Confiamos en esa gratificación, Pedro. Lo primero que hay que resolver es la disolución del condominio. Si ambos propietarios están de acuerdo en esto, pueden ir a notaría o al juzgado a cursar una subasta voluntaria. En esencia es lo mismo, porque hoy en día todas las subastas siguen el orto digital y duran 20 días, tras su publicación en el BOE. Tenéis que estar también de acuerdo en la valoración (se sugiere catastral); el precio que estéis dispuestos a pagar determinará la celeridad del procedimiento: los notarios lo hacen más rápido, previo pago.
Gracias, puse mi email pero lo han censurado,han puesto un asterisco. No sé por qué no podemos contactar... Comentame lo de la valoracion. ¿por que la ley no dice que se coge la del catastro? Es decir, segun das tu a entender, no es vinculante, verdad? Mejor sería hacerla vinculante y así nos ahorramos una fase.
Si hay acuerdo entre las dos partes en cuanto a la valoración del bien, no hay más que hablar. Se sugiere el valor catastral para evitar problemas fiscales en el futuro y tener un referente lógico conexo a la propiedad.