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Mi padre queda viudo, se vuelve a casar y tiene dos hijos

4 Comentarios
 
Mi padre queda viudo, se vuelve a casar y tiene dos hijos
16/10/2020 07:22
Buenas!

os escribo para ver si me podéis aclarar esta situación, ya que no entiendo mucho.

Mi madre falleció cuando yo tenía 3 años. Mi padre se volvió a casar, en régimen de gananciales, y ha tenido otros dos hijos de este segundo matrimonio.
Mi padre ha fallecido y ahora se está haciendo el reparto de la herencia.

Lo primero que se está haciendo es disolviendo la sociedad ganancial, dividiendo los bienes al 50 % entre el fallecido y la viuda (Prácticamente todo lo que tienen lo adquirieron juntos).

La parte de mi padre se va a repartir entre los tres hermanos y mi duda es con la parte de la viuda.
Según el código civil son hijos legítimos los habidos dentro y fuera del matrimonio, pero de la parte de la viuda, que se ha adquirido todo en gananciales, tengo algún derecho a herencia el día que fallezca?

Muchas gracias.

Saludos
16/10/2020 13:23
De la viuda de su padre no tiene nada que heredar ni ninguna relación patrimonial sucesoria. Son sus hermanos quieren heredarán a su madre, que ya habrá consolidado su mitad ganancial y será al 100% de ella, lo que le corresponda.
22/10/2020 07:21
Grisolía
Muchas gracias por la respuesta.

Tengo otra pregunta.

El asesor que está gestionando la herencia, ha sido contratado por uno de mis hermanos, me dice que los bienes que heredó mi padre, hay que dividirlos al 50 %, pues pertenecen a la sociedad de gananciales. Yo entiendo que los bienes privativos, no se tienen que dividir.
Por otro lado, la viuda, posee unos terrenos que se han adquirido durante el matrimonio, con dinero de los dos, pero que están puestos en registro al 100 % a nombre de ella. ¿Estos también se deberían dividir al 50 % al disolver la sociedad de gananciales del matrimonio?

Saludos
22/10/2020 08:27
Los bienes adquiridos por herencia son siempre privativos, por lo que solo tendrán el carácter de ganancial si el heredero aporta a la sociedad matrimonial el bien en cuestión mediante escritura pública y declara satisfecho su derecho a reembolso. Si no existe esa escritura, lo adquirido por herencia es de su padre exclusivamente. En cuanto a la compra efectuada por la esposa, en la escritura tiene que aparecer una mención al matrimonio de la misma, y habiendo esa mención, se tiene que explicitar con qué carácter, privativo o ganancial, se adquiere esa propiedad. Si no se dice nada del marido, el bien se presume ganancial. Y siga este consejo: vigile con otro profesional el reparto que están haciendo sus hermanos y el gestor.
25/10/2020 12:23
jebargo
Efectivamente, Vd. necesita un abogado que vele por sus intereses. El primer paso que tendría que hacer es la disolución de la primera sociedad ganancial, la de los padres de Vd., que al ser hijo único, y por lo tanto único heredero de su madre, le corresponde el 50%. Le sugeriría que se acercara al Registtro de la Propiedad y obtuviera las notas "completas", no solo de los bienes actuales, sino de todos los que Vd. tenga constancia de que se hayan vendido, y así podrá demostrar la titularidad en origen de los mismos.
Como le han indicado un bien privativo al "cambiarse " por otro, no deja de ser privativo, a menos de que su padre haya hecho una aportación a la segunda sociedad ganancial, en cuyo caso dicha sociedad tendrá obligación de reembolso a su padre por las cantidades aportadas.
Pero le repito, todo esto hay que demostrarlo, por lo que le sugiero que vaya al Registro de la Propiedad. Le van a preguntar que cual es su interés legitimo. Ponga "herencia". No tiene que dar mas explicaciones. Y con toda la documentación que sea capaz de obtener, contrate un abogado de su confianza.