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Ley Regional - Recurso de Amparo

3 Comentarios
 
Ley regional - recurso de amparo
19/12/2014 05:29
Hola. Haré un resumen rápido a ver si pueden ayudarme.
El pasado mes de Noviembre se aprobó una ley regional que deja sin efecto el derecho que teniamos algunas personas a la adjudicación directa de una licencia de taxi cuando se crearan nuevas.
Este derecho estaba reflejado en la ley nacional y ahora en la regional se ha quitado este derecho, por lo que me gustaría reclamarlo, pero no se si al tratarse de una ley hay que ir al juzgado, pedir amparo al constitucional o al defensor del pueblo ... vamos que no se cual es el camino que habría que tomar.
Si alguien puede orientarme le estaría agradecido.
Un saludo.
28/12/2014 17:10
Tiene usted que dirigirse con un escrito muy claro al organismo encargado de otorgar las licencias (Ayuntamiento, Comunidad Autónoma o el que sea). La contestación que le den, si es negativa, puede recurrirla en reposición, alzada y después ante los tribunales en vía contencioso-administrativa. Una vez que haya consumido toda la jurisdicción ordinaria puede recurrir en Amparo ante el Tribunal Constitucional; pero no puede acudir a los tribunales porque una ley le parezca injusta o contradictoria, sino invocar que a usted en concreto se le ha hecho una aplicación ilegal de aquella, de acuerdo con la constitución.
28/12/2014 21:40
Ante la ley regional aprobada no cabe recurso, hasta donde yo se, por eso estoy consultando. Al organismo encargado de dar las licencias ya se le hizo escrito antes de ser arpobada la ley y nos mandó a hacer puñetas diciendo que eso no era competencias suya (la ley regional), que era cosa de la Comunidad Autonoma. Asimismo se hizo súplica de amparo (aunque ya sabemos que era un brindis al sol) tanto al alcalde del ayuntamiento como al presidente de la Comunidad, y por supuesto ni caso. Se habló con la Comisión del Territorio de la Asamblea Regional, pero como el que oye llover, y así vamos. Ahora tenemos que dar otro paso, pero hasta donde sabemos, una ley regional solo se puede recurrir ante el tribunal constitucional si es que vulnera algun derecho protegido por la constitucion, pero como no nos responde ningún abogado de los que hemos consultado me atreví a hacer la consulta aquí. De momento hemos puesto queja al defensor del pueblo, creemos que al menos nos valdrá como inicio de procecimiento, y esperamos que si no es el organo competente en la materia nos diga donde dirigirnos exactamente si es que ve motivos en nuestra argumentación. En fin, ya veremos como acaba esto. En todo caso, gracias por contestar.
28/12/2014 21:49
Por cierto, la ley se ha aprobado por via de urgencia a propuesta del pp, por lo que no ha hecho falta ningún informe preceptivo ni consulta al consejo de gobierno, y todos los pasos que hemos ido dando están documentados y registrados. Esperemos que no se nos pasen los plazos para recurrir donde haga falta.