No puede haber una condena en costas contra alguien que no ha tenido la oportunidad de defenderse. Ese asunto habría que verlo, pues parece que el pleito ya existía en el momento en que la persona (física o jurídica) titular de esos terrenos los vendió, lo cual presupone que alguien fue demandado. Fuera de esta posibilidad, no puede nadie ser condenado a nada si no es parte procesal.
Antes de condenarla en costas, usted ha sido demandada. Ha tenido la oportunidad de contestar a la demanda, de presentar pruebas, de hacer valer su postura en un juicio con todas las garantías, en definitiva, ha podido defenderse. Que un demandado haga negocios con el objeto litigioso (como venderlo) jamás le va a sustraer de su posición procesal, porque de otra forma todo el que fuese demandado podría librarse vendiendo o donando aquello por lo que fue demandado. Por lo tanto, puede usted acogerse al sistema de recursos para quien ha sido vencido en juicio.
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, hace unos años vendí unos terrenos que tenían un litigio con La Caixa, los compró un promotor. Este promotor ahora ha perdido el juicio, y como es insolvente, me condenan en costas a mi como vendedora del terreno. Ascienden a 40.000 euros. Esto es así? Que puedo recurrir? Hay alguna ley que me proteja ya que se vendió el terreno con el litigio? Muchas gracias anticipadas.