Hola tengo una pregunta. El CP dice que será agravante el delito de lesiones a menores de 12 años de edad, entre otras agravantes. Mi pregunta es? Hay alguna diferencia entre la agresión a un menor de edad de entre 12 y 18 años y la agresión a un mayor de edad?
Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
Si la víctima fuere menor de doce años o incapaz.
Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.