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Notificación finalización de contrato arrendamiento vía email

7 Comentarios
 
Notificación finalización de contrato arrendamiento vía email
04/02/2019 18:08
Buenas tardes y agradeciendo por adelantado su ayuda. Mi contrato de arrendamiento actual vence el 28-02-19, me comunicaron el último día de plazo y a última hora vía email NO certificado e incluyendo un archivo pdf que ponía en su cabecera BUROFAX pero que no lo era, naturalmente, la intención de no renovación del mismo por parte del propietario ( a través de la administración de fincas ). Ese email no lo he contestado.
En otro email diferente y ya por parte de la persona encargada de la administradora de fincas de mi contrato, se me indica que se me ofrece continuar subiendo la renta y nada más, ese email si lo he contestado.
A mi me interesa quedarme pero no firmar un nuevo contrato ya que en un plazo menor al año tendré mi piso. Puedo oponerme por defecto de forma en la comunicación ?? , si es así ¿cómo lo tengo que hacer ??, .... , llegados al punto de no ponernos de acuerdo supongo que tendría que consignar el alquiler en el juzgado y solicitarlo al mismo ... ¿cómo lo tendría que hacer ??
04/02/2019 20:05
Fernando64
El caso es que si el contrato es por plazo anual, la prórroga, tanto si acepta la subida como si decide maniobrar para oponerse argumentando que la notificación de resolución no es válida, sería por un año.

Y por lo tanto, daría derecho al arrendador a exigir la renta completa del año.

Hay maneras de "forzar" otras soluciones jugando con los plazos que forzosamente conlleva una resolución de contrato por vía judicial, pero eso debe quedar a criterio de cada uno.

Yo le recomiendo, recomendación estrictamente personal y al margen de lo que pueda o no hacerse, porque ahora parece que para todo "si se puede", que exponga claramente la situación al casero y procure negociar una renta y una duración en meses (asegúrese de que luego no le van a "dejar tirado" con la entrega de su piso en propiedad).

Porque, antes de buscar soluciones imaginativas, debe tener en cuenta que los incumplimientos que le vengan bien hoy serán tal vez responsabilidades que le exijan mañana, y en principio, si Vd. va a tener piso y nómina, no podrá eludir dichas responsabilidades mucho tiempo.
05/02/2019 07:58
Fernando64
Yo opino lo mismo que Hoplon: hable con el casero a ver si puede quedarse un añito mas.
19/02/2019 11:37
Fernando64
Buenos días Fernando64,el preaviso para la resolución o finalización del contrato debe ser fehaciente (burofax con acuse de recibo y certificado de contenido) y en un plazo de 30 días antes de la finalización del mismo.
En cuanto al vencimiento del contrato habría que conocer la fecha de su firma para saber si venció realmente el 28/02/2019 o está en la "prorroga forzosa" y en dicho caso el propietario solo puede actualizar el alquiler anualmente conforme al sistema pactado en el contrato o en el caso en que las partes no hayan pactado un acuerdo, se aplicará el IPC.
19/02/2019 11:43
Fernando64
De acuerdo, pero hay que tener en cuenta que cada vez mas los juzgados admiten el whatsapp como forma "fehaciente" de notificacion.
21/02/2019 09:03
Fernando64
tengo inquilino ue pretende pagar mensualidad con facturas hechas por el de materiales de conservacion de la casa. Ademas, no paga el suministro electrico. Ha traido cinco perros.Gracias
21/02/2019 09:42
Tinieblo
Tinieblo: usted no está obligado a aceptar otra forma de pago que no sea dinero de curso legal. Y le recomiendo que no transija en esto.

En cuanto a los perros, habría que examinar el contrato: si no se prohiben ni tampoco los prohiben los estatutos de la finca deberá aceptarlos, a no ser que perturben la convivencia, en cuyo caso hay acción para resolver el contrato.
21/02/2019 10:53
Hoplon
Coincido totalmente con la acertada respuesta de Hoplon, y me permito matizar que si el inquilino sigue en sus trece de pagar con "trabajos" puede demandarle por falta de pago.,
Notificación finalización de contrato arrendamiento vía email | PorticoLegal
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04/02/2019 18:08
Buenas tardes y agradeciendo por adelantado su ayuda. Mi contrato de arrendamiento actual vence el 28-02-19, me comunicaron el último día de plazo y a última hora vía email NO certificado e incluyendo un archivo pdf que ponía en su cabecera BUROFAX pero que no lo era, naturalmente, la intención de no renovación del mismo por parte del propietario ( a través de la administración de fincas ). Ese email no lo he contestado.
En otro email diferente y ya por parte de la persona encargada de la administradora de fincas de mi contrato, se me indica que se me ofrece continuar subiendo la renta y nada más, ese email si lo he contestado.
A mi me interesa quedarme pero no firmar un nuevo contrato ya que en un plazo menor al año tendré mi piso. Puedo oponerme por defecto de forma en la comunicación ?? , si es así ¿cómo lo tengo que hacer ??, .... , llegados al punto de no ponernos de acuerdo supongo que tendría que consignar el alquiler en el juzgado y solicitarlo al mismo ... ¿cómo lo tendría que hacer ??
04/02/2019 20:05
Fernando64
El caso es que si el contrato es por plazo anual, la prórroga, tanto si acepta la subida como si decide maniobrar para oponerse argumentando que la notificación de resolución no es válida, sería por un año.

Y por lo tanto, daría derecho al arrendador a exigir la renta completa del año.

Hay maneras de "forzar" otras soluciones jugando con los plazos que forzosamente conlleva una resolución de contrato por vía judicial, pero eso debe quedar a criterio de cada uno.

Yo le recomiendo, recomendación estrictamente personal y al margen de lo que pueda o no hacerse, porque ahora parece que para todo "si se puede", que exponga claramente la situación al casero y procure negociar una renta y una duración en meses (asegúrese de que luego no le van a "dejar tirado" con la entrega de su piso en propiedad).

Porque, antes de buscar soluciones imaginativas, debe tener en cuenta que los incumplimientos que le vengan bien hoy serán tal vez responsabilidades que le exijan mañana, y en principio, si Vd. va a tener piso y nómina, no podrá eludir dichas responsabilidades mucho tiempo.
05/02/2019 07:58
Fernando64
Yo opino lo mismo que Hoplon: hable con el casero a ver si puede quedarse un añito mas.
19/02/2019 11:37
Fernando64
Buenos días Fernando64,el preaviso para la resolución o finalización del contrato debe ser fehaciente (burofax con acuse de recibo y certificado de contenido) y en un plazo de 30 días antes de la finalización del mismo.
En cuanto al vencimiento del contrato habría que conocer la fecha de su firma para saber si venció realmente el 28/02/2019 o está en la "prorroga forzosa" y en dicho caso el propietario solo puede actualizar el alquiler anualmente conforme al sistema pactado en el contrato o en el caso en que las partes no hayan pactado un acuerdo, se aplicará el IPC.
19/02/2019 11:43
Fernando64
De acuerdo, pero hay que tener en cuenta que cada vez mas los juzgados admiten el whatsapp como forma "fehaciente" de notificacion.
21/02/2019 09:03
Fernando64
tengo inquilino ue pretende pagar mensualidad con facturas hechas por el de materiales de conservacion de la casa. Ademas, no paga el suministro electrico. Ha traido cinco perros.Gracias
21/02/2019 09:42
Tinieblo
Tinieblo: usted no está obligado a aceptar otra forma de pago que no sea dinero de curso legal. Y le recomiendo que no transija en esto.

En cuanto a los perros, habría que examinar el contrato: si no se prohiben ni tampoco los prohiben los estatutos de la finca deberá aceptarlos, a no ser que perturben la convivencia, en cuyo caso hay acción para resolver el contrato.
21/02/2019 10:53
Hoplon
Coincido totalmente con la acertada respuesta de Hoplon, y me permito matizar que si el inquilino sigue en sus trece de pagar con "trabajos" puede demandarle por falta de pago.,