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La mutua no me paga si no presento informes especialistas

51 Comentarios
Viendo 41 - 51 de 51 comentarios
25/08/2013 12:49
Gracias kandela por contar tu experiencia, a mi me piden un informe que me hizo la SS pero veo que la obligacion es la misma, vamos que no tengo obligacion de llevarlo.

Saludos.
09/09/2013 23:11
Hola.
Retomo este post por si alguien puede seguir ayudandome.
Resulta que despues de presentar los papeles que el medico de la mutua me pedia y confirmarme personalmente que no habia problemas, que siguiera mandando los partes y que me pagarian, a los dos dias recibo en casa un burofax con la negativa por parte del medico de pagarme, la razon es que yo ya tenia la patologia antes de empezar el ultimo trabajo y que yo la conocia, se agarra al informe que yo le presente sobre el tratamiento que yo ya tenia, vamos eran calmantes para cuando me doliera mas, pero el medico me dijo que trabajar mientras pudiera.
Alguien puede decirme si eso es legal ? negarme la prestacion por padecer la patologia con anterioridad al tarbajo ?
Decir que jamas he estado de baja por ese problema.
Es cierto que yo sabia a medias mi patologia puesto que en el momento que me ofrecieron el trabajo me hacian pruebas, radiografias, resonancia, pero de las cuales no tenia todos los resultados.
La baja me la dio el medico a las 2 semanas de empezar a trabajar al hacer un esfuerzo grande, la patologia son hernias en zona lubar y cervical.
Agradeceria cualquier consejo asi como que alguien me indique como he de actuar.
Gracias anticipadas.
10/09/2013 04:23
Por lo que cuentas: “la razon es que yo ya tenia la patologia antes de empezar el ultimo trabajo y que yo la conocia”, es alto probable que la denegación venga por que consideren que en el momento en el que tendría que haber causado la baja de la IT, tenías agotado el paro (creo haber leído eso por ahí arriba) y por tanto no existía cobertura de la misma a cargo de la entidad gestora o colaboradora de turno, y por eso ahora no quieren hacerse cargo de la misma por qué entenderán o querrán entender que has actuado fraudulentamente para obtener la prestación. Ponnos lo que dice el burofax, a ver si se trata de eso o no.

“Agradeceria cualquier consejo asi como que alguien me indique como he de actuar.”
- Si puedes, acude a algún profesional del derecho (aunque sea de sindicatos), y/o solicita la asistencia jurídica gratuita a ver si ven viable la reclamación. Yo la interpondría de todas las maneras
10/09/2013 09:43
Gracias por responder porremam.

Ahora no tengo acceso al burofax, mas tarde lo pondre.
Decir que la mutua dias antes de empezar a trabajar me hizo un reconocimiento medico con el resultado de apto para el trabajo.
No se si es cierto o no, me han comentado que cuando la mutua se niega puedo pedir el pago directo al INSS, no se si estoy diciendo una burrada pero es lo que han comentado.

Saludos.
10/09/2013 22:03
Si pero hay que cumplir unos requesitos ( ahora no me acuerdo), cuando un trabajador esta en situacion de It, se le acaba el contrato o despiden y no tiene derecho a paro se le puede pedir el pago directo, ( tampoco me acuerdo ahora de la cuantia)... estoy perdiendo facultades, a partir de mañana rabos de pasa.
11/09/2013 05:08
Jucarlos, mira a ver si en el burofax, entre otros, invocan también el art. 124.1 de la LGSS. Pues uno de los requisitos para causar derecho a las prestaciones de IT, es el de estar en activo o en situación asimilada al alta en el momento de sobrevenir la contingencia o situación protegida, y la verdad que me da que se agarran a eso para no pagarte
11/09/2013 11:36
Gracias a todos los que me estais ayudando y aconsejando.

A continuacion os copio el Burofax que he recibido y el que ha recibido la empresa.

- El trabajador viene siendo tratado de las dolencia que han originado la baja desde antes de alta en la empresa y seguridad social.

- El art. 124.1 del EDL 1/94 que exige como requisito que el beneficiario en el momento de la baja este en situacion de alta o asimilada en el momento de sobrevenir la contingencia.

Entonces si yo tengo una patologia con la que vivo y puedo trabajar,con la que en principio los medicos me autorizan para trabajar de antes, y en algun momento de mi vida me viene un problema mayor por esfuerzos u otra razon ya no tengo derechos ?

Tambien hacen referencia al articulo 132.1 a por el cual el subsidio podra ser denegado por un posible fraude y dice que es encuadrable aquella en la que un trabajador es dado de alta en el Regimen General de la S.S. para obtener la prestacion por I.T por patologia previa.

Finalizan con que en virtud al articulo 80 del real decreto 1993/95 deniegan el derecho previo examen de la documentacion.

Una semana antes del contrato y a peticion de la empresa la mutua me hizo un reconocimiento con el resultado de apto para trabajos de peso y altura.

Decir que todos los informes que poseen se los he dado yo sin pensar en ningun momento que yo no tendria derecho por tener la patologia con anterioridad y sin actuar de mala fe por mi parte en ningun momento.

No se si sirve de algo pero en el momento de yo empezar a trabajar las pruebas medicas no habian finalizado, y puesto en contacto con la mutua me indican que yo ya me estaba medicando de la patologia, concretamente a que el mismo dia del alta en la empresa el medico de cabecera me habia recetado medicamentos, eso es cierto al igual que es cierto que las molestias de espalda ya las padecia yo desde hacia bastante tiempo pero me he ido aguantando con medicamentos, el medico me reforzo la medicacion al saber de mi trabajo y del esfuerzo que haria pero en todo momento me dijo que podia trabajar o al menos que lo intentara.

Aqui tambien copio el burofax recibido por la empresa

Burofax a la empresa.

- Se deniega el derecho de la prestacion al no cumplir el articulo 124.1

- Que conste efectos desde el dia de la baja y se abstengan a abonar por nuestra cuenta al trabajador ( solo me pagaron hasta que me dieron de baja, a los 32 dias, despues pase a la mutua la cual no me ha abonado nada )

- No deberan realizar deducciones en las cotizaciones a al S.S. correspondientes a periodos posteriores a la fecha de efectos.

Añadir que...

Agradezco cualquier consejo ya que ando un poco perdido porque en el caso de que ellos tengan razon que he de hacer ?

Pedir alta medica en contra de la opinion del medico ?

Tendre problemas si pido el alta voluntaria por si en algun momento necesito baja por lo mismo ?

Si segun la mutua yo no estoy capacitado por mi patologia para trabajar que he de hacer, vivir del aire ?

La conclusion que saco es que estoy en un problema porque si yo intento trabajar y vuelvo a estar de baja no podria percibir nada por ya padecer la paotologia y encima me acusarian de fraude, es algo que no llego a comprender ya que trabajo puedo tener, gracias a dios.

Imagino que tendre que solicitar algun tipo de invalidez cosa que en principio no desearia.

Saludos.

11/09/2013 17:57
Para mí que lo mejor que puedes hacer y sin perdida de tiempo es lo que te digo más arriba:
“Si puedes, acude a algún profesional del derecho (aunque sea de sindicatos), y/o solicita la asistencia jurídica gratuita a ver si ven viable la reclamación. Yo la interpondría de todas las maneras”

Para que te hagas una idea de lo que te está pasando, te copio/pego una reseña de una sentencia del TSJ de Murcia, de 5 marzo. Recurso de Suplicación núm. 832/2000.
…, es de resaltar que el demandante no se encontraba en alta ni en situación a ella asimilada cuando le sobrevino el infarto de miocardio (el 1-11-98), que inicia el proceso de asistencia médica ininterrumpida. Y al ser requisito "sine qua non" PARA TENER DERECHO al subsidio de IT derivado de contingencia común, EL ENCONTRARSE DADO DE ALTA O EN SITUACIÓN ASIMILADA A LA MISMA, CUANDO SUCEDE LA CONTINGENCIA, es claro que debe desestimarse el recurso planteado (art. 124 y 130 LGSS). Sin que sea admisible considerar que el momento a tener en cuenta de alta se posponga a la fecha en que por los servicios médicos se expida el parte de baja, SINO QUE ES LA FECHA DEL HECHO CAUSANTE.
11/09/2013 20:33
porrermam cual fue la sentencia final ?
Le dieron la razon al trabajador o aceptaron el art. 124 ?

Saludos.
04/10/2013 09:06
porrermam o quien lo sepa, me pdrian decir como encontrar la sentencia a la que hace referencia porreman ?
le estaria mu y agradecido

Saludos.
11/12/2014 19:14
estoy de baja por contingencias comunes y la mutua va a penalizarme por no presentarme a una cita con ellos. Me dicen que me han mandado un burofax indicandome el dia de la cita pero yo no tengo constancia de tal cosa. Me piden que les haga un escrito pero como puedo yo justificar que no he tenido notificación de la fecha de la cita, gracias
12/12/2014 23:09
Usted no tiene que justificar nada porque si verdaderamente no ha recibido el burofax le es imposible.
Ellos si tienen que demostrar y certificar que usted lo recibió, porque si lo enviaron y usted lo recibió , hay constancia de ello.