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05/10/2004 09:47
Si se ha cogido baja por enfermedad común el lunes, (sin acudir al trabajo) y alta el viernes. Cómo se cuentan los días de baja, es decir, el lunes y viernes también se cuentan como baja??
05/10/2004 10:06
En caso de enfermedad comun el subsidio por IT se abonara a partir del decimosexto dia de baja en el trabajo estando a cargo del empresario el abono de la prestacion al trabajador desde los dias cuarto al decimoquinto de baja ambos inclusive.Te corresponderia el abono del jueves y viernes,salvo que el convenio colectivo que regule tu actividad establezca una mejora que te cubra desde el primer dia.
05/10/2004 14:08
Hola.

Lunes; martes y miercoles Cero
jueves y viernes 60% de la base de cotizacion de contingencias comunes del mes anterior, con cargo a la empresa.

si el convenio prevee mejoras, éstas irán con cargo a la empresa hasta completar estas mejoras, las cuales tributan y no cotizan.

Saludos
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Si se ha cogido baja por enfermedad común el lunes, (sin acudir al trabajo) y alta el viernes. Cómo se cuentan los días de baja, es decir, el lunes y viernes también se cuentan como baja??
05/10/2004 10:06
En caso de enfermedad comun el subsidio por IT se abonara a partir del decimosexto dia de baja en el trabajo estando a cargo del empresario el abono de la prestacion al trabajador desde los dias cuarto al decimoquinto de baja ambos inclusive.Te corresponderia el abono del jueves y viernes,salvo que el convenio colectivo que regule tu actividad establezca una mejora que te cubra desde el primer dia.
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jueves y viernes 60% de la base de cotizacion de contingencias comunes del mes anterior, con cargo a la empresa.

si el convenio prevee mejoras, éstas irán con cargo a la empresa hasta completar estas mejoras, las cuales tributan y no cotizan.

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