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Ocupar VPO abandonada.

2 Comentarios
 
Ocupar vpo abandonada.
13/03/2020 17:57
Buenas tardes.soy una madre separada de 2 menores,en mi barrio hay una VPO abandonada.me gustaría saber si me meto en esa vivienda que delito cometería o si y como puedo conseguir esa VPO para mí,ya que lleva sin que resida nadie allí varios años y yo y mis hijas estamos en mala situación económica.gracias de antemano
13/03/2020 18:36
Lilina
El delito leve de usurpación se encuentra regulado en el art. 245.2 del CP que dice: “El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”
13/03/2020 22:04
Lilina
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Legil.