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Multa por incumplimento de visitas

45 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 45 comentarios
Multa por incumplimento de visitas
21/09/2011 23:08
¿De cuanto suele ser la multa por incumplimiento del regimen de visitas?
22/09/2011 02:29
Si incumple el custodio, la primera, entre sesenta y ciento ochenta euros, aumentando las siguientes. Tras varias condenas puede ser posible que exista un cambio de custodia si lo solicita el no custodio.
22/09/2011 03:21
Hola:

De las condenas que ha tenido mi ex le puedo decir que la primera, la mínima, fue de 90 euros, la última de 300 euros.

Resultado de las denuncias, global, incluidas las falsas por su parte, tres, que me intentó colar, pues que a la próxima va al Hotel Rejas, con cambio de custodia incluída. De momento, la lluvia parece que ha calado.

El cambio de custodia se suele dar por el incumplimiento reiterado por parte del custodio del régimen de estancia. Si el incumplimiento lo realiza el no custodio es probable que se le retire dicho régimen.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
22/09/2011 15:56
Muchas gracias, y otra pregunta: ¿como puedo yo denunciar al no custodio por incumplimento de regimen? porque no tiene dias establecidos si no que tiene 2 dias a la semana a eligir depende de sus turnos de trabajo y me los tiene que avisar con una semana de antelacion. ¿como podria hacerlo?

Gracias.
22/09/2011 16:02
Lauramaco89, podrá denunciar si no le avisa con una semana de antelación qué días elige, como exige la sentencia, o si eligiendo los días no recogiera o entregara al menor dichos días dentro del horario determinado en sentencia.

Antes de denunciar, o al tiempo, puede proceder realizar ejecución de sentencia, con abogado y procurador.
22/09/2011 16:12
Entonces si simplemente una semana o dos o un mes entero no me avisa de que se lo quiera llevar no lo puedo denunciar? porque se tira alomejor 2 meses seguidos sin dar señales de vida...
Otra cosita, eso de ejecucion de sentencia que seria?

Gracias !
22/09/2011 16:17
Lauramaco,

Al revés.

Por lo que ud cuenta él debe avisarle con una semana de antelación. Si no lo hace y, además, no acude, ud es cuando ahí puede denunciar dichos incumplimientos.

A mí se me llama 'cansina' por hablar de los burofax pero yo le recomiendo que cada vez que proceda avisar de tales días, le indique a él que lo haga a través de dichos burofax.

¿Que no lo hace y no acude? Denuncie. Las denuncias prosperarán o no dependiendo de varios factores. Yo aconsejo tener pruebas, de ahí los burofax junto con la sentencia para probar que él no se ha puesto en contacto ni acudido a por el menor.

Ejecución de sentencia sería instarle a él a que cumpla la sentencia, independientemente de que se entre en otro tipo de valoraciones o consecuencias.

22/09/2011 16:20
Sí, puede denunciar cada vez que no le avise que días recogera a los hijos comunes, o si avisándola no los recoge o entrega conforme a los horarios que señale la sentencia.

Ejecutar la sentencia es promover que el juez advierta al no custodio que debe comunicarle con una semana de antelación las visitas, y cumplirlas. Una vez hecho ese trámite el no custodio ya no tiene disculpa al respecto, si incumple las visitas infringe en relación al derecho de los hijos de relacionarse con él y desobedece una sentencia ejecutada.
22/09/2011 16:21
Si, el caso es que el cada vez que me ha avisado a sido por burofax pero en 7 meses solo me ha avisado 4 veces cuando a podido hacerlo todas las semanas...
Entonces que lo denuncio por semana? Cada semana que no venga le pongo una denuncia por ejemplo cada lunes de la siguiente semana?
22/09/2011 16:24
Lauramaco,

Pues.. sí. Desgraciadamente así es.

No digo que deba hacerlo. Digo que PUEDE hacerlo así.

Ud debe decidir al final cada cuanto pone las denuncias.

De todas formas, tenga en cuenta que se suele decir que cuanto más se tarda en poner una denuncia así se valorará tb la importancia que le da uno al asunto.
22/09/2011 16:26
Ok, pues muchas gracias a todos por vuestra ayuda,
Un saludo.
01/10/2011 14:22
mi consejo es que vayas acumulando faltas para proceder a la denucia pues economicamente no te va a venir bien
01/10/2011 23:59
pero yo tengo entendido que hay que denunciar cada vez que halla un incumplimiento y asi tambien es mas grave xk si te esperas a ke lo incumpla 4 veces y le pones una denuncia no es lo mismo ke si le pones 4 denuncias, esta ultima seria mas grave ademas xk dices lo de economicamente? yo tengo abogado de oficio asi ke ntpc me importa x eso,
gracias y un saludo
02/10/2011 00:13
Lauramaco,

Verás, hay distintos criterios a la hora de la acumulación o no de incumplimientos en denuncias.

La cuestión, según veo yo, es : ¿Cómo se deja constancia, a toro pasado? Por eso recomiendo denunciar el mismo día y, de hecho, insistir en que acudan al lugar de los incumplimientos, que es el lugar del conflicto como tal, a lo que están obligados.

La primera denuncia que tuve que poner yo, llamé por teléfono para que vinieran y me dijeron que tenía que acudir a comisaría porque tenía que ser presencial y no me parece de recibo que no constaten que si un menor realmente se ha ido o no pero yo no sabía que tenían obligación de acudir al lugar del conflicto.

En mi caso, las denuncias van saliendo adelante y a cada denuncia llevo la anterior para reforzar la última.
02/10/2011 09:35
Pues no , la primerA no necesite a nadie. De la casas fui para comisaría con mi convenio y ha sido condenada . Lo de económicamente lo digo porque tengo el
Mejor abogado en familia y es bastante caro pero es un fiera todo por mis hijos , sobre todo me refiero lo de acumular por el tiempo también pasas toda la mañana en los juGados y tu trabajo el que te da para seguir adelante con todo esto.
02/10/2011 10:29
En fin lo único que sirve las denuncias es para acumular faltas en un procedimiento en el que argumentes la negación de ella a que tengas relación con tus hijos
03/10/2011 08:48
Ahora mismo voy a los juzgados haber si ha salido la segunda sentencia por falta ya os contare ,ojalá la castigen
03/10/2011 16:15
Yo es que tengo un cacao mental con esto que no veas, es que veréis en mi convenio pone:
"“Hasta que el menor cumpla los 3 años, el padre podrá tener al hijo en su compañía dos tardes a la semana desde las 18:00 horas hasta las 20:00 horas. Dichos días será preavisados por el padre según los horarios de su turno de trabajo con una semana de antelación. También corresponderá al padre dos domingos al mes, según sus turnos de trabajo que serán preavisados al comienzo de cada mes y cuyo horario será desde las 12:00 horas hasta las 20:00 horas.”
Vale pues esto quiere decir que tiene la obligacion de llevarselo 2 tardes cada semana no?
Pero me pongo a pensar y digo como pone "podrá tener al hijo en su compañia" a ver si el piensa que eso no lo esta obligando y x eso se puede pasar 3 semanas perfectamente sin venir a x su hijo y yo ya me he decidido que cada vez semana que no venga le pondré una denuncia por que ya estoy harta pero aun no estoy segura 100% de lo que quiere decir el convenio xk si es como creo yo ke el piensa entonces se puede tirar 1 mes entero sin venir y no le puede pasar nada no? eso no puede ser así...
A ver si me podéis ayudar, gracias !
03/10/2011 16:42
Lo mejor es que hables con el,lo que entiende en el convenio,el tiene obligación como padre creo que eso no esta bien redactado
03/10/2011 23:00
Lauramaco,


El convenio está muy claro. No te compliques.

- Para las dos tardes intersemanables de 18 a 20: Avisar con 1 semana de antelación (diciendo cuando va)

- Para los dos domingos: Avisar al comienzo de cada mes.


Así que sí, está incumpliendo reiteradamente: 3 semanas sin venir a por su hijo, dices.

Laura, al principio se contarán como faltas, si sigue incumpliendo se considerará comportamiento reiterado y/o habitual y podrá ser juzgado por penal.

Chioal,

Si él no entiende igualmente está en su obligación de pedir aclaración y no de hacer lo que está haciendo. No echemos el peso sobre una persona cuando la responsabilidad sobre los hijos recaen en dos, sea del tiempo que sea el régimen de estancia, la visita o lo que sea.