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¿Lo ponen en todas las resoluciones la coletilla de revisión?

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
16/02/2022 12:02
Muchas gracias, ya te digo bastante ya tenemos y encima parece que los malos somos nosotros.
Mucha suerte en todo.
Un saludo
16/02/2022 11:44
Angelito72
Entonces no te preocupes,no creo que te llamen sino te han realizado las pruebas pendientes,y si por lo que sea te llaman y sigues igual tampoco te van a decir nada,no es culpa tuya,bastante tenemos ya con nuestras lesiones o enfermedades.
16/02/2022 11:36
Estoy a la espera de más pruebas pero como esta la situación no se si llegará antes la revisión del Tribunal o las pruebas, por eso mi preocupación de aportar más informes médicos.
A la fecha solo tengo los que presente y sobre mi dolencia sigo igual inclusive con más dolor que ha principio.
Pero bueno habrá que esperar acontecimientos.
Gracias
16/02/2022 11:07
Angelito72
Si tienes nuevos llévales,yo tenía pero no me pidieron nada porque lo tenían todo actualizado,me explicaron el motivo de la revisión y todo eso...y nada mas,basándose en los informes me dijo que ya me llegaría la resolución...
16/02/2022 10:47
Hola Ragnar19 y en esta revisión es igual que las dos primeras?, hay que portar algún informe si lo tuvieras claro....
Mucha gracias
16/02/2022 10:19
La mía era revisable a partir del sexto mes...y a los 7 ya me llamaron.Esperando la resolución de nuevo...
15/02/2022 21:15
De nada, Angelito 72 lo que le digo a usted se lo digo a todo el foro :Ánimos, y siempre con actitud positiva, les deseo a todos ustedes que tengan suerte y que Dios les bendiga, saludos.
15/02/2022 21:07
Muchas gracias Facnuy por tu comentario, es tranquilizador.
Esto es un sin vivir, bastante tenemos ya con nuestras dolencias y encima hay que estar de esta manera para ver si te llaman o no y que tengan un mínimo para que te quiten la pensión, que en mi caso es el único ingreso que tengo y con dos niños pequeños.
Gracias.
15/02/2022 21:01
Hola a todos y a todas, yo se puede decir que soy nuevo en el foro porque casi nunca escribo nada, pero ya que hablan de las revisiones les cuento que a mi me ponía que podría ser revisada la incapacidad al año y medio y ya han pasado 6 años y gracias a Dios nunca me han citado, claro está que eso no quiere decir que no lo vayan ha hacer algún día, y perdonen si me he entrometido en la conversación, un saludo.
15/02/2022 18:30
Hola buenas tardes, soy nuevo en este foro.
Tengo concedida una IPT por un un problema de espalda el cual no me quieren operar ya que no me aseguran de que quede bien e incluso el dolor desaparezca, actualmente estoy a la espera de que me llamen de la unidad de dolor pero cono todo este lio del Covid tienen mucha lista de espera.
Mi duda es que en la carta de resolución pone "Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de 1-12-2022, en tanto no haya cumplido la edad mínima
establecida para acceder al derecho a la pensión de jubilación.
Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de
trabajo antes de dos años (artículo 48.2 de R.D.LEG. 2/2015, de 23 de octubre (B.O.E. 24-10-2015))" .
Me hagan pasar dicha revisión sin haber pasado antes por dicha unidad del dolor y no tenga mas informes y los cuales ya los presente en los tribunales anteriores.
La verdad que todo esto es un sin vivir, unos me dicen que no preocupe que la mayoría no se revisan otros me dicen que si que revisa, ya no se lo que pensar...
uno espera estar tranquilo para llevar lo mejor posible esta dolencia pero veo que no es asi.
Gracias por la ayuda
Un saludo
03/03/2021 19:00
Teide71
Gracias Teide 71 por contestarme y por la extension en la aclaracion, Es lo que me temo por que como esta la s.s., si me llamen despues de los 2 años y me retiren la incapacidad y me encuentre sin trabajo y sin la prestacion, ya no tiene uno edad como para buscar otra cosa , ademas como estan los juzgados saturados te puede durar un proceso tranquilamente hasta que salga el juicio un par de años, juegan tambien con eso,en fin espero que si me llaman despues por lo menos me la mantengan .Gracias de nuevo y un saludo
03/03/2021 00:34
Me temo y según tú resolución del INSS que no te llamarán en 2 años con lo cuál a efectos prácticos tú puesto de trabajo queda extinguido porque el propio INSS no prevé mejoría alguna que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de los 2 años y para que haya reserva de puesto de trabajo y según el estatuto de los trabajadores tendría que especificarlo claramente la resolución que se prevé mejoría y en tu caso no es así.
Seguramente ya no te revisarán más aunque por ley todas las incapacidades son revisables hasta la edad ordinaria de jubilación a no ser claro que comiences a trabajar en algún trabajo por el cuál te hayan reconocido la incapacidad o que hubiese habido error de diagnóstico el cuál el propio INSS pudiera instar la revisión directamente y si ese no es tu caso pues en la práctica ya no te revisarán.
Date cuenta que si el INSS ve que puede haber mejoría dentro de los 2 años pues es probable que te revisen y por eso se reserva el puesto de trabajo(no quiere decir que aunque se prevea mejoría te vayan a revisar pero si te la dan por un año o menos lo más probable que sí) pero ya te digo que si en tú resolución no se prevé mejoría como te dije antes es que no te revisarán y por lo tanto ese puesto de trabajo queda extinguido uno tendrás más relación laboral con la empresa a no ser que tú convenio colectivo diga algo al respecto de la IPT.
Saludos.
02/03/2021 19:44
Hola un saludo a tod@s
soy nuevo por aqui , quiero hacer una consulta a alguien que con su experencia propia me pueda responder , pues estoy proximo a los dos años de I.P. que me tiene que guardar la empresa el puesto de trabajo y no se lo que pasara si me llamaran antes o no , gracias

ESTO PONE EN LA RESOLUCION QUE LE ENVIARON A LA MUTUA

Se informa que en el expediente tramitado por esta Entidad, a nombre del trabajador/a cuyos datos constan en la referencia de este escrito, ha recaído resolución de fecha 29-04-2019 por la que se reconoce con efectos económicos 26-04-2019 la prestación de incapacidad permanente en el grado de total
. Fecha a partir de la cual se puede instar la revisión por agravación o mejoría: 29-05-2021
No se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años. (artículo 48.2 de la Ley del Estatuto de los trabajadores. BOE 24/10/2015).
26/02/2021 12:05
Teide71
Hola Teide71!! Eso es lo que quiero pensar que por vía online puedan documentarse y vean que no he mejorado aunque por otro lado pienso que ya de entrada tenían que haberme puesto la revisión a los 2 años. Me queda poco para la lucha por la Incapacidad Permanente Absoluta, normalmente la dan con EDSS 5 y tengo EDSS 4.5.
Se agradece tus ánimos, es una enfermedad muy j.... y lo más duro es estar viviendo todos los días igual, parece el día de la marmota.
Animos y gracias compañero!! Un abrazo desde Barcelona.
24/02/2021 18:45
Rubns
Si, es lo que me veo obligada a hacer ya prácticamente , lo único es que me da apuro que me llamen nada más llegar al país y puf vaya lío, aún lo estoy meditando. Gracias Rubns
23/02/2021 00:14
Veronna
Buenas veronna lo último que haría yo es ir al INSS a reclamar una posible cita que tuvieras ya que lo mismo ni te revisan date cuenta que lo mismo reclamas esa cita y te llegarán a citar al final el INSS podría interpretar esa urgencia por tu parte de que te revisen en la mejora de tu enfermedad y te quitarán la incapacidad. Lo que podrías hacer es irte a ese viaje y dejar a un familiar o persona de confianza que mirara tu buzón por si llegara esa citación y te lo podría comunicar y volver a España las citas mínimo una semana las dan para la visita.
22/02/2021 23:35
Teide71
Hola! Si, en algún me ayuda :)
Yo es que ya he pasado por dos revisión de valoración teniendo IPT, y por el foro me han comentado que puede ser que no me revisen este año por llevar ya dos revisiones, y ya me despierta la duda, a mi me revisaron en enero de 2020 y me llegó resolución de que podría instarse a revisión a partir de marzo de 2021, y como vosotros necesito salir al extranjero por asuntos familiares, y lo que me da miedo es que si me citan, no tenga tiempo de volver, si avisan como antes con 2 semanas o así de antelación, tengo tiempo de sobra, pero si me llegarán a avisar con solo tres días, no tendría tiempo para nada, así que no se que hacer, no se si hacer como vosotros y molestar al INSS o dejarlo así e irme, también imagina que molesto al INSS y no tienen previsto revisarme, estoy súper perdida, no se que es lo mejor, algún consejo? La verdad que nunca me habían mandado carta con posible citación para un año y tres meses después, siempre ha sido para un año justo, bueno, solo han sido dos caras para un año justo y esta tercera la del año y tres meses, y claro si me voy al extranjero, yo me voy para tres meses. Que estrés! Como tú dices se pasa mal, bien lo sabes :(
22/02/2021 16:27
Veronna
Hola veronna!
Decirte que a mi mujer la revisaron en julio de 2020 el 17 pues le habían concedido la IPT en febrero de 2019 y le pusieron que era revisable a un año (abril del 2020) pero con esto del covid todo se retrasó y fue que viendo que no nos llamaban y que teníamos que viajar al extranjero por asunto familiar de mi mujer y después de llamar y llamar para solucionar si era posible salir al extranjero estando pendiente si llamarían o no a mi mujer a revisión decidimos pedir cita en una oficina del INSS y así poder saber si se podía salir o pedir algún permiso estando pendiente esa revisión y eso fue el 9 o 10 de julio de 2020 y fue ahí que por casualidad nos dieron cita para revisión al EVI (ellos llamaron al EVI para saber si nos llamarían o no) y entonces el EVI contestó a la oficina del INSS que citaban a mi mujer el 17 de julio de 2020 todo rápido.
Pues bien, el 17 de julio mi mujer fue a revisión y ya ahí la doctora del EVI le dijo que le iba a mantener la IPT pero como todo en la vida hasta que no viniera la resolución no estábamos tranquilos y seguíamos teniendo la duda de si viajar o no pero al final decidimos de viajar ya que era asunto familiar importante, eso fue casi un mes más tarde.
Estando en el extranjero el miedo de mi mujer era que le denegasen la incapacidad permanente total y tuviera que reincorporarse al trabajo pero al final la resolución manteniéndoe la incapacidad permanente total le vino a principio de enero de este 2021 o sea unos 6 meses después de pasar revisión jejejeje! pero viendo la resolución cuando fue firmada por la directora provincial del INSS vemos que fue el 22 de septiembre de 2020 pero como está todo patas arriba y colapsado pues como te dije antes la resolución vino a casa en enero del presente año.
Al final pudimos irnos al extranjero pero es verdad que se pasa mal si no tienes 100% de seguridad de que vas a mantener la IPT aunque es verdad que la doctora del EVI ya se lo había dejado caer a mi mujer cuando fue a revisión.
Espero que más o menos te haya servido mi experiencia.
Saludos.
21/02/2021 15:54
Teide71
Se me olvidó preguntarte, leí también que fuisteis a dos INSS a preguntar y el último el 9 de julio si no recuerdo mal os dieron cita para revisión el 17 creo que dijiste, esa cita la pedisteis vosotros específicamente o te la dieron porque ellos quisieron? Yo quisiera que me dieran cita también, era mi primera idea. Muchas gracias
21/02/2021 01:58
Teide71
Hola teide, he visto varios msj tuyos sobre tu mujer que esperabais la resolución de una revisión de IP (era concedida con anterioridad?) y peguntabas que si iba a llegar sms o cuánto tardaría la carta, seguro ya llego, cuanto te tardo? Y por otro lado, yo estoy igual que vosotros necesito irme fuera y no es tanto por ocio, sino por asuntos familiares y no me voy por el asunto Del inss, a mi me pone que me revisarían a partir de marzo de 2021, yo tengo IP desde 2017 y me han revisado siempre como un clavo, no se han atrasado nunca del mes que decía, pero normalmente me enviaban carta 10/15 días antes, en este caso aún no tengo carta por lo que no tengo cita, y no se que hacer, pensé en llamar por teléfono a la unidad médica donde me revisan siempre (llevo yendo 4 años al mismo sitio) pero he llamado dos veces en noviembre para tantear la cosa y no se enteraban de nada, primero me preguntaban si soy funcionaria y luego me decían que no tenía IP. No me fio de ellos. Pero este año cogí una semana de sustitución en un trabajo después de estar sin trabajar 5 años(no se parece en nada al trabajo que desembocó la baja), así que supongo que me revisarán si o si, si siempre lo han hecho sin trabajar, ahora más, pero tengo dudas porque ya no estoy trabajando y no aparezco dada de alta, nada, me preocupe irme y que me pillen fuera, y yo me voy a otro país, necesito tiempo. Puedes ayudarme un poco? Te lo agradezco.
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16/02/2022 12:02
Muchas gracias, ya te digo bastante ya tenemos y encima parece que los malos somos nosotros.
Mucha suerte en todo.
Un saludo
16/02/2022 11:44
Angelito72
Entonces no te preocupes,no creo que te llamen sino te han realizado las pruebas pendientes,y si por lo que sea te llaman y sigues igual tampoco te van a decir nada,no es culpa tuya,bastante tenemos ya con nuestras lesiones o enfermedades.
16/02/2022 11:36
Estoy a la espera de más pruebas pero como esta la situación no se si llegará antes la revisión del Tribunal o las pruebas, por eso mi preocupación de aportar más informes médicos.
A la fecha solo tengo los que presente y sobre mi dolencia sigo igual inclusive con más dolor que ha principio.
Pero bueno habrá que esperar acontecimientos.
Gracias
16/02/2022 11:07
Angelito72
Si tienes nuevos llévales,yo tenía pero no me pidieron nada porque lo tenían todo actualizado,me explicaron el motivo de la revisión y todo eso...y nada mas,basándose en los informes me dijo que ya me llegaría la resolución...
16/02/2022 10:47
Hola Ragnar19 y en esta revisión es igual que las dos primeras?, hay que portar algún informe si lo tuvieras claro....
Mucha gracias
16/02/2022 10:19
La mía era revisable a partir del sexto mes...y a los 7 ya me llamaron.Esperando la resolución de nuevo...
15/02/2022 21:15
De nada, Angelito 72 lo que le digo a usted se lo digo a todo el foro :Ánimos, y siempre con actitud positiva, les deseo a todos ustedes que tengan suerte y que Dios les bendiga, saludos.
15/02/2022 21:07
Muchas gracias Facnuy por tu comentario, es tranquilizador.
Esto es un sin vivir, bastante tenemos ya con nuestras dolencias y encima hay que estar de esta manera para ver si te llaman o no y que tengan un mínimo para que te quiten la pensión, que en mi caso es el único ingreso que tengo y con dos niños pequeños.
Gracias.
15/02/2022 21:01
Hola a todos y a todas, yo se puede decir que soy nuevo en el foro porque casi nunca escribo nada, pero ya que hablan de las revisiones les cuento que a mi me ponía que podría ser revisada la incapacidad al año y medio y ya han pasado 6 años y gracias a Dios nunca me han citado, claro está que eso no quiere decir que no lo vayan ha hacer algún día, y perdonen si me he entrometido en la conversación, un saludo.
15/02/2022 18:30
Hola buenas tardes, soy nuevo en este foro.
Tengo concedida una IPT por un un problema de espalda el cual no me quieren operar ya que no me aseguran de que quede bien e incluso el dolor desaparezca, actualmente estoy a la espera de que me llamen de la unidad de dolor pero cono todo este lio del Covid tienen mucha lista de espera.
Mi duda es que en la carta de resolución pone "Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de 1-12-2022, en tanto no haya cumplido la edad mínima
establecida para acceder al derecho a la pensión de jubilación.
Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de
trabajo antes de dos años (artículo 48.2 de R.D.LEG. 2/2015, de 23 de octubre (B.O.E. 24-10-2015))" .
Me hagan pasar dicha revisión sin haber pasado antes por dicha unidad del dolor y no tenga mas informes y los cuales ya los presente en los tribunales anteriores.
La verdad que todo esto es un sin vivir, unos me dicen que no preocupe que la mayoría no se revisan otros me dicen que si que revisa, ya no se lo que pensar...
uno espera estar tranquilo para llevar lo mejor posible esta dolencia pero veo que no es asi.
Gracias por la ayuda
Un saludo
03/03/2021 19:00
Teide71
Gracias Teide 71 por contestarme y por la extension en la aclaracion, Es lo que me temo por que como esta la s.s., si me llamen despues de los 2 años y me retiren la incapacidad y me encuentre sin trabajo y sin la prestacion, ya no tiene uno edad como para buscar otra cosa , ademas como estan los juzgados saturados te puede durar un proceso tranquilamente hasta que salga el juicio un par de años, juegan tambien con eso,en fin espero que si me llaman despues por lo menos me la mantengan .Gracias de nuevo y un saludo
03/03/2021 00:34
Me temo y según tú resolución del INSS que no te llamarán en 2 años con lo cuál a efectos prácticos tú puesto de trabajo queda extinguido porque el propio INSS no prevé mejoría alguna que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de los 2 años y para que haya reserva de puesto de trabajo y según el estatuto de los trabajadores tendría que especificarlo claramente la resolución que se prevé mejoría y en tu caso no es así.
Seguramente ya no te revisarán más aunque por ley todas las incapacidades son revisables hasta la edad ordinaria de jubilación a no ser claro que comiences a trabajar en algún trabajo por el cuál te hayan reconocido la incapacidad o que hubiese habido error de diagnóstico el cuál el propio INSS pudiera instar la revisión directamente y si ese no es tu caso pues en la práctica ya no te revisarán.
Date cuenta que si el INSS ve que puede haber mejoría dentro de los 2 años pues es probable que te revisen y por eso se reserva el puesto de trabajo(no quiere decir que aunque se prevea mejoría te vayan a revisar pero si te la dan por un año o menos lo más probable que sí) pero ya te digo que si en tú resolución no se prevé mejoría como te dije antes es que no te revisarán y por lo tanto ese puesto de trabajo queda extinguido uno tendrás más relación laboral con la empresa a no ser que tú convenio colectivo diga algo al respecto de la IPT.
Saludos.
02/03/2021 19:44
Hola un saludo a tod@s
soy nuevo por aqui , quiero hacer una consulta a alguien que con su experencia propia me pueda responder , pues estoy proximo a los dos años de I.P. que me tiene que guardar la empresa el puesto de trabajo y no se lo que pasara si me llamaran antes o no , gracias

ESTO PONE EN LA RESOLUCION QUE LE ENVIARON A LA MUTUA

Se informa que en el expediente tramitado por esta Entidad, a nombre del trabajador/a cuyos datos constan en la referencia de este escrito, ha recaído resolución de fecha 29-04-2019 por la que se reconoce con efectos económicos 26-04-2019 la prestación de incapacidad permanente en el grado de total
. Fecha a partir de la cual se puede instar la revisión por agravación o mejoría: 29-05-2021
No se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años. (artículo 48.2 de la Ley del Estatuto de los trabajadores. BOE 24/10/2015).
26/02/2021 12:05
Teide71
Hola Teide71!! Eso es lo que quiero pensar que por vía online puedan documentarse y vean que no he mejorado aunque por otro lado pienso que ya de entrada tenían que haberme puesto la revisión a los 2 años. Me queda poco para la lucha por la Incapacidad Permanente Absoluta, normalmente la dan con EDSS 5 y tengo EDSS 4.5.
Se agradece tus ánimos, es una enfermedad muy j.... y lo más duro es estar viviendo todos los días igual, parece el día de la marmota.
Animos y gracias compañero!! Un abrazo desde Barcelona.
24/02/2021 18:45
Rubns
Si, es lo que me veo obligada a hacer ya prácticamente , lo único es que me da apuro que me llamen nada más llegar al país y puf vaya lío, aún lo estoy meditando. Gracias Rubns
23/02/2021 00:14
Veronna
Buenas veronna lo último que haría yo es ir al INSS a reclamar una posible cita que tuvieras ya que lo mismo ni te revisan date cuenta que lo mismo reclamas esa cita y te llegarán a citar al final el INSS podría interpretar esa urgencia por tu parte de que te revisen en la mejora de tu enfermedad y te quitarán la incapacidad. Lo que podrías hacer es irte a ese viaje y dejar a un familiar o persona de confianza que mirara tu buzón por si llegara esa citación y te lo podría comunicar y volver a España las citas mínimo una semana las dan para la visita.
22/02/2021 23:35
Teide71
Hola! Si, en algún me ayuda :)
Yo es que ya he pasado por dos revisión de valoración teniendo IPT, y por el foro me han comentado que puede ser que no me revisen este año por llevar ya dos revisiones, y ya me despierta la duda, a mi me revisaron en enero de 2020 y me llegó resolución de que podría instarse a revisión a partir de marzo de 2021, y como vosotros necesito salir al extranjero por asuntos familiares, y lo que me da miedo es que si me citan, no tenga tiempo de volver, si avisan como antes con 2 semanas o así de antelación, tengo tiempo de sobra, pero si me llegarán a avisar con solo tres días, no tendría tiempo para nada, así que no se que hacer, no se si hacer como vosotros y molestar al INSS o dejarlo así e irme, también imagina que molesto al INSS y no tienen previsto revisarme, estoy súper perdida, no se que es lo mejor, algún consejo? La verdad que nunca me habían mandado carta con posible citación para un año y tres meses después, siempre ha sido para un año justo, bueno, solo han sido dos caras para un año justo y esta tercera la del año y tres meses, y claro si me voy al extranjero, yo me voy para tres meses. Que estrés! Como tú dices se pasa mal, bien lo sabes :(
22/02/2021 16:27
Veronna
Hola veronna!
Decirte que a mi mujer la revisaron en julio de 2020 el 17 pues le habían concedido la IPT en febrero de 2019 y le pusieron que era revisable a un año (abril del 2020) pero con esto del covid todo se retrasó y fue que viendo que no nos llamaban y que teníamos que viajar al extranjero por asunto familiar de mi mujer y después de llamar y llamar para solucionar si era posible salir al extranjero estando pendiente si llamarían o no a mi mujer a revisión decidimos pedir cita en una oficina del INSS y así poder saber si se podía salir o pedir algún permiso estando pendiente esa revisión y eso fue el 9 o 10 de julio de 2020 y fue ahí que por casualidad nos dieron cita para revisión al EVI (ellos llamaron al EVI para saber si nos llamarían o no) y entonces el EVI contestó a la oficina del INSS que citaban a mi mujer el 17 de julio de 2020 todo rápido.
Pues bien, el 17 de julio mi mujer fue a revisión y ya ahí la doctora del EVI le dijo que le iba a mantener la IPT pero como todo en la vida hasta que no viniera la resolución no estábamos tranquilos y seguíamos teniendo la duda de si viajar o no pero al final decidimos de viajar ya que era asunto familiar importante, eso fue casi un mes más tarde.
Estando en el extranjero el miedo de mi mujer era que le denegasen la incapacidad permanente total y tuviera que reincorporarse al trabajo pero al final la resolución manteniéndoe la incapacidad permanente total le vino a principio de enero de este 2021 o sea unos 6 meses después de pasar revisión jejejeje! pero viendo la resolución cuando fue firmada por la directora provincial del INSS vemos que fue el 22 de septiembre de 2020 pero como está todo patas arriba y colapsado pues como te dije antes la resolución vino a casa en enero del presente año.
Al final pudimos irnos al extranjero pero es verdad que se pasa mal si no tienes 100% de seguridad de que vas a mantener la IPT aunque es verdad que la doctora del EVI ya se lo había dejado caer a mi mujer cuando fue a revisión.
Espero que más o menos te haya servido mi experiencia.
Saludos.
21/02/2021 15:54
Teide71
Se me olvidó preguntarte, leí también que fuisteis a dos INSS a preguntar y el último el 9 de julio si no recuerdo mal os dieron cita para revisión el 17 creo que dijiste, esa cita la pedisteis vosotros específicamente o te la dieron porque ellos quisieron? Yo quisiera que me dieran cita también, era mi primera idea. Muchas gracias
21/02/2021 01:58
Teide71
Hola teide, he visto varios msj tuyos sobre tu mujer que esperabais la resolución de una revisión de IP (era concedida con anterioridad?) y peguntabas que si iba a llegar sms o cuánto tardaría la carta, seguro ya llego, cuanto te tardo? Y por otro lado, yo estoy igual que vosotros necesito irme fuera y no es tanto por ocio, sino por asuntos familiares y no me voy por el asunto Del inss, a mi me pone que me revisarían a partir de marzo de 2021, yo tengo IP desde 2017 y me han revisado siempre como un clavo, no se han atrasado nunca del mes que decía, pero normalmente me enviaban carta 10/15 días antes, en este caso aún no tengo carta por lo que no tengo cita, y no se que hacer, pensé en llamar por teléfono a la unidad médica donde me revisan siempre (llevo yendo 4 años al mismo sitio) pero he llamado dos veces en noviembre para tantear la cosa y no se enteraban de nada, primero me preguntaban si soy funcionaria y luego me decían que no tenía IP. No me fio de ellos. Pero este año cogí una semana de sustitución en un trabajo después de estar sin trabajar 5 años(no se parece en nada al trabajo que desembocó la baja), así que supongo que me revisarán si o si, si siempre lo han hecho sin trabajar, ahora más, pero tengo dudas porque ya no estoy trabajando y no aparezco dada de alta, nada, me preocupe irme y que me pillen fuera, y yo me voy a otro país, necesito tiempo. Puedes ayudarme un poco? Te lo agradezco.