Si se ha cogido baja por enfermedad común el lunes, (sin acudir al trabajo) y alta el viernes. Cómo se cuentan los días de baja, es decir, el lunes y viernes también se cuentan como baja??
En caso de enfermedad comun el subsidio por IT se abonara a partir del decimosexto dia de baja en el trabajo estando a cargo del empresario el abono de la prestacion al trabajador desde los dias cuarto al decimoquinto de baja ambos inclusive.Te corresponderia el abono del jueves y viernes,salvo que el convenio colectivo que regule tu actividad establezca una mejora que te cubra desde el primer dia.