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Obra, inhabitabilidad vivienda y gastos reclamables

3 Comentarios
 
Obra, inhabitabilidad vivienda y gastos reclamables
01/01/2021 19:39
Hola a todos!

Me presento, soy Ander cómo bien dice mi nick soy inquilino de una vivienda en Madrid. Llevamos en el piso más de un año. Resulta que al ser un edificio antiguo del centro de Madrid las estructuras del piso por el deterioro se están viniendo abajo. Comenzaron los problemas hace ya como 6 meses con goteras y humedades, el suelo del baño comenzó a ceder hasta tal punto de que hubo desprendimientos al piso de abajo.

Total que los bomberos hicieron un informe dando la vivienda, un 4º, y el 3º, como inhabitable.
La casera es una mujer que vive en EEUU y yo personalmente no la conozco, la que lleva el tema del piso es su amiga que trabaja en una inmobiliaria. Así que mi trato es únicamente con su amiga.

Ante el peligro inminente de que el suelo se pudiera caer nos dice que nos tenemos que ir del piso, sin decirnos siquiera cuando comenzará la obra ni cuando terminara.
Yo obviamente que tengo 2 perros y vivo en el centro le expliqué que no me puedo buscar una vivienda temporal sin saber desde qué fecha hasta qué fecha. Como es lógico... Ya que esto me supondría unos gastos extras excesivos.
Ella muy comprensible nos dice que nos podemos quedar en el piso, sin pagar alquiler con la condición de que no usemos el baño. Hasta que sepa fecha de comienzo de obra y sería cuando nos buscamos otro piso. Ami me parece un trato aceptable y pensando que sería cuestión de días lo acepto. Todo esto vía WhatsApp no hay nada firmado...

Resulta que lo que pensaba que serían días fueron más de 2 meses, sin noticias, sin poder usar el bao y sin pagar la renta obviamente.
A los dos meses un vecino que se enteró de todo lo que estaba ocurriendo llamo a mi casera y ella nos exige 2/3 partes de la renta de ese tiempo. Lo cual ya hemos pagado. Eso es una cosa pero el problema grave es el siguiente.

Recibimos una llamada a las 9 de la mañana diciéndonos que al día siguiente comienza la obra que nos tenemos que ir... Yo con 2 perros y entrando a trabajar a las 10 no tengo ningún margen de maniobra y tengo que dejar al perro en la guardería, a uno y el otro me lo cuidaron todo este tiempo.
Nos buscamos la vida para quedarnos mi pareja y yo en casa de amigos hasta que la obra termine.
LLEVAN MAS DE 2 MESES COM LA OBRA EMPEZADA Y SIN SABER FECHA DE FINALIZACION.

No hacen más que ponerme escusas que si el jefe de obra que si las licencias etc etc etc. Mientras tanto mi pareja y yo por un problema en las estructuras del edificio tenemos que asumir una guardería canina 17€ el día, 25€ en navidades....

Cansados ya de tanto esperar decidimos mudarnos, nos hemos ido a otro piso y queremos finalizar contrato de manera amistosa con el de la obra.

Ahora después de todo esto me gustaría saber si los gastos de la guardería canina se los debéria reclamar a la casera, así como los gasto de los suministros del piso y gastos e inconvenientes que me haya podido surgir a raíz de la obra.
Como aclaración, desde el momento en el que nos fuimos del piso NO estamos pagando alquiler y es ahí donde ellos se respaldan para justificarse que noe tienen que indemnizar.
El caso es que es TOTALMENTE INJUSTO que tenga que asumir yo todos los gastos.

PORFAVOR SI ALGUIEN ME PUEDE ACLARAR ESTAS DUDAS ESTARE MUY AGRADECIDO.

UN SAKUDO Y FELIZ AÑO
01/01/2021 19:41
InquilinoMadrid
Como dato para orientaros en la cuantía, 70 días de guardería más trasportes son cerca de los 1400€ suministros unos 120€
01/01/2021 20:29
La Ley de Arrendamientos urbanos indica claramente las consecuencias de esta situación, tanto de la obra necesaria como de la inhabitabilidad de la vivienda.

Así, la declaración de dicha inhabitabilidad por parte de una autoridad administrativa competente cual es el ayuntamiento se liga a la causa de extinción del contrato del art. 28: pérdida de la finca y ruina.

La obra, tal como usted la describe, parece afectar a la estructura (forjado) y por tanto atañe más a la Comunidad de Propietarios que a una posible falta de diligencia de la arrendadora en la conservación.

Por otra parte, el art. 21, al tratar de la obra, reduce la indemnización a percibir a la parte proporcional de renta correspondiente a la porción de vivienda alquilada cuyo disfrute deviene imposible.

Ha de considerarse que el vínculo del arrendatario con el inmueble arrendado siempre se tiene como algo temporal, sujeto a plazo (el plazo es esencial al arrendamiento) y en fin, que el inquilino siempre ha de tomar en cuenta que su situación es de paso.

En resumen: no ha lugar a reclamación alguna.

Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
01/01/2021 22:48
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon, y le digo incluso más: si los bomberos han dicho que es inhabitable tienen que irse y el contrato quedaría en suspenso. No se puede negociar como ha hecho la amiga de la casera. Tienen que marcharse. E incluso le digo más: si la inhabitabilidad raya la ruina, el contrato quedaría resuelto. No suspendido. Resuelto.
En cuanto a la indemnzicación dudo que se pueda pedir nada salvo que se demuestre que la obra es culpa del casero cosa que veo muy difícil.