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Interpretación de herencia con posible usucapión de uno de los inmuebles a heredar

3 Comentarios
 
Interpretación de herencia con posible usucapión de uno de los inmuebles a heredar
25/08/2019 20:34
En una herencia con testamento de madre viuda, nombra herederos a título universal a partes iguales a sus tres hijos, y luego designa una partición de: un inmueble, valorado en 420.000 €, para uno de los hijos (el cual lleva ya poseyéndolo unos 32 años con consentimiento de la fallecida, sin abonar nada por ocuparlo, salvo durante un periodo, hará unos cinco años), y el otro inmueble, valorado en 360.000 €, a los otros dos hijos.

¿La participación así ordenada por la testadora contradice el reparto a partes iguales, y en ese caso, qué disposición prevalecería? ¿Podría alegar la usucapión el primer heredero, y que ese inmueble ya sea de su propiedad, repartiéndose el segundo inmueble entre los tres, o entre los dos restantes?.

Muchas gracias.
26/08/2019 11:52
Almuiuris15
No hay usucapión alguna por vivir en precario en una vivienda de los padres, falta el justo título.
La disposición en principio no contradice el reparto a partes iguales. Salvo que se especifique lo contrario, si hay más bienes para cubrir la proporción de los bienes asignados directamente estos irán a los que se les ha asignado menos, y si no los hubiera o no fueran suficientes para cubrir el valor de cada lote el que se asigna el de mayor valor deberá compensar a los otros herederos en metálico.
29/08/2019 09:57
paquito xocolatero
Gracias por contestar paquitoxocolatero, lo estudio.
No obstante, la prescripción extraordinaria sí admite, con un plazo de tiempo mayor en la posesión (30 años en los inmuebles), el que no haya existido justo título en la posesión, si no estoy equivocada. Mi miedo es que se alegue y la proporción de herencia a repartir se vea afectada.
29/08/2019 11:53
Almuiuris15
Esa prescripción adquisitiva (usucapión) no ha tenido ni un solo día de plazo, por dos razones: en primer lugar, los actos de mera tolerancia, como permitir que otro resida en el inmueble, no aprovechan a la prescripción, y en segundo lugar, el residente en ese inmueble no entró en concepto de dueño, sino como usuario del inmueble consentido por otra persona.
La herencia que usted menciona en su primera entrada está perfectamente hecha, porque entre tres hijos, la ley permite perfectamente esas proporciones, siendo así que el que mayor beneficio ha obtenido es porque el testador cargó su parte sobre los tercios de mejora y libre disposición en lo que excedía de la legítima, lo cual significa que ese testamento y el reparto que contiene son plenamente legales.