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¿obligación de conservar y facilitar un expediente?

1 Comentarios
 
¿obligación de conservar y facilitar un expediente?
10/02/2019 23:06
Hola llevaba un caso que tuve que dejar hace dos meses por incompatibilidad laboral y que ahora ha asumido otro compañero. Mi cliente al que he hecho un 30% de descuento en la minuta, me trata fatal, no me ha pagado ni la mitad de la minuta que le he pedido pese a que puede hacerlo y ahora dos meses después desde que he dejado el caso me pide con mucha exigencia que le de copia del expediente y además impreso. Yo según me llegaban las notificaciones del juzgado, se las he ido reenviando durante los dos años que he llevado su asunto así como los escritos que he presentado. No imprimo los pdf que me manda la procuradora y creía que las resoluciones judiciales, copias de informes médicos y demás debía de borrarlos al cesar en el asunto por el Reglamento Europeo de Protección de Datos puesto que constan en autos y yo no voy a retomar el asunto aunque podría guardar mis escritos por interés legítimo por si me pusieran una reclamación ¿estaría obligada a remitirle nuevamente todos los pdf con todas las Diligencias de Ordenación, Autos, etc de estos dos años o me puedo negar porque son muchos y me trata muy mal y me debe mucho dinero, amparándome en que los puede obtener del juzgado y yo dos meses después ya no dispongo de ellos? pues verdaderamente iba a borrarlos. Gracias.
11/02/2019 11:08
rociogaz
Hola Rocío,
El concepto de "expediente" ha variado mucho en los últimos años, pues ya casi todo es online. Has de devolver todos los documentos originales que estén en tu despacho y que te hayan sido entregados por el cliente en razón del asunto que te encargó. El resto de los documentos (incluidos los elaborados por ti ) están fuera de lo que puede reclamar el cliente, puesto que la autoridad custodia de los mismos tiene abierto el acceso a otro abogado y por supuesto al cliente, pero no a ti. Por lo demás, este cliente no te está pidiendo ese montón de comunicaciones judiciales porque realmente los quiera- puesto que los puede recabar del proceso- sino para hostigarte por una cuestión estrictamente personal. Si te denuncia en el colegio o te reclama cualquier cosa de su expediente (con la salvedad documental original de que puedas disponer) remite al cliente a su abogado y a los autos.
¿obligación de conservar y facilitar un expediente? | PorticoLegal
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¿obligación de conservar y facilitar un expediente?
10/02/2019 23:06
Hola llevaba un caso que tuve que dejar hace dos meses por incompatibilidad laboral y que ahora ha asumido otro compañero. Mi cliente al que he hecho un 30% de descuento en la minuta, me trata fatal, no me ha pagado ni la mitad de la minuta que le he pedido pese a que puede hacerlo y ahora dos meses después desde que he dejado el caso me pide con mucha exigencia que le de copia del expediente y además impreso. Yo según me llegaban las notificaciones del juzgado, se las he ido reenviando durante los dos años que he llevado su asunto así como los escritos que he presentado. No imprimo los pdf que me manda la procuradora y creía que las resoluciones judiciales, copias de informes médicos y demás debía de borrarlos al cesar en el asunto por el Reglamento Europeo de Protección de Datos puesto que constan en autos y yo no voy a retomar el asunto aunque podría guardar mis escritos por interés legítimo por si me pusieran una reclamación ¿estaría obligada a remitirle nuevamente todos los pdf con todas las Diligencias de Ordenación, Autos, etc de estos dos años o me puedo negar porque son muchos y me trata muy mal y me debe mucho dinero, amparándome en que los puede obtener del juzgado y yo dos meses después ya no dispongo de ellos? pues verdaderamente iba a borrarlos. Gracias.
11/02/2019 11:08
rociogaz
Hola Rocío,
El concepto de "expediente" ha variado mucho en los últimos años, pues ya casi todo es online. Has de devolver todos los documentos originales que estén en tu despacho y que te hayan sido entregados por el cliente en razón del asunto que te encargó. El resto de los documentos (incluidos los elaborados por ti ) están fuera de lo que puede reclamar el cliente, puesto que la autoridad custodia de los mismos tiene abierto el acceso a otro abogado y por supuesto al cliente, pero no a ti. Por lo demás, este cliente no te está pidiendo ese montón de comunicaciones judiciales porque realmente los quiera- puesto que los puede recabar del proceso- sino para hostigarte por una cuestión estrictamente personal. Si te denuncia en el colegio o te reclama cualquier cosa de su expediente (con la salvedad documental original de que puedas disponer) remite al cliente a su abogado y a los autos.