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Justicia gratuita y personación en caso penal

13 Comentarios
 
Justicia gratuita y personación en caso penal
26/12/2023 20:05
Hola,

Puse una denuncia hace un par de meses y hace unas semanas solicité información al juzgado. En el Servicio Común Procesal me informaron de que el trámite se halla en diligencias previas, pero que no puedo solicitar diligencias si no estoy personado en el caso.

Como tengo en principio derecho a justicia gratuita, me gustaría saber cómo debo proceder, si es ahora el momento de personarme, o si es mejor esperar a que el juez de instrucción levante acusación. Sé que la adjudicación de abogado y procurador puede durar hasta tres meses, y ya han pasado dos meses desde que se incoó el expediente. Las diligencias previas tienen un plazo de seis, así que no quiero perderme nada.

Tengo todavía mucho material que entregar para la investigación porque se trata de un delito prolongado en el tiempo, ¿admitirían este anexo con pruebas de carga sin abogado ni procurador? ¿Lo intento?

Gracias.
29/12/2023 12:46
Hola,

Es posible, dependerá mucho del funcionario en el juzgado. Siempre puedes aportarlo mediante escrito por registro de entrada en decanato. No obstante, y si tienes claro que tienes derecho a justicia gratuita, es mejor que te persones directamente con abogado y procurador, básicamente no tiene ninguna desventaja.

Un saludo.
30/12/2023 13:49
Me asombra que dependa del "funcionario del juzgado" y no del juez de instrucción.
Si contrato un abogado particular de forma temporal para enterarme de cómo van las DIP, ¿puedo transmitir el apud acta del contratado al abogado de justicia gratuita una vez que me la concedan en semanas, meses?

Y si el juez de instrucción decide no levantar acusación, ¿podríamos ir a primera instancia?
Gracias y un saludo.
03/01/2024 11:22
GnothiSeauton
Hola,

A ver, técnicamente dependería más del LAJ que del Juez, pero en cualquier caso con quien hablarías en el juzgado sería con el funcionario encargado del asunto.
Como te he dicho, puedes solicitarlo por escrito mediante registro de entrada. Si es un Leves no es necesaria la asistencia letrada.

Sí, puedes apoderar y/o designar a un letrado y/o procurador y luego a otros distintos. A los abogados del turno no hace falta apoderarlos y/o designarlos, ya que esta designación viene dada bajo la potestad del colegio de abogados y/o del propio juzgado.

Técnicamente el juez no levanta acusación, esto corresponde a las partes siempre que el juez no estime, tras la instrucción, que no hay indicios o que los hechos no revisten trascendencia penal. Básicamente el juzgado de instrucción, al final de esta, dictará una resolución en que declarará si los hechos que se denuncian se enmarcan en un supuesto penal y si hay indicios suficientes, si es así, dará traslado a las partes para que presenten escrito de acusación.

Si estamos ante un delito leve, si hay indicios y los hechos se corresponden con un tipo penal, dictará (o debería) resolución por la cual señale día y hora para la celebración de juicio de delitos leves. Si no reputa delito los hechos, dictará sobreseimiento libre.

En cualquier caso, el procedimiento judicial no suele ser sencillo, hay muchos recovecos, requisitos,... por eso es conveniente contar con profesionales que se encarguen de ello. No se en otras plazas, pero en Valencia se suele designar en un plazo inferior a un mes y, además, la solicitud puede suspender el curso del proceso.

Un saludo.
06/01/2024 01:39
elminster
Es que no sé qué hacer. Si solicitarlo ya en DIP o cuando pase al juzgado de lo penal.
La solicitud puede interrumpir el curso del proceso en DIP? Cómo se pueden enterar?
Si tardan menos de un mes en asignármelo, creo que lo haré lo más pronto posible.
07/01/2024 15:22
La denuncia que he interpuesto no es de delitos leves. Al haber diligencias previas me imagino que se trata de un procedimiento abreviado. Con lo cual no podría personarme con un escrito, me imagino. O sí? Estoy pensando en ir al juzgado de instrucción y pedir que al menos me dejen sacar fotos con el móvil del expediente. Sería factible?
09/01/2024 09:43
Hola,

Yo, personalmente, me personaría ya con abogado y procurador. Puesto que para el denunciante no es obligatoria la personación ya que fiscalía puede sustentar el procedimiento, entiendo que la solicitud no suspenderá el curso del procedimiento.

Conforme al Art. 11 del Estatuto de la Víctima del Delito, debes poder aportar cuanta documentación consideres pertinente para el esclarecimiento de los hechos. Más allá de eso, lo mejor es que comparezcas con abogado y procurador. Es muy posible que si hubieses realizado la solicitud en cuanto pusiste la denuncia, ya se te hubiesen nombrado o denegado los profesionales. En cualquier caso, no pierdes nada realizando la solicitud.

Ten en cuenta que las diligencias acordadas tras el plazo de 6 meses, no se tendrán por válidas a no ser que se solicite y acuerde la prórroga.

Un saludo.
10/01/2024 12:17
Bueno, pues he ido ya a solicitar justicia gratuita, y he llevado una copia del ejemplar al juzgado que realiza las DIP. En el SOJ me han dicho que como parte perjudicada puedo personarme.

Ya en el juzgado de instrucción con la copia, expuse mis dudas, esto es lo que me ha dicho el secretario del juzgado al preguntarle cuánto duran las DIP (yo creía que 6 meses), me ha dicho que pueden ser más, que eso depende de cómo vaya evolucionando la instrucción del caso, que suelen ser máximo de un año, pero prorrogables a 6 meses más, o sea, un año y medio.

Lo que me interesa de personarme ya en fase de DIP es aportar documentación y sobre todo, pruebas de audio y de vídeo. ¿Es esto posible con abogado y procurador?

En el juzgado de guardia me dijeron que no suelen admitir archivos de prueba, sólo el escrito de denuncia. Lo que me interesa como personado es influir en la instrucción aportando la mayoría del material con carga penal, independientemente de lo que haga la fiscalía.

¿Es posible que me denieguen la personación en fase DIP?
Si sucede, ¿qué podría hacer?

Gracias y un saludo.
10/01/2024 12:31
"Ten en cuenta que las diligencias acordadas tras el plazo de 6 meses, no se tendrán por válidas a no ser que se solicite y acuerde la prórroga."

Y la fecha de salida para que finalice la prórroga de las DIP es la de la denuncia o la de la resolución de juez incoando las DIP?
10/01/2024 13:04
GnothiSeauton
Hola,

Perdona, dije 6 meses cuando son 12. El inicio del plazo debe ser la fecha de incoación; al menos así lo entiende fiscalía.

Circular 1/2021, de 8 de abril, de la Fiscalía General del Estado:
"Puede afirmarse, por tanto, que el inicio del plazo tendrá lugar desde el momento de la incoación del procedimiento judicial, quedando excluidas del cómputo cualesquiera diligencias que la Policía Judicial o el Ministerio Fiscal hubiesen desarrollado con anterioridad a aquel momento.

Por otro lado, el cómputo del sistema de plazos de la investigación judicial se inicia y desarrolla al margen de la atribución de la condición de investigado/a, en tanto en cuanto nace desde el momento en que se incoa el procedimiento penal, aun cuando no existan elementos que permitan atribuir la comisión del hecho a persona alguna.".

Un saludo.
10/01/2024 13:29
De acuerdo, es lo que me dijo el secretario judicial. 12 meses. Prorrogables.
Queda pendiente la pregunta de si me pueden denegar la personación como persona damnificada, y de que en caso que me la admitan, -me imagino que no será inmediatamente, ¿no? de que aparezca allí con abogado y procurador- puedo aportar pruebas, vídeos, audios, en fase DIP.

Gracias.
29/01/2024 12:42
Hola,

He solicitado justicia gratuita para personarme como parte en la denuncia y me han asignado ya letrado y procurador, pero la aceptación está todavía pendiente.

¿Puedo hacer el apud acta en sede telemática de ambos previamente a la primera cita con el letrado o no es aconsejable? ¿Es más prudente hablar primero con el letrado? ¿Podría incurrir en costes adicionales antes de que me aceptasen la solicitud?

Un saludo.
31/01/2024 10:49
GnothiSeauton
Hola,

El apoderamiento del procurador y designación de letrado, cuando lo son del Turno de Oficio, se producen por los colegios respectivos, no hace falta otorgar apud acta.

Un saludo.
01/02/2024 00:46
elminster
Gracias, he hablado con el letrado y es así como usted dice.
No necesito apoderarle porque lo hace el Colegio en caso de ser denunciante y solicitante de justicia gratuita. ¿Es también Turno de Oficio?
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13 Comentarios
 
Justicia gratuita y personación en caso penal
26/12/2023 20:05
Hola,

Puse una denuncia hace un par de meses y hace unas semanas solicité información al juzgado. En el Servicio Común Procesal me informaron de que el trámite se halla en diligencias previas, pero que no puedo solicitar diligencias si no estoy personado en el caso.

Como tengo en principio derecho a justicia gratuita, me gustaría saber cómo debo proceder, si es ahora el momento de personarme, o si es mejor esperar a que el juez de instrucción levante acusación. Sé que la adjudicación de abogado y procurador puede durar hasta tres meses, y ya han pasado dos meses desde que se incoó el expediente. Las diligencias previas tienen un plazo de seis, así que no quiero perderme nada.

Tengo todavía mucho material que entregar para la investigación porque se trata de un delito prolongado en el tiempo, ¿admitirían este anexo con pruebas de carga sin abogado ni procurador? ¿Lo intento?

Gracias.
29/12/2023 12:46
Hola,

Es posible, dependerá mucho del funcionario en el juzgado. Siempre puedes aportarlo mediante escrito por registro de entrada en decanato. No obstante, y si tienes claro que tienes derecho a justicia gratuita, es mejor que te persones directamente con abogado y procurador, básicamente no tiene ninguna desventaja.

Un saludo.
30/12/2023 13:49
Me asombra que dependa del "funcionario del juzgado" y no del juez de instrucción.
Si contrato un abogado particular de forma temporal para enterarme de cómo van las DIP, ¿puedo transmitir el apud acta del contratado al abogado de justicia gratuita una vez que me la concedan en semanas, meses?

Y si el juez de instrucción decide no levantar acusación, ¿podríamos ir a primera instancia?
Gracias y un saludo.
03/01/2024 11:22
GnothiSeauton
Hola,

A ver, técnicamente dependería más del LAJ que del Juez, pero en cualquier caso con quien hablarías en el juzgado sería con el funcionario encargado del asunto.
Como te he dicho, puedes solicitarlo por escrito mediante registro de entrada. Si es un Leves no es necesaria la asistencia letrada.

Sí, puedes apoderar y/o designar a un letrado y/o procurador y luego a otros distintos. A los abogados del turno no hace falta apoderarlos y/o designarlos, ya que esta designación viene dada bajo la potestad del colegio de abogados y/o del propio juzgado.

Técnicamente el juez no levanta acusación, esto corresponde a las partes siempre que el juez no estime, tras la instrucción, que no hay indicios o que los hechos no revisten trascendencia penal. Básicamente el juzgado de instrucción, al final de esta, dictará una resolución en que declarará si los hechos que se denuncian se enmarcan en un supuesto penal y si hay indicios suficientes, si es así, dará traslado a las partes para que presenten escrito de acusación.

Si estamos ante un delito leve, si hay indicios y los hechos se corresponden con un tipo penal, dictará (o debería) resolución por la cual señale día y hora para la celebración de juicio de delitos leves. Si no reputa delito los hechos, dictará sobreseimiento libre.

En cualquier caso, el procedimiento judicial no suele ser sencillo, hay muchos recovecos, requisitos,... por eso es conveniente contar con profesionales que se encarguen de ello. No se en otras plazas, pero en Valencia se suele designar en un plazo inferior a un mes y, además, la solicitud puede suspender el curso del proceso.

Un saludo.
06/01/2024 01:39
elminster
Es que no sé qué hacer. Si solicitarlo ya en DIP o cuando pase al juzgado de lo penal.
La solicitud puede interrumpir el curso del proceso en DIP? Cómo se pueden enterar?
Si tardan menos de un mes en asignármelo, creo que lo haré lo más pronto posible.
07/01/2024 15:22
La denuncia que he interpuesto no es de delitos leves. Al haber diligencias previas me imagino que se trata de un procedimiento abreviado. Con lo cual no podría personarme con un escrito, me imagino. O sí? Estoy pensando en ir al juzgado de instrucción y pedir que al menos me dejen sacar fotos con el móvil del expediente. Sería factible?
09/01/2024 09:43
Hola,

Yo, personalmente, me personaría ya con abogado y procurador. Puesto que para el denunciante no es obligatoria la personación ya que fiscalía puede sustentar el procedimiento, entiendo que la solicitud no suspenderá el curso del procedimiento.

Conforme al Art. 11 del Estatuto de la Víctima del Delito, debes poder aportar cuanta documentación consideres pertinente para el esclarecimiento de los hechos. Más allá de eso, lo mejor es que comparezcas con abogado y procurador. Es muy posible que si hubieses realizado la solicitud en cuanto pusiste la denuncia, ya se te hubiesen nombrado o denegado los profesionales. En cualquier caso, no pierdes nada realizando la solicitud.

Ten en cuenta que las diligencias acordadas tras el plazo de 6 meses, no se tendrán por válidas a no ser que se solicite y acuerde la prórroga.

Un saludo.
10/01/2024 12:17
Bueno, pues he ido ya a solicitar justicia gratuita, y he llevado una copia del ejemplar al juzgado que realiza las DIP. En el SOJ me han dicho que como parte perjudicada puedo personarme.

Ya en el juzgado de instrucción con la copia, expuse mis dudas, esto es lo que me ha dicho el secretario del juzgado al preguntarle cuánto duran las DIP (yo creía que 6 meses), me ha dicho que pueden ser más, que eso depende de cómo vaya evolucionando la instrucción del caso, que suelen ser máximo de un año, pero prorrogables a 6 meses más, o sea, un año y medio.

Lo que me interesa de personarme ya en fase de DIP es aportar documentación y sobre todo, pruebas de audio y de vídeo. ¿Es esto posible con abogado y procurador?

En el juzgado de guardia me dijeron que no suelen admitir archivos de prueba, sólo el escrito de denuncia. Lo que me interesa como personado es influir en la instrucción aportando la mayoría del material con carga penal, independientemente de lo que haga la fiscalía.

¿Es posible que me denieguen la personación en fase DIP?
Si sucede, ¿qué podría hacer?

Gracias y un saludo.
10/01/2024 12:31
"Ten en cuenta que las diligencias acordadas tras el plazo de 6 meses, no se tendrán por válidas a no ser que se solicite y acuerde la prórroga."

Y la fecha de salida para que finalice la prórroga de las DIP es la de la denuncia o la de la resolución de juez incoando las DIP?
10/01/2024 13:04
GnothiSeauton
Hola,

Perdona, dije 6 meses cuando son 12. El inicio del plazo debe ser la fecha de incoación; al menos así lo entiende fiscalía.

Circular 1/2021, de 8 de abril, de la Fiscalía General del Estado:
"Puede afirmarse, por tanto, que el inicio del plazo tendrá lugar desde el momento de la incoación del procedimiento judicial, quedando excluidas del cómputo cualesquiera diligencias que la Policía Judicial o el Ministerio Fiscal hubiesen desarrollado con anterioridad a aquel momento.

Por otro lado, el cómputo del sistema de plazos de la investigación judicial se inicia y desarrolla al margen de la atribución de la condición de investigado/a, en tanto en cuanto nace desde el momento en que se incoa el procedimiento penal, aun cuando no existan elementos que permitan atribuir la comisión del hecho a persona alguna.".

Un saludo.
10/01/2024 13:29
De acuerdo, es lo que me dijo el secretario judicial. 12 meses. Prorrogables.
Queda pendiente la pregunta de si me pueden denegar la personación como persona damnificada, y de que en caso que me la admitan, -me imagino que no será inmediatamente, ¿no? de que aparezca allí con abogado y procurador- puedo aportar pruebas, vídeos, audios, en fase DIP.

Gracias.
29/01/2024 12:42
Hola,

He solicitado justicia gratuita para personarme como parte en la denuncia y me han asignado ya letrado y procurador, pero la aceptación está todavía pendiente.

¿Puedo hacer el apud acta en sede telemática de ambos previamente a la primera cita con el letrado o no es aconsejable? ¿Es más prudente hablar primero con el letrado? ¿Podría incurrir en costes adicionales antes de que me aceptasen la solicitud?

Un saludo.
31/01/2024 10:49
GnothiSeauton
Hola,

El apoderamiento del procurador y designación de letrado, cuando lo son del Turno de Oficio, se producen por los colegios respectivos, no hace falta otorgar apud acta.

Un saludo.
01/02/2024 00:46
elminster
Gracias, he hablado con el letrado y es así como usted dice.
No necesito apoderarle porque lo hace el Colegio en caso de ser denunciante y solicitante de justicia gratuita. ¿Es también Turno de Oficio?