Si B paga a A y así consta en la escritura, B debe pagar todo lo que le corresponda independientemente de que tenga un moroso en su comunidad. Si B no cumple su obligación íntegramente, tendrán que exigírselo según el procedimiento legal, pero no se puede privar del derecho de paso a nadie.
Si la Comunidad B no paga argumentando que uno de sus componentes no paga, a la Comunidad A le corresponde reclamar el pago a la Comunidad B y no al componente.