Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Legados. aceptación y plazos.

1 Comentarios
 
Legados. aceptación y plazos.
27/02/2021 21:36
Mi abuela y mi tío-abuelo fallecieron dejando sendos legados a mi madre y nombrando a mi madre legataria en ambos testamentos mientras que mi tío recibió las herencias como el único heredero universal en ambos testamentos.

A mi madre le legaron tanto mi abuela como mi tio-abuelo cada uno sus participaciones (el 33,333% cada uno) en la propiedad de una casa (66,66% le legaron entre los dos a mi madre). Mi madre ya poseía el 33,33% restante desde hace 21 años. Mi tío no es propietario en ningún porcentaje de esta casa.

Aparte mi tío abuelo le legó algo de dinero de un depósito bancario. Dinero que ha sacado mi madre del banco después de que mi tío también haya sacado su parte de esa herencia de mi tío-abuelo.

Tengo entendido que un legado se adquiere propiedad de un bien desde que muere el causante pero que para hacer posesión del legado hay que pedirselo al heredero.

Teniendo en cuenta que mi tío ya ha sacado el dinero de cuentas bancarias de los dos fallecidos en base a lo expresado en ambos testamentos se entiende que está aceptando ambas herencias?

Y si está aceptando sus herencias eso significa que acepta los testamentos y por lo tanto está aceptando darle la posesión de los legados a mi madre?

Mi tío ha ido meses despues de los fallecimientos al catastro a poner la casa el 100% de la propiedad a nombre de mi madre (por el tema del IBI seguramente) y si le cobran el IBI a mi madre eso significa que mi tío también está aceptando darle la posesión a mi madre de esos legados relacionados con la casa?

En caso que estas dos últimas preguntas anteriores no signifiquen que mi tío haya dado la posesión de los legados a mi madre...
Habría que hacer algún trámite para que mi madre tomase posesión de sus legados?

Hay algún plazo para que se pueda formalizar legalmente la posesión del legado? Son cinco años?

Si se pasa ese plazo para formalizar legalmente la posesión del legado sin haberlo hecho... habría alguna consecuencia para los herencias y/o legados de mi tío y/o de mi madre y/o para ambos??O habría alguna penalización de algún tipo??

En base a todo lo que acabo de decir hasta ahora...cuanto tiempo podría esperar mi tío a darle la posesión de los legados a mi madre? Mientras no ocurre esto mi madre tiene derecho a entrar dentro la casa??y mi tío tiene derecho a entrar dentro de la casa también??

Muchas gracias por todo.
01/03/2021 20:13
Es muy probable que esas disposiciones testamentarias autoricen al legatario, es decir, a su madre, a tomar posesión de los bienes legados por sí misma. Lo cual significa que no hay plazo, en primer lugar porque la ley no fija plazo de entrega de los bienes, por lo que se entiende que la obligación del heredero empieza cuando se proclama su condición de tal en escritura pública; y en segundo lugar porque como se le dice, su madre puede tomar posesión de sus legados sin necesidad de nadie. Todo parece indicar que su tío ha aceptado tácitamente la herencia, pues está ejecutando actos como propietario, si bien se le sugiere que lo emplace a ir a notaría a aceptar la herencia, o esta se entenderá aceptada, con lo cual puede hacer la tramitación para otorgar la aceptación de su madre e inscribir. Su tío no tiene derecho a entrar en ninguna propiedad de su madre.
Legados. aceptación y plazos. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Legados. aceptación y plazos.

1 Comentarios
 
Legados. aceptación y plazos.
27/02/2021 21:36
Mi abuela y mi tío-abuelo fallecieron dejando sendos legados a mi madre y nombrando a mi madre legataria en ambos testamentos mientras que mi tío recibió las herencias como el único heredero universal en ambos testamentos.

A mi madre le legaron tanto mi abuela como mi tio-abuelo cada uno sus participaciones (el 33,333% cada uno) en la propiedad de una casa (66,66% le legaron entre los dos a mi madre). Mi madre ya poseía el 33,33% restante desde hace 21 años. Mi tío no es propietario en ningún porcentaje de esta casa.

Aparte mi tío abuelo le legó algo de dinero de un depósito bancario. Dinero que ha sacado mi madre del banco después de que mi tío también haya sacado su parte de esa herencia de mi tío-abuelo.

Tengo entendido que un legado se adquiere propiedad de un bien desde que muere el causante pero que para hacer posesión del legado hay que pedirselo al heredero.

Teniendo en cuenta que mi tío ya ha sacado el dinero de cuentas bancarias de los dos fallecidos en base a lo expresado en ambos testamentos se entiende que está aceptando ambas herencias?

Y si está aceptando sus herencias eso significa que acepta los testamentos y por lo tanto está aceptando darle la posesión de los legados a mi madre?

Mi tío ha ido meses despues de los fallecimientos al catastro a poner la casa el 100% de la propiedad a nombre de mi madre (por el tema del IBI seguramente) y si le cobran el IBI a mi madre eso significa que mi tío también está aceptando darle la posesión a mi madre de esos legados relacionados con la casa?

En caso que estas dos últimas preguntas anteriores no signifiquen que mi tío haya dado la posesión de los legados a mi madre...
Habría que hacer algún trámite para que mi madre tomase posesión de sus legados?

Hay algún plazo para que se pueda formalizar legalmente la posesión del legado? Son cinco años?

Si se pasa ese plazo para formalizar legalmente la posesión del legado sin haberlo hecho... habría alguna consecuencia para los herencias y/o legados de mi tío y/o de mi madre y/o para ambos??O habría alguna penalización de algún tipo??

En base a todo lo que acabo de decir hasta ahora...cuanto tiempo podría esperar mi tío a darle la posesión de los legados a mi madre? Mientras no ocurre esto mi madre tiene derecho a entrar dentro la casa??y mi tío tiene derecho a entrar dentro de la casa también??

Muchas gracias por todo.
01/03/2021 20:13
Es muy probable que esas disposiciones testamentarias autoricen al legatario, es decir, a su madre, a tomar posesión de los bienes legados por sí misma. Lo cual significa que no hay plazo, en primer lugar porque la ley no fija plazo de entrega de los bienes, por lo que se entiende que la obligación del heredero empieza cuando se proclama su condición de tal en escritura pública; y en segundo lugar porque como se le dice, su madre puede tomar posesión de sus legados sin necesidad de nadie. Todo parece indicar que su tío ha aceptado tácitamente la herencia, pues está ejecutando actos como propietario, si bien se le sugiere que lo emplace a ir a notaría a aceptar la herencia, o esta se entenderá aceptada, con lo cual puede hacer la tramitación para otorgar la aceptación de su madre e inscribir. Su tío no tiene derecho a entrar en ninguna propiedad de su madre.