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medidas previas custodia compartida

2 Comentarios
 
Medidas previas custodia compartida
28/04/2009 16:18
Hola buenos días. Mi hermano se está divorciando y su abogada presentó demanda de medidas provisionalíismas pidiendo la custodia compartida para mi hermano . Ya salió el auto y le han dado la custodia a ella. Hay tiempo hasta el 25 de mayo para presentar la demanda de divorcio. La duda es la siguiente: Mi hermano considera que ha ido muy mal aconsejado por su abogada que lo único que ha hecho ha sido desprestigiar a la madre y sigue erre que erre con el mismo tema. Ya es banstante dificil que le den la compartida si la abogada sólo crea mala relación con el otro abogado y por lo tanto con mi hermano y su ex. Mi hermano se está pensando en dejar pasar el plazo de los 30 días y dejar que caduquen estas medidas, y con un nuevo abogado pasado un tiempo prudencial presentar nueva demanda de divorcio. Hay una duda: quien tendría que presentar la demanda de divorcio dentro de los 30 días después del auto, o sea hasta el 25 de mayo? ¿mi hermano que fue el demandante o puede también la otra parte hacerlo? Sería prudente una actuación como la expuesta? Tal como ha ido y va la cosa está todo perdido!

Gracias
28/04/2009 19:27
Realmente desprestigiar a la otra parte no es necesario y efectivamente, es contraproducente porque suele poner en contra al Juez que es quien va a resolver el tema. En cualquier demanda deben exponerse hechos y relacionarlos con las pruebas que se presentan y los fundamentos jurídicos en los que se basa la petición, el desprestigio del contrario, sólo lanza lodo contra quien lo utiliza. Pero efectivamente tiene dos opciones: la que Vd. dice o bien contratar otro abogado para que se haga cargo de la demanda pues pagados los honorarios a la anterior, tiene obligación de conceder la venia al nuevo abogado que se la pida y si Vd. no quiere presentar la demanda, una vez pague los anteriores honorarios, debe dejarlo claro y solicitar la inmediata devolución de la documentación dentro del plazo que indica (30 días), no vayan a presentar la demanda contra su voluntad.
La demanda tiene que presentarla lógicamente quien pide las medidas, aunque nada impide que la presente la otra parte.
Un saludo.
29/04/2009 16:07
Gracias Nuria. Mi hermano haconsultado con otro abogado y le recomienda que lo mejor es que pacte una exclusiva con un régimen de visitas muy amplio, ya que de hecho ella a la práctica ya le daría una compartida pero quiere que conste escrito que es una exclusiva por si quiere cambiar de ciudad, es de Barcelona y están viviendo en Girona desde hace 9 años. A ella le han dicho que con una exclusiva podría marcharse a Barcelona cuando quisiera y si tuvieran una compartida no . Po el mismo motivo mi hermano quiere que conste escrito que es una custodia compartida. Le han dicho que más fácil conseguir la custodia exclusiva para él si ella decidiera marcharse a otra ciudad que ahora la compartida. Es cierto? No cambiaba o había cambiado la Ley en Catalunya?
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Medidas previas custodia compartida
28/04/2009 16:18
Hola buenos días. Mi hermano se está divorciando y su abogada presentó demanda de medidas provisionalíismas pidiendo la custodia compartida para mi hermano . Ya salió el auto y le han dado la custodia a ella. Hay tiempo hasta el 25 de mayo para presentar la demanda de divorcio. La duda es la siguiente: Mi hermano considera que ha ido muy mal aconsejado por su abogada que lo único que ha hecho ha sido desprestigiar a la madre y sigue erre que erre con el mismo tema. Ya es banstante dificil que le den la compartida si la abogada sólo crea mala relación con el otro abogado y por lo tanto con mi hermano y su ex. Mi hermano se está pensando en dejar pasar el plazo de los 30 días y dejar que caduquen estas medidas, y con un nuevo abogado pasado un tiempo prudencial presentar nueva demanda de divorcio. Hay una duda: quien tendría que presentar la demanda de divorcio dentro de los 30 días después del auto, o sea hasta el 25 de mayo? ¿mi hermano que fue el demandante o puede también la otra parte hacerlo? Sería prudente una actuación como la expuesta? Tal como ha ido y va la cosa está todo perdido!

Gracias
28/04/2009 19:27
Realmente desprestigiar a la otra parte no es necesario y efectivamente, es contraproducente porque suele poner en contra al Juez que es quien va a resolver el tema. En cualquier demanda deben exponerse hechos y relacionarlos con las pruebas que se presentan y los fundamentos jurídicos en los que se basa la petición, el desprestigio del contrario, sólo lanza lodo contra quien lo utiliza. Pero efectivamente tiene dos opciones: la que Vd. dice o bien contratar otro abogado para que se haga cargo de la demanda pues pagados los honorarios a la anterior, tiene obligación de conceder la venia al nuevo abogado que se la pida y si Vd. no quiere presentar la demanda, una vez pague los anteriores honorarios, debe dejarlo claro y solicitar la inmediata devolución de la documentación dentro del plazo que indica (30 días), no vayan a presentar la demanda contra su voluntad.
La demanda tiene que presentarla lógicamente quien pide las medidas, aunque nada impide que la presente la otra parte.
Un saludo.
29/04/2009 16:07
Gracias Nuria. Mi hermano haconsultado con otro abogado y le recomienda que lo mejor es que pacte una exclusiva con un régimen de visitas muy amplio, ya que de hecho ella a la práctica ya le daría una compartida pero quiere que conste escrito que es una exclusiva por si quiere cambiar de ciudad, es de Barcelona y están viviendo en Girona desde hace 9 años. A ella le han dicho que con una exclusiva podría marcharse a Barcelona cuando quisiera y si tuvieran una compartida no . Po el mismo motivo mi hermano quiere que conste escrito que es una custodia compartida. Le han dicho que más fácil conseguir la custodia exclusiva para él si ella decidiera marcharse a otra ciudad que ahora la compartida. Es cierto? No cambiaba o había cambiado la Ley en Catalunya?