Por favor: Necesitaba que alguien me aclare la siguiente duda: ¿El banco en reclamación de préstamo personal puede ir al embargo de algún bien inmueble que tenia en vida el fallecido soltero sin hijos y que dicho bien haya pasado la propiedad a otra persona? ¿ Existe alguna obligación legal del banco de suscribir algún seguro para casos de fallecimiento del titular del préstamo personal, no hipotecario? gracias .
si el embargo es posterior a la fecha en que paso el nuevo propietario a serlo, no puedo ejecutarlo. Otra cosa será que el banco tuvieses alguna anotación de embargo preventivo en el Registro. Hable con el Notario que gestionó la partición de herencia y su posterior adjudicación.
Muchas gracias Zoraida.No existe anotación de embargo. Me gustaría saber , en caso de demanda por parte del banco, como lo pueden realizar ¿contra el fallecido? ¿contra el heredero? ¿ Como pueden averiguar y probar quien es el heredero si no ha habido testamento? Gracias por tu contestación
Solicitando en el Registro de la Propiedad la titularidad del inmueble. Tras la adjudicación de herencia, la persona que haya recibido el inmueble debe inscribirlo a su nombre. Es mi criterio, asesorate en una Notaria o en tu municipio, debe exisitr un centro juridico gratuito para el ciudadano. Contrasta opinones y si coincidimos debe ser lo cierto. Una consulta a un abogado tambien puede sacarte de dudas, centrarte en el tema y saber "donde pisas", una simple consulta no es muy cara. (No soy abogado) Suerte.