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¿obligado a pagar la cuota de comunidad?

10 Comentarios
 
¿obligado a pagar la cuota de comunidad?
14/10/2021 11:16
Buenos días. Mi situación es la siguiente: Tengo un piso en venta y vacío, después de que mi exmujer estuviera 7 años viviendo en él, sin querer irse.
Al final tuvo que alquilar un piso y hacer la mudanza, afortunadamente para mi, ya que con ella dentro era imposible poder venderlo.
Una vez fuera, exigí a través de su abogado que me facilitara un juego de llaves para poder entrar yo en la vivienda, pero me ha sido NEGADA, aludiendo que mi ex, que al irse a vivir cerca, ella se hará cargo de enseñar el piso a todo aquel que lo quiera ver.
Sigo sin poder entrar en mi piso y además HA DEJADO DE PAGAR la cuota mensual de comunidad.
Mi pregunta: Estoy obligado a pagar en esta situación la mitad de dicha cuota ????
Seria buena idea ir a la policía y ponerla una denuncia, por negarme mi derecho de uso ????
Necesito saber que hacer. Muchas gracias.
14/10/2021 12:17
Informa mediante burofax a tu ex, que tal día se va a cambiar la cerradura de vuestra casa, tienes todo el derecho a tener una llave, ya que ella no tiene atribuido el uso.
Con la escritura de la casa y si tienes algún también algún documento donde indique que ya no tiene el uso tu ex, llama un cerrajero y cambia la cerradura, Le das una copia a tu ex, o a su abogado.
Con la comunidad deberías pagar la mitad cada uno. Si no paga uno de los dos, la comunidad puede ir contra cualquiera de vosotros dos para reclamar el pago, da igual que tú hayas pagado tu parte.
14/10/2021 12:38
Muchas gracias. Como no quiero saber nada de ella, porque fui víctima de denuncia falsa, y me sacó la policia camino del calabozo, no sé su nueva dirección.
Respecto a la comunidad, como la pago una compensatoria, puedo pagar su parte a la comunidad restándola de dicha pensión??
Un saludo.
14/10/2021 16:13
Puede usted pagar el total de los gastos de la Comunidad y luego reclamar el 50 % a su ex pero no puede usted directamente aplicar el descuento de esa pensión.
En cuanto a la llave, como no sabe dónde notificarle nada interponga una denuncia ante la policía para tanto contra su ex como contra la comunidad, usted es propietario al 50 % así que quien es el administrador para negarle una copia?
smo
14/10/2021 16:14
Y por otra parte, porqué el administrador tiene una copia de su domicilio?
14/10/2021 16:38
No, perdona, el administrador no tiene ninguna copia de las llaves de mi piso. Sólo tiene llaves mi ex, ya que cambió el bombín de la cerradura después de que la policía me sacara de noche de mi casa, y dormir en el calabozo.
Tal y como me comentáis, iré a la comisaria de policia a denunciarla, porque deseo saber como está el piso, ya que en la mudanza, efectuada en Julio, que la tengo grabada, se llevó todo lo que la dio la gana (muebles, electrodomésticos, enseres...... etc).
Un saludo y muchas gracias.
14/10/2021 17:05
Javierbm
Hola,

No estoy muy seguro que en comisaría vayan a tramitar la denuncia; en principio yo no veo tipo penal en el que encuadrarla.

Por otra parte, la notificación puede realizarla si desconoce la dirección de su ex-pareja a través de los abogados. También se podría intentar una conciliación del Art. 139 LJV con base a una acción divisoria de la cosa común del Art. 400 CC. Para la citación ya depende de las preferencias del letrado que asuma el caso, bien instando una averiguación domiciliaria, bien citándola a través de la representación si se tiene constancia de esta.

Por otra parte: ¿Con qué título ocupaba ella la casa? ¿Copropietaria? ¿Adjudicataria del uso por sentencia o por auto? ¿Precario?

Dependiendo de las circunstancias, a lo mejor se podría intentar un interdicto para recobrar la posesión del 250.1.4º LEC. Al respecto te recomiendo la lectura de la STSJCat de 10 de noviembre de 2016 que nos indica, entre otros, que "Aunque se admite la coposesion, y su tutela, ello no autoriza a ningún comunero a que posea con carácter exclusivo un bien que pertenece pro-indiviso".

Un saludo.
14/10/2021 17:16
elminster
Muchas gracias por tu respuesta.
Se la otorgó el derecho de uso en la sentencia de divorcio en el 2015, hasta la liquidación del bien. Dicha liquidación de gananciales la conseguí en marzo del 2019 (puso todas las trabas posible para retrasarlo). Ahí se extinguió su derecho de uso. No ha abandonado la vivienda hasta Julio del 2021, viviendo ella sola). Todo ese tiempo, yo de Alquiler.
Probaré ante la policia, a ver que me dicen.
Saludos.
14/10/2021 18:40
Javierbm
Hola,

Siendo así la situación te encuentras en un caso de Comunidad de Bienes del Código Civil (Arts. 392 y siguientes). Si no se llega a acuerdo sobre la entrega de llaves, yo veo dos opciones: (1) el interdicto para recobrar la posesión; y (2) una demanda de división de la cosa en común. En cualquier caso por lo que escribes, debes contar con abogado de confianza y él te guiará en lo más conveniente. En caso contrario, deberías consultar con uno o solicitar la justicia gratuita.

En cuanto a las cuotas de la comunidad, desde la extinción y liquidación de la Sociedad de Gananciales, os corresponden a cada uno los gastos del inmueble en el porcentaje que ostentéis de propiedad. Si has has sufragado gastos por encima de esa proporción, como deudor solvens puedes reclamar su parte a la copropietaria.
15/10/2021 11:51
Javierbm
Yo no dejaría pasar por alto el hecho que se haya llevado todo de la casa, eso creo que es apropiación indebida!!!!
15/10/2021 12:04
SuperPadre
Muchas gracias. Yo tampoco lo dejaré pasar, ya que como vamos de inflación este año, corriendo pedirá subida de pensión. Ademas tengo grabada la mudanza donde se ve como los mozos sacan de todo al camion (camas, muebles, frigorífico, lavadora, etc.....)
Saludos.