su hermana pueden renunciar en favor de usted sin llegar a tocar nada, con un precio que les pague al margen de la escritura. Con ello podría hacerse con el 75% que le falta. No es lo que dice la ley y tampoco es muy ortodoxo; pero en la notaría le harán las escrituras de renuncia sin problemas.