Se me ha ido un inquilino de habitación hoy. Avisó hace un mes que se iba. Sin embargo tengo entendido que una vez comenzado el mes hay que pagar todo el mes y solamente ha pagado medio mes. También querría saber si es necesario hacer algún tipo de documento de rescisión de contrato y si le puedo cobrar el resto del mes de la fianza.
Claro que puede hacer el documento y debería hacerlo y en el que le firme que le entrega la mitad de la fianza pues la otra mitad cubre lo adeudado de este mes. Si no quiere firmar no le entregue la mitad que dice el documento ya verá como firma.
Mire bien antes si hay desperfectos, si los hay descuentelos de esa mitad y que conste también en el documento que firme.
Ya le digo que si no quiere firmar no le nada, pues después puede decir que nunca se lo dio
Además ha dejado dos paredes de la habitación llenas de manchas (se habían pintado en abril de 2018). ¿Puedo descontarle algo de la fianza para volver a pintarlas? Lo que me cueste la pintura.
Si puede descontarle los desperfectos causados en la habitación, pero si el inquilino reclama debe usted estar seguro de que puede demostrar que las manchas las causó él.
Basándome en un modelo de internet he escrito este documento de resolución de contrato. Quería saber si es adecuado para rescindir contrato de alquiler de habitación.
Gracias
RESOLUCIÓN DE CONTRATO
En Barcelona, a 22 de julio de 2019
REUNIDOS
D/Dña. mayor de edad, con DNI. con domicilio en
D/Dña. mayor de edad, con DNI y con domicilio en la ciudad de Barcelona, C/ ……………………...
INTERVIENEN
El primero en su propio nombre y representación, como parte arrendadora.
El segundo igualmente en su propio nombre y representación, como parte arrendataria.
Ambas partes tienen plena capacidad legal para concurrir a este acto según manifiestan y, recíprocamente, se reconocen y
EXPONEN
PRIMERO.- En fecha los intervinientes celebraron contrato de arrendamiento de una habitación individual exterior en el inmueble sito en.
SEGUNDO.- Las partes acuerdan libremente a fecha de hoy la RESOLUCIÓN del mencionado contrato de arrendamiento.
TERCERO.- La parte arrendataria hizo entrega de las llaves el día 15 de julio de 2019.
CUARTO.- ESTADO DEL INMUEBLE.- En el inmueble se han observado los siguientes deterioros que no se hallaban el día de la celebración del contrato:
Se descuentan 10 euros por ensaladera sustraída un día después de la marcha del ex arrendatario de la habitación en presencia de la otra arrendataria el día 16 de julio de 2019.
QUINTO.- DEUDAS.- La parte arrendataria reconoce expresamente adeudar a la parte arrendadora al día de la fecha la cantidad total de 165 euros, en concepto de rentas de alquiler de la mitad del mes de julio.
SÉPTIMO.- FIANZA.- La parte arrendadora devolverá a la parte arrendataria el sobrante de la fianza después de deducir la parte adeudada por el arrendatario, es decir, si de la fianza es de 325 euros, la arrendadora devolverá al arrendatario el importe de 150 euros. Esta cantidad la abonará la arrendadora en el plazo máximo de 15 días desde el día de hoy, en el número de cuenta …………...
OCTAVO.- La parte arrendataria se compromete a darse de baja del padrón municipal en la dirección antedicha en el período máximo de un mes.
Y con el carácter expresado en la intervención, firman el presente acuerdo por duplicado en el lugar y fecha indicados.
Por cierto, ha sido muy insistente en que tenía que pasar el inventario con él, que era su derecho, pero quería hacerlo antes de irse y yo le dije que no, que se hace después. También porque he estado fuera un tiempo no hemos coincidido mucho, y pasé inventario cuando no estaba. Había cosas que faltaban pero otras que había dejado, con lo que más o menos compensaba y lo di por bueno, excepto por la ensaladera, que se la llevó después de irse, cuando vino al piso diciendo que se había dejado comida y de paso se la llevó. Le abrió la otra inquilina, que se sorprendió bastante pero no dijo nada. Yo estuve en un piso alquilado por una inmobiliario y se hizo el inventario cuando yo ya me había ido y después me devolvieron la fianza.