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Imdemnización que debe dar el arrendatario al arrendador luego de desalojo

2 Comentarios
 
Imdemnización que debe dar el arrendatario al arrendador luego de desalojo
25/03/2020 17:57
Luego de que un inquilino es desalojado. ¿que procedimientos hay para que este pague al arrendador la rentas adeudadas que no pago, durante todo el procedimiento de desalojo?
y de tener que pagar, ¿también debe indemnizar al arrendador?
25/03/2020 19:27
agaripeca
No termno de entender las pregunta. SI le han desahuciado por el juzgado lo mas probable es que en esa misma demanda están los tramites para cobrarle todo lo que haga falta cobrar.
25/03/2020 21:38
agaripeca
Si el juicio de desahucio incluyó la acumulación de acciones por las rentas debidas y las que se devenguen durante la tramitación del mismo y hasta la entrega del inmueble, en ese mismo juicio, al ejecutar la sentencia.

Si no fue así, en juicio declarativo, y según la cuantía de la renta será éste ordinario o verbal.

Sobre indemnizar: si se detectaron daños en la finca al momento del lanzamiento, en pieza separada dentro del mismo juicio, o alternativa mente en juicio declarativo según al cuantía de los mismos.
Imdemnización que debe dar el arrendatario al arrendador luego de desalojo | PorticoLegal
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Imdemnización que debe dar el arrendatario al arrendador luego de desalojo

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Imdemnización que debe dar el arrendatario al arrendador luego de desalojo
25/03/2020 17:57
Luego de que un inquilino es desalojado. ¿que procedimientos hay para que este pague al arrendador la rentas adeudadas que no pago, durante todo el procedimiento de desalojo?
y de tener que pagar, ¿también debe indemnizar al arrendador?
25/03/2020 19:27
agaripeca
No termno de entender las pregunta. SI le han desahuciado por el juzgado lo mas probable es que en esa misma demanda están los tramites para cobrarle todo lo que haga falta cobrar.
25/03/2020 21:38
agaripeca
Si el juicio de desahucio incluyó la acumulación de acciones por las rentas debidas y las que se devenguen durante la tramitación del mismo y hasta la entrega del inmueble, en ese mismo juicio, al ejecutar la sentencia.

Si no fue así, en juicio declarativo, y según la cuantía de la renta será éste ordinario o verbal.

Sobre indemnizar: si se detectaron daños en la finca al momento del lanzamiento, en pieza separada dentro del mismo juicio, o alternativa mente en juicio declarativo según al cuantía de los mismos.